Público
Público

PSOE y PP acuerdan una reforma que no fija cifra de déficit

El límite al endeudamiento se concretará en una ley orgánica y, a partir de 2020, será del 0,26% del PIB para el Estado y del 0,14% para las comunidades

MIGUEL ÁNGEL MARFULL

PSOE y PP apuraron el tiempo al máximo para acordar una reforma que consagre en la Constitución un mandato contra el déficit. El esfuerzo socialista se centró en evitar que la modificación concrete cifras que resten capacidad de maniobra a los gobiernos para financiar necesidades básicas.

El acuerdo introduce una reforma del artículo en la Constitución, el 135, que entre las excepciones que recoge para los límites de endeudamiento incluye una 'grave desaceleración' que 'perjudique la sostenibilidad económica o social del Estado'.

'Ha de ser un acuerdo que permita flexibilidad para que la economía pueda adaptarse a los momentos buenos y en los malos garantice la sostenibilidad de la política social. Por eso hemos insistido mucho en que las cifras no figuraran', explicó la directora de la campaña del PSOE, Elena Valenciano.

El criterio impulsado por Rubalcaba atenúa el malestar entre los socialistas 

La cifra figurará finalmente en una ley orgánica, norma menos rígida y más fácil de reformar, que se aprobará el año que viene en las Cortes. Esta ley permitirá un endeudamiento máximo total del 0,40% del PIB a partir de 2020, correspondiendo el 0,26% al Estado y el 0,14% a las comunidades autónomas. Estos porcentajes se revisarán en 2015 y 2018, según determinaron PSOE y PP.

El PSOE atribuyó a Rubalcaba la paternidad del criterio impuesto finalmente en una modificación constitucional que el candidato no comparte con la determinación de Zapatero, aplaudido ayer por el PP.

El techo se podrá superar si peligra la 'sostenibilidad social del Estado'

Los conservadores aceptaron la formulación exenta de cifras. CiU, informada de la negociación -Rubalcaba habló con su portavoz-, aceptó el criterio, aunque desmarcándose del pacto PSOE-PP. Es previsible que la discusión con el Grupo Catalán se centre en el techo de déficit fijado para las comunidades.

Las últimas diferencias entre PSOE y PP se centraban antes de cerrar el acuerdo en la fecha de aplicación de la reforma, que los conservadores querían vigente en 2018 y los socialistas en 2020, opción finalmente aceptada, y en el catálogo de excepciones de la reforma, donde los socialistas pusieron especial empeño en blindar la sostenibilidad social.

Las cifras de déficit establecidas se podrán revisar en 2015 y en 2018

'Estamos trabajando bien', apuntaba al arrancar la larga jornada negociadora la portavoz del PP, Soraya Sáenz de Santamaría. 'No hay grandes diferencias' entre PSOE y PP, añadió, arrojando sal en la herida abierta en las filas socialistas. El PP se esforzó en omitir el papel del candidato en la negociación, atribuyendo su dirección a Zapatero y Rajoy. 'Los problemas internos son de Rubalcaba, están poniendo a prueba su liderazgo', remató la puntada la dirigente conservadora.

Los socialistas aparentaron finalmente cierto alivio. 'La idea de que no figuren cifras es buena y ayudaría a sumar voluntades', analizó uno de los más críticos con la idea, el extremeño Guillermo Fernández Vara, quien, sólo un día antes, se proclamó tajantemente 'en contra' de la reforma.

Acusando recibo de las discrepancias, Valenciano trató de recomponer la brecha: 'Que salgan discrepantes es relativamente grave. La gente tiene cierta dificultad para comprender la medida, incluso para compartirla, pero creo que cuando esté acordado lo compartirán', minimizó en declaraciones a RNE.

Los parlamentarios del PSOE -ayer más contenidos- se contagiaron del nuevo criterio que satisfizo a reticentes como José Antonio Pérez Tapias, de Izquierda Socialista. Por el contrario, Juan Luis Rascón criticó que Zapatero 'haya comprado la idea al PP': 'Una reforma en plena tormenta económica, corriendo, con la legislatura acabada, es una extravagancia política sin mucho sentido'.

PSOE y PP han pactado un nuevo artículo 135 de la Constitución, que establece las situaciones de excepción en las que podrán superarse los límites de déficit estructural y el volumen de deuda pública. El texto es el siguiente:

'Los límites de déficit estructural y de volumen de deuda pública sólo podrán superarse en caso de catástrofes naturales, grave desaceleración económica o situación de emergencia extraordinaria que escape al control del Estado y perjudique considerablemente la situación financiera o la sostenibilidad económica o social del Estado'.PP y PSOE también han pactado garantizar la sostenibilidad de los servicios públicos en la ley orgánica que desarrollará la regla de gasto.

El texto literal pactado es el siguiente:

'A los efectos del contenido de esta ley orgánica, se entenderá saldo estructural aquel que se deriva de no considerar los ingresos y gastos públicos relacionados con las expansiones y recesiones normales de los ciclos económicos garantizando así la sostenibilidad a largo plazo de los servicios públicos fundamentales'. 

1. El Gobierno habrá de estar autorizado por ley para emitir Deuda Pública o contraer crédito.

2. Los créditos para satisfacer el pago de intereses y capital de la Deuda Pública del Estado se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de los presupuestos y no podrán ser objeto de enmienda o modificación, mientras se ajusten a las condiciones de la ley de emisión.

1. Todas las Administraciones Públicas adecuarán sus actuaciones al principio de estabilidad presupuestaria.

2. El Estado y las Comunidades Autónomas no podrán incurrir en un déficit estructural que supere los márgenes establecidos, en su caso, por la Unión Europea para sus Estados Miembros. Una Ley Orgánica fijará el déficit estructural máximo permitido al Estado y a las Comunidades Autónomas, en relación con su producto interior bruto. Las Entidades Locales deberán presentar equilibrio presupuestario.

3. El Estado y las Comunidades Autónomas habrán de estar autorizados por Ley para emitir deuda pública o contraer crédito. Los créditos para satisfacer los intereses y el capital de la deuda pública de las Administraciones se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de sus presupuestos y su pago gozará de prioridad absoluta. Estos créditos no podrán ser objeto de enmienda o modificación, mientras se ajusten a las condiciones de la Ley de emisión.

El volumen de deuda pública del conjunto de las Administraciones Públicas en relación al producto interior bruto del Estado no podrá superar el valor de referencia establecido en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

4. Los límites de déficit estructural y de volumen de deuda pública sólo podrán superarse en caso de catástrofes naturales, recesión económica o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control del Estado y perjudiquen considerablemente la situación financiera o la sostenibilidad económica o social del Estado, apreciadas por la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados.

5. Una Ley Orgánica desarrollará los principios a que se refiere este artículo, así como la participación, en los procedimientos respectivos, de los órganos de coordinación institucional entre las Administraciones Públicas en materia de política fiscal y financiera. En todo caso, regulará:

• La distribución de los límites de déficit y de deuda entre las distintas Administraciones Públicas, los supuestos excepcionales de superación de los mismos y la forma y plazo de corrección de las desviaciones que sobre uno y otro pudieran producirse.

• La metodología y el procedimiento para el cálculo del déficit estructural.

• La responsabilidad de cada Administración Pública en caso de incumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

6. Las Comunidades Autónomas, de acuerdo con sus respectivos Estatutos y dentro de los límites a que se refiere este artículo, adoptarán las disposiciones que procedan para la aplicación efectiva del principio de estabilidad en sus normas y decisiones presupuestarias.

¿Te ha resultado interesante esta noticia?

Más noticias