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El TSJM permite que la manifestación del 29-M termine en Sol

El tribunal rechaza la pretensión de la Delegación del Gobierno y también la limitación de la protesta de este miércoles 28

EDUARDO ORTEGA (@_eduardo_ortega)

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha fallado contra las pretensiones de la delegada del Gobierno en la capital, Cristina Cifuentes, de que la manifestación de la huelga de este jueves no acabara en la Puerta del Sol, según han informado a Europa Press fuentes conocedoras de la decisión del tribunal.

Fuentes de UGT han avanzado a Público.es que también esperaban que el TSJM hiciera público en su fallo de este miércoles que la protesta contra la reforma laboral podía acabar en Sol.

En la resolución dictada el pasado 20 de marzo por la Delegación del Gobierno, se basaba en la existencia de otras dos manifestaciones convocadas para este 29 de marzo en el centro de Madrid para no permitir que la protesta convocada por UGT y CCOO tuviera como final Sol.

De las otras dos manifestaciones, una es la convocada por CGT y Solidaridad Obrera, que concluirá en la plaza de Neptuno, y la otra está organizada por la Plataforma Sindical de la EMT y tres sindicatos, con finalización en la plaza de Jacinto Benavente.

La Delegación del Gobierno sostenía que estas dos marchas concluyen 'en zonas bastante próximas' a la céntrica plaza madrileña y que pretendía evitar un 'colapso circulatorio' en la capital. Tras la decisión de la Delegación, los sindicatos apelaron a la protección jurisdiccional del derecho fundamental de reunión del artículo 21 de la Constitución, un recurso que ahora el TSJM ha aceptado.

Además, el tribunal madrileño también ha fallado contra la intención de la delegada del gobierno de limitar el tiempo de una protesta este miércoles 28 en apoyo a la manifestación contra la reforma laboral del día siguiente.

El TSJM permite que la protesta del 28 sea en Sol de 20.30 a 23.00 horas

La protesta estaba prevista también en la Puerta del Sol entre las 20.30 y las 23.00 horas, y la Delegación del Gobierno impuso una hora menos -hasta las 22.00 horas- y un espacio limitado en la plaza. 

El TSJM estima que la resolución de la Delegación vulnera el derecho de reunión y rechaza, como decía dicha resolución, que 'lo emblemático del lugar de la celebración pueda justificar la limitación acordada'.

'La referencia a lo emblemático del lugar de reunión , o la merma de derechos de la ciudadanía son absolutamente genéricas e inexpresivas de potencial alteración de orden público con peligro para personas o bienes. La misma calificación merece la referencia a actividades comerciales cuando estas precisamente cesan generalmente precisamente en el horario al que no se permite prolongarse la convocatoria', afirma el tribunal.

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