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Condenado a pagar 21.400 euros por acosar a sus trabajadoras

Ana Pérez Luna, secretaria de la mujer de UGT Andalucía y responsable del caso, lo considera como 'violencia de género en los centros de trabajo'

EFE

Un juzgado de Málaga ha condenado a un hombre a pagar 21.400 euros por cuatro delitos de acoso sexual contra cuatro mujeres de su trabajo. El detenido y las víctimas formaban parte de la plantilla de una empresa de comida rápida con presencia en todo el país, según ha informado hoy UGT.

La sentencia, que es firme, condena al hombre a pagar a una trabajadora una indemnización de 7.200 euros, a otra 3.000 euros y 2.000 euros a cada una de las otras dos, y además le obliga a pagar una multa de otros 7.200 euros.

Este caso ha sido llevado desde el Servicio de Defensa Legal por Discriminación por Razón de Sexo de la Secretaría de la Mujer de UGT Andalucía y en colaboración con el Instituto Andaluz de la Mujer, según un comunicado del sindicato.

'Violencia de género en los centros de trabajo'

Ana Pérez Luna, secretaria de la Mujer de UGT Andalucía, ha destacado la importancia de la denuncia frente a cualquier caso de discriminación, 'muy especialmente en los casos de acoso sexual', que considera 'violencia de género en los centros de trabajo'.

La secretaria de la Mujer de UGT-A anima a las trabajadoras que estén viviendo este tipo de situaciones tan 'dramáticas' a denunciar para poder iniciar actuaciones, y afirma que los casos de acoso sexual suponen 'apenas' el 1,5% de los casos gestionados por el servicio jurídico en 2010.

Pérez Luna ha apuntado que 'las medidas preventivas consistentes en la implantación de protocolos de acoso sexual y por razón de sexo' se están incluyendo cada vez en más empresas gracias a la labor de UGT a través de la negociación colectiva.

Este servicio jurídico -añade UGT- es gratuito para todas las andaluzas que sufran cualquier tipo de discriminación de género en el ámbito laboral. Entre estos se encuentran: la discriminación en el acceso al empleo, a la formación, a la promoción o por denegación de derechos derivados de la conciliación, como la reducción de jornada o las excedencias.

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