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El Tribunal Supremo absuelve a Garzón por la causa del franquismo

La sentencia afirma que Garzón cometió 'un error', pero que no prevaricó La decisión no ha sido unánime: seis magistrados votan a favor de la absolución, pero uno de ellos, José Manuel Maza,

PUBLICO.ES / EUROPA PRESS

Era una absolución esperada, sobre todo después de que ya fuera condenado con anterioridad. El Tribunal Supremo ha absuelto este lunes a Baltasar Garzón, juez ya expulsado de la carrera judicial por las escuchas del caso Gürtel, del delito de prevaricación del que estaba acusado por declararse competente para investigar los crímenes del franquismo

La decisión no ha sido unánime: seis magistrados han votado a favor de la absolución, pero uno ha votado en contra. El voto particular discrepante lo ha emitido el magistrado José Manuel Maza. Este magistrado cree que 'con pleno conocimiento de la contradicción' de sus resoluciones con las leyes españolas, Garzón incoó 'un procedimiento penal inviable, instrumentalizándolo al servicio de sus propias intenciones subjetivas'.

El Supremo pone fin así al último proceso que tenía pendiente contra el exjuez de la Audiencia Nacional, a quien recientemente condenó a 11 años de inhabilitación por autorizar la intervención de las escuchas de la trama Gürtel.

Hace escasos días, después también de ser condenado, el Supremo también archivó por prescripción la causa por los cobros de la Universidad de Nueva York.

A pesar de ser absolutoria, la sentencia (en PDF) no escatima críticas a Garzón: los magistrados del Tribunal Supremo creen que la decisión de Garzón de declararse competente para investigar los crímenes del franquismo fue 'errónea', pero no prevadicadora. Además, estima que 'el derecho a conocer la verdad histórica no forma parte del proceso penal'. 'El delito de prevaricación no se produce por la aplicación errónea del derecho, sino por dictar, a sabiendas, una resolución injusta', señala la resolución, que apunta a la tipificación que Garzón hizo de los hechos al declararse competente el 16 de octubre de 2008 como el primero de los errores que cometió.

En ese auto, el juez calificó los hechos como delitos permanentes de detención ilegal sin ofrecer razón del paradero de las víctimas 'en el marco de crímenes contra la humanidad', pero el tribunal dice que esa tipificación no es aplicable 'ni siquiera en un contexto', porque las leyes que permiten perseguir esos crímenes no estaban vigentes 'al tiempo de la comisión de los hechos'. 

La sentencia incluye un reconocimiento a las demandas de las víctimas del franquismo, al concluir que aunque leyes como la de Memoria histórica han reparado 'en gran medida' las consecuencias de los crímenes que sufrieron, 'no han concluido las actuaciones concretas en orden a la localización y recuperación de los cadáveres para su homenaje y procurar la efectiva reconciliación'.

En cualquier caso, el tribunal subraya que el establecimiento de la verdad histórica es una tarea que 'corresponde al Estado a través de otros organismos y debe contar con el concurso de todas las disciplinas y profesiones, especialmente a los historiadores'. 

El tribunal, presidido por Carlos Granados, tiene como ponente al juez Andrés Martínez Arrieta. La Sala enjuiciadora ha estado completada por los magistrados Perfecto Andrés Ibáñez, Julián Sánchez Melgar, José Ramón Soriano Soriano, José Manuel Maza Martín y Miguel Colmenero. Este último redactó la resolución en la que se condenó a Garzón a 11 años de inhabilitación por las escuchas del caso Gürtel. 

En este proceso, la acusación popular, ejercida por el sindicato ultra Manos Limpias y la asociación Libertad e Identidad, solicitaban que Garzón fuera multado e inhabilitado por 20 años, la máxima pena prevista en el Código Penal para este delito.

A su entender, vulneró 'a sabiendas' la Ley de Amnistía de 1977 al abrir una causa contra el franquismo. Tanto el fiscal Luis Navajas como su abogado defensor, Gonzalo Martínez-Fresneda, pidieron durante el juicio su libre absolución y el archivo del procedimiento. Entre otras cuestiones, aludieron a la doctrina Botín, aplicada por primera vez al presidente del banco Santander y según la cual la apertura del juicio no procedía si actúa en solitario la acusación popular.

En la séptima y última sesión del juicio, el que fuera titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 aprovechó el turno de última palabra para asegurar: 'Mi conciencia está tranquila porque tomé las decisiones que creí ajustadas a Derecho para perseguir, sancionar o castigar los crímenes masivos'. También aseguró que actuó en defensa de las víctimas del 'desamparo'.

Esta causa abierta contra Garzón, conocido mundialmente por su lucha contra ETA y la apertura de causas de justicia universal, como la que permitió la detención en Londres del exdictador chileno Augusto Pinochet, levantó una gran expectación internacional.

Un grupo de observadores internacionales relacionados con organizaciones de derechos humanos asistió a la sala de vistas, mientras que a las puertas del Supremo se celebraron numerosas manifestaciones de apoyo a Garzón al grito de '¡Justicia!' y '¡Vergüenza!'.

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