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Sin cadáver, con condena

Tras conocerse la sentencia por la muerte de Marta del Castillo, hablan abogados y familiares de casos en los que los autores también fueron condenados pese a no revelar dónde ocultaron los restos de sus víctimas

Ó. LÓPEZ-FONSECA

'¿Dónde está el cadáver?'. 'No lo sé'. Miguel Carcaño, condenado por la muerte de la joven sevillana Marta del Castillo, respondía con estas tres lacónicas palabras a la pregunta que le lanzaron las acusaciones durante el juicio. Era la respuesta que nadie quería oír, pero también la que casi todo el mundo estaba convencido que se iba a escuchar en la sala de vistas.

No era la primera vez que un delincuente se negaba a decir donde había ocultado el cuerpo de su víctima. Muchos creen que la máxima de 'sin cadáver no hay condena' es su mejor defensa para intentar eludir una pena de prisión o, al menos, para rebajar los años de la misma. Y, en parte, no les falta razón. Sin un estudio forense del cadáver, nunca se podrá determinar si se trata de un asesinato o un homicidio, si hubo agresión sexual, si se ensañó con la víctima... Por ejemplo, para Miguel Carcaño, que no se haya encontrado el cuerpo de la joven, ha hecho que los 52 años de cárcel que pedía el fiscal quedaran en sólo 20 años. Posiblemente, su confesión evitó su absolución, como reconoció la propia sentencia dada a conocer el pasado viernes.

Sin embargo, el 'sin cuerpo no hay condena' no se cumple a rajatabla. A lo largo de la reciente historia judicial española ha habido casos en que, pese a la negativa de los acusados a confesar sus crímenes y revelar el destino final de sus víctimas, ha habido sentencia condenatoria. La última fue a finales del pasado noviembre. Un jurado popular declaró culpable a Francisco Ramírez Gascón de la muerte de Mari Cielo Cañavate, una mujer de Hellín (Albacete) con la que mantenía una larga relación sentimental y de la que no se ha vuelto a tener noticia desde el 10 de octubre de 2007. Y ello a pesar de que él siempre negó cualquier relación con su desaparición y de que el cadáver nunca ha aparecido.

Los 52 años que pidió la Fiscalía para Carcaño se quedaron en 20

Días después de aquel veredicto, el juez plasmó en una sentencia la condena para aquel fallo: 15 años de cárcel por homicidio. En el texto, el magistrado detallaba que le había aplicado la máxima pena prevista en el Código Penal para ese delito porque consideraba que con su actitud de no revelar el lugar donde se encuentra el cuerpo de la mujer, Francisco había agravado el sufrimiento de la familia.

Carmen Rey Bravo, la abogada que ejerció la acusación particular en nombre de la hermana de Mari Cielo Cañavate, reconocía a este diario la dificultad que supuso la ausencia del cuerpo de la mujer para conseguir una condena. 'Sin cadáver no había pruebas directas. Sin embargo, se pudo demostrar mediante indicios que él era el único que podía ser responsable de su desaparición', asegura. Cuando se le pregunta si pudo influir en la condena el hecho de que el veredicto hubiese sido emitido por un jurado popular, la letrada lo niega: 'Siempre se dice que el jurado es influenciable, pero lo es tanto para la defensa como para las acusaciones. No debemos olvidar que finalmente la sentencia la dicta un magistrado y este optó por aplicar la máxima pena'.

Carmen Bravo insiste en que el 'sin cuerpo no hay delito' es una creencia errónea 'que no se recoge en ningún lugar de nuestro ordenamiento jurídico'. Sin embargo, reclama una urgente reforma de este 'para agravar la pena en caso de desaparición y evitar de este modo que los autores se nieguen a revelar dónde está el cadáver'.

La decisión de la Audiencia Provincial de Albacete es poco habitual, pero no novedosa. Hay varios antecedentes, algunos, incluso, lejanos en el tiempo. En 1988, tres policías fueron condenados por la desaparición de un delincuente al que detuvieron en noviembre de 1983 y del que nunca se ha vuelto a tener noticias. Fue el célebre caso Nani, considerado aún hoy uno de los hitos judiciales de la democracia española. Los considerados responsables de aquel suceso recibieron penas que sumaron más de 29 años de cárcel para cada uno de ellos.

Un jurado calificó de homicidio la desaparición de una mujer

Pese a los años transcurridos, el abogado Jaime Sanz de Bremond, que ejerció la acusación en nombre de la familia, recuerda con detalle aquel proceso: 'No sólo conseguimos sentar en el banquillo de los acusados a agentes sin haberse encontrado el cadáver, sino que conseguimos que se les condenara'. El delito que les llevó a la cárcel no fue, sin embargo, homicidio, sino detención ilegal con desaparición forzosa. 'Demostramos que aquellos policías lo habían detenido y que, si no daban razón de su paradero ni demostraban que lo habían puesto en libertad, eran culpables de su desaparición', señala Sanz de Bremond.

El letrado también recuerda que las defensas empezaron argumentando una 'falsa fuga' del delincuente 'y terminaron agarrándose a una supuesta inconstitucionalidad del artículo del Código Penal entonces vigente que recogía el delito por el que finalmente fueron condenados, la desaparición forzosa'. Sanz de Bremond reconoce que nunca se plantearon pedir una condena por asesinato u homicidio. 'Sin que apareciera el cuerpo, entonces lo vimos absolutamente inviable', afirma.

