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100 euros para quién sobrepase los 110 km/h a partir del lunes

Sólo habrá retirada de puntos del carné cuando se supere el límite de 151km/h, como hasta el momento

PÚBLICO.ES/EP

Según las modificaciones a la Ley de Tráfico aprobadas por Real Decreto este viernes en el Consejo de Ministros, conducir entre 111 y 141 km/h en una autopista o autovía se multará a partir del lunes con 100 euros, aunque no supondrá la retirada de puntos en el carné. 

Además, conducir entre 141 y 160 km/ supondrá una sanción de 300 euros y solamente al superarse los 151 km/h habrá retirada de puntos, concretamente dos. 

La situación previa a la reforma de la ley, con un límite de velocidad en autopista y autovía de 120 km/, establecía una multa de 100 euros para los excesos entre 121 y 150 km/h, sin retirada de puntos, y 300 euros más retirada de puntos cuando se sobrepasara un límite entre 151 y 171 km/h.

En el texto, el Gobierno argumenta que los límites genéricos de velocidad en las vías se fijan 'en función del tipo de vía y del vehículo, atendiendo a las consecuencias que la superación de los mismos implicaría en la producción de accidentes de tráfico, por una parte, y en el agravamiento de las consecuencias para los lesionados, una vez producido el accidente'.

No obstante, señala que asimismo 'razones diferentes a las relaciones con la siniestralidad pueden exigir el establecimiento de determinados límites de velocidad que permitan conseguir objetivos en otros ámbitos o áreas no relacionados con la seguridad vial', como es el caso de la reducción del consumo de la energía.

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