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El alcalde de Santiago, imputado por ocultar 300.000 euros a Hacienda

El regidor ha convocado una rueda de prensa en la que ha anunciado su dimisión tras la decisión del juez

AGENCIAS

El titular del Juzgado número 2 de Santiago, José Antonio Vázquez Taín, ha notificado esta mañana el auto de imputación formal del alcalde compostelano, Gerardo Conde Roa, por un presunto delito contra la Hacienda Pública.

Momentos después de conocer el auto, el propio Conde Roa ha ofrecido una rueda de prensa en el Pazo de Raxoi para anunciar su dimisión. Ayer mantuvo una reunión con el presidente de la Xunta y del PPdeG, Alberto Núñez Feijóo, quien le exigió que actuara de acuerdo al código ético del Partido Popular.

Ha asegurado que esta decisión es 'lo mejor' para su familia y 'beneficia también' al partido, el PP, del que no ha recibido 'ni una sola presión' para que presentase su dimisión, ha insistido. Ha añadido que 'es el momento' de presentar la dimisión tras recibir la notificación del auto judicial de imputación.

'Me voy sin ningún daño y sin ningún rencor' y 'lucharé por acreditar mi inocencia', ha continuado el regidor, quien ha destacado que se va 'con la vida pública limpia desde el punto de vista del ejercicio profesional' y 'sin ningún tipo de beneficio personal'.

El procedimiento, explica el magistrado en el auto, trata de esclarecer si existió o no una intención fraudulenta por parte del querellado, Gerardo Conde Roa, en el impago de la cantidad de 291.000 euros correspondientes al IVA del ejercicio 2010 por la venta de 61 viviendas por la sociedad Geslander, de la que el regidor era administrador único.

El juez señala que este 'supuesto fáctico', la no presentación de la autoliquidación, ni abono del IVA, ha sido reconocido por el propio querellado. Por ello, ha procedido a la imputación del regidor por concurrir en el procedimiento 'indicios fácticos claros de la conducta típica investigada, e intencionales suficientemente fundados como para continuar con la práctica de diligencias de investigación'.

El juez explica que la argumentación de la defensa en la inicial fase de instrucción 'ha sido clara' y añade que, 'salvo error de este instructor', se podría resumir en que la situación económica de Gestlander S.L.U. 'hacía totalmente imposible abonar el IVA', por lo que efectuar autoliquidaciones 'carecía de sentido, dado que no se iba a ingresar el impuesto'.

Asimismo, reseña que la argumentación de la defensa también resalta que, como todas las ventas se hacían notarialmente, la Hacienda Pública ya era conocedora del IVA, que era, además, devengado de unas ventas que 'la contabilidad de la empresa reflejaba puntualmente'.

El juez sostiene, no obstante, que las investigaciones practicadas han permitido conocer 'otros indicios' que concurren en este supuesto y que 'excluirían la aparente sencillez fáctica pretendida'. En este sentido, el juez se refiere al 'elemento intencional' y señala que 'el querellado conocía perfectamente' su obligación de presentar la autoliquidación trimestral del IVA.

'Así lo reconoce, y pese a ello omite tal actuación, pero lo hace acompañando tal comportamiento de una serie de actuaciones, que es preciso comprobar, y que podrían revelar la concurrencia de esa intención defraudatoria en el comportamiento de Gerardo Conde Roa'.

En el auto, el juez justifica que no hace referencia explícita a estas actuaciones 'porque la defensa las conoce perfectamente y para evitar que, si se filtra el presente auto, se provoque un juicio mediático'.

En esta línea, Vázquez Taín indica en los razonamientos jurídicos que el presente caso 'exige un plus de corrección procedimental' dada la 'trascendencia institucional' de este asunto. Contra esta resolución cabe recurso de reforma y subsidiario de apelación ante la Audiencia Provincial en el plazo de 3 días.

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