Una pareja logra los 'papeles' por haber nacido su hija en España
La niña obtuvo la nacionalidad española porque Colombia le negó la originaria de sus padres
Numerosos inmigrantes esperan su turno en una oficina de ExtranjerÃa. EFE.
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Con el permiso de su señorÃa y para cuidar a su hija española. Asà ha obtenido un matrimonio colombiano la autorización para residir y, en consecuencia, trabajar en España. La Administración, que les denegó inicialmente ese permiso, no ha recurrido esta decisión de la Justicia y tiene dos meses para ejecutarla. "No queremos quedarnos toda la vida", tranquiliza la mujer.
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Huesca reconoce, en dos sentencias idénticas, el derecho a obtener la autorización de vivir en España a los dos miembros del matrimonio, por el hecho de ser los padres de una niña que ha nacido en España. A su juicio, negar esta posibilidad supone "evidentes perjuicios" para la menor, porque provocarÃa su salida forzosa o la desmembración de la unidad familiar.
Niña apátrida
"Vinimos hace tres años, con nuestra hija, que ahora tiene trece años, en busca de otras opciones", prosigue Rosa (nombre ficticio de la madre). Tras dos años con trabajos temporales y ayudas económicas de amigos, nació su segunda hija. El Consulado de Colombia les negó la nacionalidad de la menor porque en su paÃs "se obtiene por tierra, no por sangre", señala la madre, de 38 años. La Constitución colombiana establece, en su artÃculo 96, que son nacionales por nacimiento los hijos de padres originarios de Colombia que hayan nacido en otro paÃs y "luego se domiciliaren en la República", entre otros supuestos.
Ante esta situación de apátrida en la que quedó la menor, consiguió la nacionalidad española "a tÃtulo de presunción" en aplicación del Código Civil español, que contempla la posibilidad de dársela a los hijos de extranjeros nacidos en España si la legislación de sus padres no les atribuye una nacionalidad (artÃculo 17.1). También se tuvo en cuenta en esta caso la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989, que otorga, entre otros, el derecho a adquirir una nacionalidad tras nacer (artÃculo 7). A los seis meses de vida, la niña ya era española.
Pero la Subdelegación del Gobierno en Huesca no lo vio claro y el 5 de octubre de 2007 les denegó la autorización de residencia por ser ascendientes de español. Entre otras cosas, la Administración no encontró al matrimonio bajo ninguno de los supuestos de la Ley de ExtranjerÃa (artÃculo 31.3) ni el Reglamento que la ejecuta (artÃculo 45) que permiten conceder a extranjeros la residencia temporal.
Además, se tuvo en cuenta para la negativa la existencia de un expediente sancionador que podrÃa acarrear la expulsión, a pesar de que también tenÃan un informe favorable de inserción social del Ayuntamiento de Jaca. "Fue bastante desagradable", dice Rosa. Hace siete meses, la PolicÃa pidió la documentación a su esposo cuando iba a trabajar y éste terminó en comisarÃa por encontrarse en situación irregular. Ella le llevó el certificado de que una de sus hijas era española, pero fue peor el remedio que la enfermedad: también la detuvieron. Aunque les sonrió la suerte, ya que pudieron abandonar la comisarÃa el mismo dÃa para cuidar a sus niñas. "Nos abrieron un expediente de expulsión", lamenta esta mujer. Teme el dÃa en que les llegue la multa del expediente, ya cerrado, que asciende a 301 euros cada uno, explicó el abogado de la familia, Julio Rojas.
Circunstancia humanitaria
La sentencia del juzgado de Huesca, del 29 de febrero de 2008, anula la decisión de la Administración y reconoce el derecho del matrimonio a obtener los papeles. Entiende que la pareja está en "circunstancia humanitaria excepcional", como recoge el Reglamento de ExtranjerÃa.
También comparte una sentencia del Tribunal Superior de Justicia del PaÃs Vasco sobre que la negativa a que los padres residan con el menor vulnerarÃa el derecho de no discriminación de la Constitución Española, generando una categorÃa de niños "ilÃcitamente discriminados" porque sus progenitores no pueden trabajar, al carecer de permiso de residencia. En este caso, la menor ha quedado a salvo. Sólo resta esperar. "No estaremos tranquilos hasta recibir la autorización que nos dé expectativas", concluye Rosa.
La legislación
El artÃculo 31.3 de la Ley de ExtranjerÃa, del año 2000, contempla la autorización de residencia temporal por situación de arraigo, razones humanitarias, colaboración con la Justicia u otras circunstancias excepcionales que se fijen.
