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Mantienen imputado a Ulibarri en Gürtel por defraudar 595.000 euros

El empresario alegó que las pruebas en su contra derivaban de las escuchas de Garzón que el Supremo reputó ilegales. También está acusado de soborno y blanqueo de capitales

EP

La Audiencia Nacional ha confirmado la decisión del juez que investigaba la trama 'Gürtel' en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) Antonio Pedreira, de imputar al empresario José Luis Ulibarri por un delito contra la Hacienda Publica, en relación a la compra en 2006 de una finca en San Lorenzo de El Escorial (Madrid) en la que no se pagó a Hacienda cerca de 595.000 euros en concepto de impuesto de transmisiones patrimoniales.

Así se señala en un auto dado a conocer este martes por la Sección Cuarta de la Audiencia Nacional, que rechaza el argumento de la defensa de considerar nulos los indicios contra el empresario por provenir de las escuchas ordenadas por el exjuez Baltasar Garzón entre cabecillas de la trama que estaban en prisión y sus abogados. Dichas intervenciones le valieron al magistrado una condena de inhabilitación de 11 años por prevaricación.

En coincidencia con el criterio del Ministerio Público, la Sala integrada por Ángela Murillo, Teresa Palacios y Juan Francisco Martel señala que el origen de los datos hallados contra Ulibarri son 'ajenos absolutamente al contenido derivado de las observaciones telefónicas' realizadas por Garzón. El empresario también está imputado en el 'caso Gürtel' por cohecho y blanqueo de capitales.

El tribunal resalta que la Fiscalía y el instructor de la causa, que actualmente está en manos del juez Pablo Ruz, presentaron contra el empresario nuevos informes tanto policiales como de la Agencia Tributaria que justifican esta imputación.

'Ello parece que obedece sin más a la labor de impulso y de comprobación de los hechos denunciados que compete al Ministerio Púlbico para su incorporación a una instrucción que no consta que haya culminado', añade la resolución.

Sobre la alegación de la defensa señalando que en este caso le correspondía a Ulibarri como comprador el pago del IVA, y no del impuesto de patrimonio, el auto señala que en el procedimiento penal en marcha 'nada impide volver sobre la operación efectuada para, a su partir, comprobar si se ha satisfecho el impuesto que sea el debido por el importe que ya se ha calculada'.

Rechaza finalmente la Audiencia que pueda hablarse de prescripción en este caso, pues no nos movemos en los cuatro años que corresponderían en la vía administrativa, sino que el plazo conforme al Código Penal sería de cinco años. Los hechos por tanto no han de estimarse prescritos.

La imputación se basa en un informe de la Agencia Tributaria que se emitió el  25 de mayo de 2011 sobre la venta de la finca Monte El Valle de El Escorial por parte de Proyedicon S.L. a UFC. El informe refleja los posibles incumplimientos tributarios de la sociedad UFC S.A. con ocasión de la compra de la finca a la entidad Proyedicon S.L. a los efectos de lo establecido en el artículo 305 del Código Penal regulador del delito contra la Hacienda Pública.

'Queda reflejado que se origina un perjuicio económico a la Hacienda Autonómica de Madrid a la que se debió haber ingresado 595.000 euros por el concepto de ITPAJD --Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documetados--, recoge el informe.

Ulibarri es uno de los empresarios imputados desde el inicio de la investigación por pagar presuntamente comisiones a la trama de Francisco Correa a cambio de adjudicaciones públicas.

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