Tampoco pudo la Justicia condenar por homicidio ni asesinato a los responsables de la desaparición de Publio Cordón, el industrial zaragozano secuestrado el 27 de junio de 1995 cuando practicaba footing en los alrededores de su casa. Los miembros de los GRAPO que lo perpetraron fueron condenados a altas penas, pese a lo cual nunca han revelado el lugar en el que ocultaron el cuerpo. Hace unos años, el jefe del comando, Fernando Silva Sande, aseguró a la Guardia Civil que Publio había muerto al intentar escapar del chalet en el sur de Francia donde estaba retenido y que lo habían enterrado en un paraje del país vecino. Sin embargo, los rastreos no dieron resultado.

Pilar Muro, la mujer del industrial, reconocía hace escasos días a este diario que 'hace tiempo' que perdieron completamente la esperanza de que les dijeran 'la verdad y hallar su cuerpo', e insiste en que 'algo falla en la Justicia cuando permite a los delincuentes que hacen desaparecer los cadáveres que no paguen con más años de cárcel por ello'.

Pilar destaca que 'un agravamiento de las penas sería un pequeño consuelo para las familias', aunque reconoce que ve 'difícil' una modificación legislativa en esa línea. 'Cuando se ha tomado alguna iniciativa en este sentido en el Congreso no se ha conseguido nada', recalca. La última vez, la pasada legislatura. UPyD presentó una proposición no de ley 'en aras de evitar que queden impunes el delito de homicidio y sus formas en los casos en que el cuerpo de la víctima haya sido ocultado o destruido', según reflejaba en el texto que esta formación política presentó. El adelanto electoral impidió que se debatiera en el pleno.

'Cada vez que veo en el periódico que ha aparecido el cadáver de alguien que llevaba tiempo desaparecido, siempre pienso que la familia al menos descansará'. Quien habla así es Berta, hija del empresario orensano Guillermo Collarte, desaparecido hace 12 años. Ella, como Pilar Muro, la familia de el Nani o la de Mari Cielo Cañavate, no sabe dónde está el cuerpo de su ser querido.

El rastro de Guillermo Collarte se perdió en octubre de 1999, cuando fue a visitar unas obras en Portugal. Desde aquel día, Berta inició su particular lucha por sentar en el banquillo a las cuatro personas que ella consideraba responsables de su desaparición en el país vecino. Y lo consiguió a finales de 2010. La Procuraduría lusa, equivalente a la Fiscalía española, solicitó entonces para ellos penas de entre dos y diez años de cárcel por secuestro. Sin embargo, en febrero de 2011, después de tres meses de juicio, un tribunal mixto portugués formado por magistrados y ciudadanos los absolvió al estimar que no había ni pruebas ni evidencias' de su implicación en los hechos.

Pese al fracaso, Berta sigue empeñada en la búsqueda de su padre. 'Después de hacer algo tan doloroso como ir a la cárcel a entrevistarme con los acusados para pedirles que me dijeran dónde habían ocultado el cuerpo de mi padre a cambio de un acuerdo, no voy a parar ahora', insiste a este diario con la voz entrecortada. Berta, que alaba el trabajo del abogado que ejerció en su nombre la acusación y el de los policías portugueses que llevaron la investigación, critica duramente, sin embargo, el papel de los jueces lusos. 'No sé si en España la sentencia hubiera sido diferente, pero lo cierto es que lo que viví allí durante el juicio fue tristísimo', recalca.

Más suerte con la condena tuvieron los familiares de José Luis Zaragoza, un industrial de Algete (Madrid) que desapareció el 6 de octubre de 1995. Dos años y medio después, un tribunal condenó a Francisco Javier Cervigón, exnovio de su hija, a 12 años de cárcel por detención ilegal, una pena muy similar a la de homicidio, además de otros dos años por tenencia ilícita de armas. 'No se hallaron pruebas para pedir el asesinato ni, tan siquiera, el homicidio, pero sí se pudo demostrar que Cervigón hizo desaparecer a su víctima', recuerda el abogado Hermenegildo Pérez Bolaños, quien defendió los intereses de la familia de José Luis Zaragoza.

Para Pérez Bolaños, fue 'clave la investigación policial, que recabó numerosas pruebas e indicios, pero también las numerosas contradicciones en las que el acusado cayó durante toda la instrucción de la causa'. Cervigón llegó a presentarse ante la familia de su exnovia como interlocutor de una supuesta banda mafiosa que quería 90 millones de pesetas por su rescate. Incluso mostró una de las escopetas de caza que Zaragoza llevaba en su coche cuando desapareció y un burdo montaje fotográfico en el que este aparecía con un periódico del día después de su desaparición.

Cervigón nunca reconoció los hechos e, incluso, cambió de declaración en varias ocasiones acusando incluso a su exnovia. Por supuesto, tampoco llegó a revelar donde ocultó el cuerpo de su víctima. El abogado de la familia reconoce que en casos como este 'un jurado popular puede tener una mayor sensibilidad hacia la víctima', aunque él prefiere un tribunal profesional formado por tres magistrados como el que enjuició aquel caso: 'Sin lugar a dudas, es mucho más objetivo y, en estos casos en el que los indicios y las pruebas pueden ser sutiles, tal vez sea preferible esa cualidad'.

En el caso Marta del Castillo fue, precisamente, un tribunal profesional el que también condenó sin cadáver a Miguel Carcaño.

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