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La cadena perpetua revisable se impondrá a asesinos de menores, magnicidas y terroristas

La nueva pena, denominada 'prisión permanente revisable', es 'de duración indefinida' aunque sujeta a levantamiento después de entre 25 y 35 años de cumplimiento. Se aplicará al asesinato del Rey o

A.M.

El Gobierno anunció hoy la introducción de la cadena perpetua revisable en el Código Penal no sólo para delitos de terrorismo, sino también de magnicidio, genocidio, y de determinados asesinatos agravados, en concreto cuando la víctima sea menor de 16 años, cuando se le dé muerte después de una agresión sexual, cuando se trate de un crimen múltiple o cuando el autor forme parte de una organización criminal.

Tras el Consejo de Ministros, el titular de Justicia destacó que la nueva pena de prisión permanente tendrá una 'duración indefinida' aunque podrá ser revisada después de que el delincuente haya pasado un mínimo de entre 25 y 35 años en la cárcel, dependiendo del delito.

La revisión corresponderá al tribunal sentenciador, que, a partir de un determinado tiempo de cumplimiento, deberá cada dos años hacer una revisión de oficio de la pena.

Alberto Ruiz-Gallardón presentó al Consejo un informe sobre la reforma. A partir de ahora, el calendario pasará por pedir un informe al Consejo General del Poder Judicial y al Consejo de Estado, antes de que se apruebe por el Gobierno definitivamente el Proyecto de Ley para su remisión a las Cortes. El Ejecutivo no pedirá que se tramite por vía urgente en el Parlamento, al considerar adecuado un debate profundo con todos los grupos parlamentarios.

Las nuevas penas no serán aplicables a los delitos cometidos con anterioridad a su entrada en vigor siempre que sean más duras para el reo, de acuerdo al principio jurídico de irretroactividad de la ley penal más desfavorable.

El ministro sostuvo que la prisión permanente revisable cumple el requisito que establece la Constitución Española de que las penas deben estar dirigidas a la reinserción del condenado.

También cree que no es incompatible con el Convenio Europeo de Derechos Humanos y que ha sido avalada por el Consejo de Estado cuando dictaminó el convenio del Tribunal Penal Internacional. Además, destacó que en casi todos los  países europeos, entre ellos Alemania, Italia, Reino Unido y Francia, está vigente una pena similar.

Un periodista preguntó a Gallardón si la reforma llega ahora por populismo, intentando sintonizar con el rechazo levantado por casos como el de José Bretón, o para acallar la división interna del PP por la excarcelación del etarra Bolinaga. Gallardón dijo que las medidas no responden a ningún 'motivo coyuntural', y para demostrarlo, recordó que en su comparecencia de principio de año en la Comisión de Justicia del Congreso anunció esta reforma para después del verano.

Además de la prisión permanente revisable, la reforma establece la 'custodia de seguridad', con duración máxima de diez años, que será de aplicación a los reos una vez cumplida la pena de prisión, y que seguirá siendo una medida de privación de libertad, a cumplir en cárceles o en centros especiales. 

Está prevista para reincidentes en delitos terroristas, de asesinato, sexuales, o de tráfico de drogas, o para quienes cometan por primera vez una pluralidad de esos delitos. La medida tendrá que establecerse en la misma sentencia donde se condene al reo a la pena de prisión, si el tribunal juzga que puede ser potencialmente peligroso cuando termine la condena, aunque podrá reconsiderar la imposición de la medida cuando acabe la pena de cárcel.

Por último, la reforma amplía la medida de libertad vigilada, actualmente en vigor para delitos sexuales, a otro tipo de delitos.

Por otro lado, la medida de prisión permanente revisable será compatible con la clasificación del preso en tercer grado penitenciario, que le permitirá trabajar fuera de la cárcel e ir al centro sólo a dormir, a partir de un periodo de cumplimiento que se fijará en el Código cuando se apruebe por el Gobierno.

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