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Piden hasta 10 años de cárcel a los autores de los tartazos a Barcina

La Audienza Nacional procesa por delito de atentado contra la autoridad a los activistas contra el TAV vasco que lanzaron tartas contra la presidenta de Navarra

PUBLICO.ES / EFE

El pasado 27 de octubre un grupo de activistas del movimiento de desobediencia civil ‘Mugitu' contra la construcción Tren de Alta Velocidad (TAV) en Euskadi, conocido como 'Y Vasca', estrellaron tres tartas contra la cara de a la presidenta de Navarra Yolanda Barcina en la ciudad francesa de Toulouse. Según justificó Mugitu en su momento, con esta acción querían 'agradecer' los 'ímprobos' esfuerzos que Barcina estaba realizando por la 'imposición de una infraestructura tan antiecológica, antisocial y despilfarradora como el corredor navarro del TAV'.

Ahora, el juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha procesado a los cuatro acusados de lanzar las tres tartas, por un delito de atentado a la autoridad, por el que se enfrentan a penas de hasta diez años de prisión.

Según establece el propio auto, los cuatro activistas de 'Mogitu' - Ibon García Garrido, Julio Martín Villanueva, Mikel Álvarez Forcada y Gorka Ovejero - han sido acusados de delito contra la autoridad, penado con entre 4 y 6 años de cárcel y multa de seis a doce meses.

El juez ha creído oportuno que 'ha de considerarse autoridad' a Barcina, en concreto miembro del Consejo de Gobierno de una comunidad autónoma, que aquel día se encontraba presidiendo el 29 Consejo Plenario de la Comunidad de Trabajo de los Pirineos (CTP) en Toulouse. Sin embargo, dada la condición de teniente de alcalde de Arruazu (Navarra) de Gorka Ovejero Gamboa, que además asistió al acto 'en calidad de tal', podría apreciarse en él una agravante por su condición de autoridad, por lo que la Fiscalía podría reclamar hasta 10 años de cárcel para él.

El juez cree que los tartazos son 'una acción directamente dirigida a atacar a la autoridad'

El juez explica que basta con que se dé 'una acción directamente dirigida a atacar a la autoridad' mediante actos de 'acometimiento, empleo de fuerza, intimidación grave o resistencia activa' y, en este caso, cree que los tartazos 'se consideran como tal agresión'. Además, considera que concurren otros elementos para considerar estos hechos como constitutivos de un delito de atentado contra la autoridad, pues requiere que el sujeto pasivo esté en 'ejercicio de las funciones del cargo que representa' o que la acción haya sido motivada por una actuación anterior en el desempeño del mismo.

A ello se suma el motivo alegado por el propio Álvarez Forcada en una rueda de prensa convocada un día después de la acción en la que aseguró que no buscaban violencia con ella, sino 'dañar su imagen pública' como dirigente de la Comunidad de Trabajo de los Pirineos (CTP), con lo que reconoció, a juicio de Pedraz, 'pretender ofender, denigrar o desconocer el principio de autoridad'.

En un principio, el magistrado imputó a García Garrido, Martín Villanueva y Gorka Ovejero, a los que el pasado mes de noviembre les prohibió abandonar el territorio nacional y les retiró el pasaporte el pasado mes de noviembre. Posteriormente, a petición de la Fiscalía, extendió la imputación al hermano del exdirigente de Batasuna Joseba Álvarez Forcada, al que no impuso ninguna medida cautelar el pasado mes de febrero.

El magistrado transformó entonces las diligencias previas en sumario 'para averiguar y hacer constar la perpetración del delito' y la 'culpabilidad de las personas responsables', ya que la pena que podrían conllevar los delitos que se investigan superan el límite legal de 9 años establecido para que sea procedimiento abreviado.

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