El Reglamento de ExtranjerÃa especifica en su artÃculo 45 esos supuestos extraordinarios que autorizan a residir temporalmente en España. Incluye, entre otros: el arraigo laboral, acreditar una permanencia de tres años en España y tener un trabajo, asà como vÃnculos familiares y un informe de inserción social; hijos de españoles, por protección internacional, razones humanitarias y a quienes colaboren con las autoridades administrativas, policiales, fiscales o judiciales .
La residencia temporal por circunstancias excepcionales por arraigo llevará aparejada un permiso de trabajo. En los demás supuestos, se deberá solicitar autorización laboral.
23 Comentarios
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Qué mayor arraigo a un territorio que el nacimiento de un hijo. Me gusta esta noticia. Deseo toda la suerte del mundo para esta familia. Siento los nervios que cogerá Rajoy pero que piense que el "milagro" lo consigue una niña....como la suya.
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A los antiamericanos. ¿qué os parece ahora que apliquemos las mismas leyes que ellos?
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De esta noticia lo único que es extraordinario es que a los padres de la niña les hayan puesto inconvenientes para obtener la residencia. El que la niña tenga la nacionalidad española es lo habitual en los niños nacidos en España de padres extranjeros a los que su paÃs no les concede la nacionalidad de los padres de forma automática. Los padres prefieren no inscribirlos en el consulado de su páis, que es el requisito para obtener su nacionalidad, y de esa manera al ser apátridas, obtienen la nacionalidad española en menos de 6 meses. A continuación los padres tendrán el permiso de residencia para poder quedarse a cuidar a su hijo español y a su vez podrán optar a la nacionalidad española en unos 2 años. No es que Colombia le niegue la nacionalidad a la niña, son los padres los que prefieren optar por la nacionalidad española, y el que obtengan la residencia no es algo extraordinario sino lo que está sucediendo todos los dÃas.
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Una hija españlola y otra colombiana. Es como lo de Angelina Jolie pero sin gastar tanta pasta. Bromas aparte. A mi lo que me parece flipante es que una persona nacida , criada y educada en España, por el mero hecho de que sus padres sean de otro pais, no sea considerada española y tenga que andarse con pepeleos cuando consigue la mayoria de edad. Esas personas muchas veces no tienen casi nada de sus paises de orgen y se encuentran en tierra de nadie. Unejemplo mas de la arbitrariedad de las legislaciones, que muchas veces se quedan muy lejos de la realidad.
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Todos los niños tienen derecho a que sus padres trabajen para poder darles lo mejor. Conozco muchos casos en donde los hijos son residentes y los padres no, y eso es totalmente perjudicial para la familia, y no sólo por los niños, ninguna persona deberÃa ser "ilegal", PAPELES PARA TODO EL QUE LO NECESITE, la inmigración es una realidad, ya estamos aquà no nos pueden negar.
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Malicia, los padres no españoles de español no obtienen inmediatamente su permiso de residencia. Tienen que esperar tres años desde su entrada en España y tener pruebas fehacientes de esos tres años, tener una oferta firme de trabajo para un año y jornada completa, no tener antecedentes penales, ni aquà ni en su paÃs y que su empleador no tenga deudas en Seguridad Social ni en Hacienda y además capacidad económica para contratar. Si que es verdad que ha habido muchas sentencias sobre la imposibilidad de expulsarles pues no se puede expulsar a un español, de momento. Lo bueno de la noticia es que puede servir para que muchos bolivianos que están en la misma situación de limbo jurÃdico puedan solicitar ya su permiso de residencia por circunstancias excepcionales. A pesar de lo que dice Rajoy y sus mariachis no es tan fácil tener papeles.
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Más carne de presidio. Ozú, que paÃ. To er mundo e güeno. Ya vendrá el rechinar de dientes.
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M.José, los tres años no los tienen que esperar si ya los llevan viviendo aquÃ. Inmediato está claro que no se consigue nada en este paÃs de burocracia sin fin, pero en este caso el tener un hijo de nacionalidad española les va a facilitar obtener la residencia, y en cualquier caso les va a posibilitar seguir viviendo en España. No creo que sea fácil obtener los papeles, ni que lo sea más fácil ahora que con el gobierno del PP. Lo que sà creo que es cierto es que es más fácil obtener la residencia en España que en cualquier otro paÃs de la UE, y que es mucho más fácil vivir y trabajar sin papeles en España que en cualquier otro paÃs de la UE. La opinión que esto nos merezca dependerá de nuestras circunstancias, y nos influirá el hecho de que vivamos en zonas con mucho porcentaje inmigrante o no, que seaomos usuarios de la Sanidad y la Enseñanza Públicas o no, que seamos asistentes sociales, o periodistas, o abogados, o empresarios de la construccion, o parados...
