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La Audiencia de Huelva deniega aplicar la doctrina Parot a un condenado por asesinar y violar a una niña en 1991

'El Boca' cumplirá solo 21 de los 44 años a los que estaba condenado. La familia de la víctima, que sólo tenía 9 años, recurrirá la sentencia

PÚBLICO.ES

Ana María Jerez Cano fue violada y asesinada en 1991, cuando contaba sólo con 9 años de edad.  El autor del crimen, José Franco de la Cruz, alias El Boca, fue condenado a 44 años de prisión. Pero la aplicación de los beneficios penitenciarios con arreglo al Código Penal de 1973 (vigente cuando ocurrieron los hechos) supone que El Boca pueda salir mañana de la cárcel de Morón de la Frontera (Sevilla). 

La familia de la pequeña intentó evitarlo solicitando a la Audiencia Provincial de Huelva que se le aplique la conocida como doctrina Parot. La madre de la víctima, Adoración Cano, interpuso un recurso para que, siguiendo el ejemplo del Tribunal Supremo cuando revisó el caso del etarra Henri Parot, el juez aplique los beneficios penitenciarios sobre el total de la condena y no sobre los 30 años de máximo que establece el Código Penal.

Pero no ha sido así. La Audiencia ha desestimado el recurso, por lo que El Boca sólo cumplirá 21 de los 44 años de pena.

'Esto demuestra la falta de sensibilidad y respeto hacia las víctimas y el poco compromiso que hay por parte de quienes tienen el poder de que esto cambie', sentenció Adoración Cano. La madre de la menor asesinada también lamentó que “prevalezca el derecho de los asesinos por encima de la seguridad, la libertad y el derecho a la vida de las víctimas” y anunció que recurrirá la sentencia de la Audiencia Provincial, informa Efe.

Cano también ha presentado un escrito en el que solicita que se le facilite fotografías del asesino de su hija, así como su lugar de residencia, con el fin de comprobar que cumple con su condena y con la orden de alejamiento que pesa sobre él. 

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