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La Audiencia de Castellón sobresee la causa contra Fabra y su ex mujer

La sala entiende que, después de concluida la investigación, no existe soporte indiciario suficiente para mantener la imputación

AGENCIAS

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Castellón ha acordado el sobreseimiento provisional de la causa abierta en el juzgado de primera instancia e instrucción número dos de Nules contra el presidente provincial del PP y de la Diputación castellonense, Carlos Fabra, y su ex mujer, Desamparados Fernández.

La Fiscalía Anticorrupción solicitaba una pena de dos años de prisión por falsedad en relación con unos sellos de caucho, según informó el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana en un comunicado.

La sala entiende que, después de concluida la investigación, no existe soporte indiciario suficiente para mantener la imputación de ambos. Asimismo, el tribunal ha acordado el cierre de la instrucción respecto de Hamdi el Azouzi, pero no así en el caso de Monserrat Vives.

La Audiencia se ha pronunciado de esta forma al resolver los recursos de apelación formulados por todos ellos contra el auto de transformación de las diligencias previas en procedimiento abreviado acordado por el juzgado de instrucción.

La investigación se inició a raíz de una denuncia presentada por el empresario Vicente Vilar ante el Ministerio de Agricultura en la que revelaba la supuesta falsificación de sellos. Vilar y Fabra tenían dos mercantiles participadas a partes iguales por sus entonces esposas.

En mayo de 2009 el Juzgado Número 2 de Nules inicia un procedimiento contra Carlos Fabra por una posible falsificación de documentos para la obtención de autorizaciones comerciales.

Fabra: 'No se puede dar valor a la declaración de un coimputado'

El procedimiento se incoaba también contra Domingo Cadahía (ex director adjunto de Sanidad Vegetal del Ministerio de Agricultura), Desamparados Fernández Blanes (esposa de Fabra), Vicente Vilar y su ex esposa Monserrat Vives.

Fabra defendía que 'no se puede dar valor, en un caso como este, a la declaración de un coimputado' (Vilar) y que 'tampoco existen diligencias objetivas que permitan corroborar extremos de dicha declaración'.

La Audiencia de Castellón concluye que 'el único elemento inculpatorio de Fabra son las declaraciones de Vilar' y que 'en casos como éste, en el que existen tan importantes indicios que hacen sospechar razonablemente sobre la interesada inculpación que hace el segundo del primero', dichas declaraciones son insuficientes para sustentar la inculpación.

'Es evidente el ánimo vindicativo contra el señor Fabra que ha inspirado la actuación del señor Vilar', señala la resolución, al tiempo que no cuestiona que 'se ha podido prodcuir algún tipo de falsedades o manipulaciones documentales', aunque éstas 'disten mucho de los 'cientos de sellos de caucho falsos, decenas de análisis químicos amañados y firmas de técnicos imitadas' de los que se habló'.

'Es evidente la interesada inculpación que hace Vilar contra Fabra'

Por ello, estima la petición de revocación de Fabra y declara el sobreseimiento provisional de la causa abierta contra él.

El tribunal ha acordado asimismo el cierre de la instrucción respecto al imputado Hamdi el Azouzi, no así en el caso de la ex esposa del empresario Vicente Vilar, Montserrat Vives, también imputada y que presentó recurso de reforma contra el auto de transformación de las diligencias previas en procedimiento abreviado incoado contra ella.

 

 

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