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Lo que va a pasar es que todos ellos no van a registrar a sus hijos en los consulados para poder tener la situación de apátrida y asà optar a la residencia y después nacionalidad española... hecha la ley, hecha la trampa. Pero sucede sólo con los colombianos?? Porque en mi caso, mexicana, nada de esto es asÃ, si tienes hijos aquà no se hacen "españoles" sólo por nacer aquÃ, mi paÃs reconoce su nacionalidad mexicana al ser hijos de nacionales no importa dónde nacieran. Y estoy aquà con toda mi documentación en regla y sin hacer trampa ninguna.
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Que majo el estado colombiano. No reconoce a la cria. España ocupate de mi gente. Estoy de acuerdo que ya vendrá el rechinar de dientes. Los empresarios del ladrillo se forran y otros nos comeremos la... Que vengan todos Silvina verás que bien.
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LOS PSOETAS,YA ESTAN PREPARANDO LOS VOTANTES DEL FUTURO.
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LM, otros paÃses que tienen la legislación como Colombia, es decir que no dan la nacionalidad directamente por ser hijo de un nacional de ese paÃs si nacen en el extrnajero son: Argentina, Bolivia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, Guinea Bissau, Perú y Suiza. ´Más información de como se obtiene la nacionalidad española aquÃ: http://www.associacioamic.com/docs/informacion%20nacionalidad.pdf
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El Código Civil español es como el toto de la Bernarda, con todos mis respetos.
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Malicia, pues con esto España se va haciendo cada vez más "cosmopolita", espera a ver lo que sucede cuando todo aquel que quiera regularizar su situación por este método empiece a tener más y más hijos... bueno, por otro lado la natalidad "española" irá en aumento.
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Francamente, siento verguenza ajena al leer ciertos comentarios racistas, xenofobos, fascistas, etc en este periodico al que le supongo ideologicamente a la izquierda. Serán supongo, lectores de EL MUNDO que despotrican aqui toda su rabia derechista de creerse dueños de la tierra.
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Lamento profundamente que la mala redacción del artÃculo derive en conclusiones xenófobas, la solidaridad brilla por su ausencia entre muchos de los comentarios. En primer lugar no es cierto que Colombia u otros paÃses latinoamericanos nieguen la nacionalidad a los hijos de sus emigrantes... eso es una estupidez y ningún paÃs lo hace. Lo que ocurre es que no se obtiene la nacionalidad de forma automática sino que los padres tienen que inscribir a la niña en el Consulado de Colombia, de manera que si no la inscriben adquieren la nacionalidad española por razón de nacimiento. Asà de sencillo. Y, como es española, las autoridades españolas son la responsables de velar por los intereses de esa menor que se anteponen a todos los demás (incluso a la Ley de ExtranjerÃa que no permite la regularización de sus padres).
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Me parece muy bien que se le haya dado la nacionalidad a esa niña, e incluso, permiso de trabajo a sus padres, que no sé de qué otra manera podrÃa vivir. Sean de Colombia o de cualquier otro paÃs,sean blancos o negros, son seres humanos, y personas, que tienen derecho a una vida digna.
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Los padres de la niña podrÃan haberla inscripto como colombiana en su consulado pero encontraron una manera de inscribirla como española, por lo tanto el problema será de la ley pero lo que ha hecho esta gente es, a dÃa de hoy, absolutamente legal. Por otro lado, hay alguien por ahà que dice que España es el lugar donde más fácil se obtiene la residencia. No es cierto;en Italia se obtiene teniendo un abuelo o un bisabuelo italiano algo que en España no ocurre ya que la transmisión es sólo de padres a hijos y aún en este caso es automática únicamente hasta los 18 años. Los extranjeros aunque desciendan de españoles (abuelos) tienen que tramitar su residencia como cualquier persona sin ningún lazo de sangre.
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Si no nos ponemos SERIOS YA con la inmigración, esto va a acabar como EL EGIDO dentro de nada. La culpa de la falta de previsión de los polÃticos españoles. Los que pagan el pato ahora, los españoles POBRES. Los que pagarán el pato después, los inmigrantes. Los españoles cuando dicen basta son terribles. Hace mucho que se viene avisando.
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Se escribe El Ejido. Ignorante.
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No se que hay de raro o de polemico en esta noticia. La niña es española, pero sus padres no, es logico que les den la residencia. Quien va a cuidar a esa niña?Rajoy?El estado?ZP?, pues no lo hacen sus padres y punto.
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segun las teorias de estos reaccionarios antiinmigrantes en españa dentro de nada seriamos un pais de la tercera edad, seria imposible mantener las pensiones y apenas tendriamos mano de obra, su españa grande y libre se iba a kedar en un club de jubilados, pero nunca lo reconoceran
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para LM estudia primero tu historia a ver quien fue primero inmigrante y que trato se les dio y el tema de tener hijos a ver si tienes varios si te gusta creo q no seguro q eres xenofoba nadie le utiliza a su hijo solo que tenemos que darles de comer...

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