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El TSJA condena al juez Serrano por prevaricación

Le inhabilita dos años, pero pide un indulto para reducir la pena a seis meses

AMINA NASSER

El juez de familia número 7 de Sevilla, Francisco Serrano, no podrá ejercer hasta dentro de dos años, salvo que el Gobierno le conceda el indulto parcial y reduzca la pena a seis meses de inhabilitación. La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) le ha condenado por prevaricación culposa a dos años de inhabilitación por haber modificado el turno de custodia de un niño de 11 años para asegurar que saliera como paje en una procesión de la Semana Santa sevillana. El TSJA, en el mismo fallo, acuerda dirigirse al Gobierno para que le conceda el indulto parcial.

Serrano, conocido por sus críticas a la Ley de Violencia de Género, ha sido condenado por alterar el turno de custodia del menor que había establecido el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 4 sin tener competencia para ello y sin avisar a sus padres.

La Fiscalía Superior de Andalucía pedía inicialmente diez años de inhabilitación para el juez, pero durante la vista oral retiró los cargos y pidió la libre absolución. Pese a ello, el TSJA ha resuelto inhabilitarlo por un delito de prevaricación culposa, es decir, no intencionada, y lo absuelve de un delito de prevaricación dolosa, que hubiera implicado una pena mayor. Además, lo condena al pago de las costas y a una indemnización a la madre del menor de 4.000 euros.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Público, y contra la que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, el propio TSJA argumenta que el delito de prevaricación culposa lleva aparejadas penas de entre dos y seis años de inhabilitación, lo cual considera 'una respuesta penal desproporcionada en atención a la gravedad del hecho, en relación con el mal causado'. El TSJA fundamenta así que ha condenado al juez a la pena que impone el 'mínimo legal posible', algo que considera 'demasiado severo' y desproporcionado 'con el mal causado' y decide por ello solicitar el indulto parcial.

En el fallo, que contó con el voto particular del magistrado Jorge Muñoz Cortés, la Sala entiende que el juez actuó de manera imprudente al obviar los trámites procesales y vulnerar las normas del procedimiento. El tribunal considera que la forma de actuar de Serrano indica 'significativa desatención, ligereza o falta de cuidado graves'. Así, considera como hechos probados que Serrano dictó un auto resolviendo la medida cautelar solicitada sin trámite procesal, sin dar traslado ni pedir informe al Ministerio Fiscal y sin oír previamente al padre ni a la madre. El niño acudió al juzgado con su abuelo.

El TSJA aclara que 'no se trata de valorar la personalidad, ideas o convicciones del juez Serrano' sino de analizar su actuación profesional. 'No creemos suficientemente probado que haya incurrido en una dejación en el ejercicio de sus funciones' ni que 'haya ejercido arbitrariamente el poder que le confiere su condición de juez, ni que haya actuado por mor de su capricho', ni que 'haya buscado lesionar el mejor derecho o el interés colectivo', indica la sentencia.

Sin embargo, el Alto Tribunal andaluz indica que la resolución dictada por el juez Serrano el 30 de marzo de 2010, por la que acordó modificar el turno de custodia del menor, fue 'manifiestamente injusta, además de 'atemporal y precipitada', por negar derechos individuales de audiencia sin que hubiera peligro o perjuicio inminentes o convertirse 'en instrumento de una parte'. Es más, el fallo destaca que el juez contribuyó a 'dimensionar mediáticamente' el hecho, incluso antes del día en que se iba a producir la salida procesional del menor, 'con el consiguiente daño y exposición pública' del niño y la madre, que soportó 'críticas acerbas y comentarios vejatorios'.

El TSJA ha acordado, además, incoar 'expediente de corrección disciplinaria' al abogado que ejerce la acusación contra el juez Serrano por haberse 'excedido en el ejercicio legítimo de su función' durante el juicio, en el que el propio Tribunal recriminó al letrado por dar voces, puñetazos en la mesa y hasta proferir insultos contra otros abogados.

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