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El fiscal general afirma que no ve delito en los casos de Garzón

Afirma que la Fiscalía del Supremo estudia la condena por la escuchas de la 'Gürtel' para decidir si la recurre

ÁNGELES VÁZQUEZ

'Nuestra petición principal es que los hechos no eran constitutivos de delito'. Fue la fórmula elegida por el fiscal general del Estado, Eduardo Torres-Dulce, para referirse a la decisión del magistrado del Tribunal Supremo Manuel Marchena de archivar por prescripción el tercer procedimiento abierto contra el juez Baltasar Garzón, el de los cobros en Nueva York.

Torres-Dulce señaló que el fiscal encargado del caso, Fidel Cadena, le presentó 'un escrito extraordinariamente pormenorizado y de una altísima calidad técnico-jurídica' para recurrir el auto de Marchena del pasado 26 de febrero que transformó las diligencias abiertas por el patrocinio de los cursos que Garzón impartió en Estados Unidos. La impugnación decía, recordó el fiscal general, que los hechos investigados 'no se consideraban constitutivos de delito' y, en cualquier caso, 'eran objeto de prescripción'.

El pleno del CGPJ del 23-F ejecutará la condena del magistrado

El instructor, por el que Torres-Dulce dijo sentir su absoluto 'respeto y afecto' desde que trabajaron juntos en la Secretaría Técnica de la Fiscalía, optó por acoger únicamente la prescripción.

El fiscal adscrito a los cobros de Nueva York tachaba la forma en la que Marchena delimitaba el hecho punible como contrario al 'resultado apreciable de una valoración lógica'. Para que exista cohecho impropio, la relación de los elementos del delito 'debe ser armónica, no caprichosa' y 'no pueden soportarse en una especulación. Además, negaba la principal acusación del instructor relativa a que la universidad y el propio Garzón habían 'camuflado artificialmente el importe de los honorarios del aforado'.

La acusación insinúa que Marchena podría haber prevaricado al archivar el caso

Torres-Dulce aseguró que tanto en este como en cualquier otro caso será el fiscal adscrito al mismo quien tome como, dijo, ocurrió con la decisión de no recurrir la absolución de Francisco Camps por los trajes de la Gürtel, las decisiones que correspondan sobre re-currir o no una resolución.

'Porque, si pido a los partidos políticos autonomía, tengo que autoaplicarme' el mismo criterio 'en términos generales', se justificó. Añadió que, en caso de discrepancia, se aplicarían los mecanismos corres-pondientes establecidos.

De ahí que, respecto a la condena a 11 años de inhabilitación impuesta por la Sala Segunda a Garzón por un delito de prevaricación por haber acordado las escuchas del caso Gürtel, Torres-Dulce afirmó que 'la Fiscalía del Supremo está valorando' la sentencia, 'puesto que no ha sido conforme' al criterio fiscal y 'siempre se tiene que ser coherente con su posición previa y contar con absoluta autonomía'.

La defensa pedirá la suspensión de la condena en su recurso de amparo

'La Fiscalía del Supremo debe decidir, atendiendo a su propia reflexión, si emprende o no ese camino ', señaló, antes de añadir que la primera actuación de impugnación debe ser presentar un incidente de nulidad de actuaciones, previo a la interposición de un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. A la pregunta directa de si pondría algún pero a que recurriera dicha sentencia, el fiscal general fue taxativo: 'Ninguna pega, como no lo habría puesto en el caso Gürtel'.

Por su parte, la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acordó ayer 'tomar conocimiento de la sentencia' que el pasado día 9 condenó a Garzón y 'encomendar al secretario general la elaboración de la oportuna propuesta de ejecución'.

Fuentes del órgano de gobierno de los jueces señalaron que, si esa propuesta está lista para el próximo pleno, cuya próxima fecha de celebración coincide con la del aniversario del golpe de Estado del 23-F, será entonces cuando se proceda a separar de la carrera judicial a Garzón.

Simultáneamente, la defensa del juez prepara el incidente de nulidad de actuaciones, obligatorio para poder re-currir al Constitución con alguna esperanza de éxito. Su impugnación previsiblemente incluirá una petición de suspensión de la condena impuesta, algo que el Alto Tribunal permite en condenas de prisión inferiores a seis años.

Y en el batiburrillo que rodea cualquier aspecto relacionado con Garzón, aunque sólo sea por el hecho de que es único aforado que se ha tenido que enfrentarse a tres procedimientos simultáneos en el Tribunal Supremo, el juez de la Audiencia Nacional se ha encontrado con aliados inesperados: los querellantes en el proceso de los cobros de Nueva York.

En el recurso presentado contra el archivo del caso adoptado el lunes por Marchena, los abogados José Luis Mazón y Antonio Panea afirman que 'ahora el querellado puede sostener con cierto fundamento que han podido existir canales o vasos comunicantes entre esta instrucción y las circunstancias de su enjuiciamiento en las escuchas'. Sostienen que el instructor, Manuel Marchena, ha mantenido abierta 'en falso' la investigación hasta que Garzón fue condenado por un tribunal, del que él formaba parte, a 11 años de inhabilitación por la Gürtel.

'De modo que ha prestado el auto un impagable servicio involuntario a la causa de la anulación de la sentencia de las escuchas. E incluso bajo nuestro punto de vista, el instructor indebidamente se ha quedado expuesto a acciones de rendición de cuentas de parte del querellado', agrega insinuando que podría haber cometi-do un delito de prevaricación.

Y pide al Supremo que revoque el archivo de Marchena y envíe las actuaciones a la Audiencia de Madrid. La defensa, por su parte, sostiene en el recurso (al que no ha renunciado, pese al archivo) que no hubo delito, que habría prescrito y que no se puede perseguir en España un delito de cohecho impropio que se habría cometido en Estados Unidos salvo que lo denuncie el fiscal o el perjudicado, lo que no ha ocurrido. Los delitos de españoles cometidos en el extranjero corresponden a la Audiencia Nacional.

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