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Corrupción El TSJ de Murcia rechaza el recurso del expresidente Pedro Antonio Sánchez

El expresidente de la Comunidad, Pedro Antonio Sánchez, y su antiguo colaborador, David Conesa, están siendo investigados en el caso Púnica.

El expresidente de Murcia, Pedro Antonio Sánchez. / EFE

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La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia ha desestimado los recursos presentados por el expresidente de la Comunidad, Pedro Antonio Sánchez, y su antiguo colaborador, David Conesa, investigados en el caso Púnica. 

El auto del TSJ rechaza los recursos que ambos presentaron contra la resolución del magistrado instructor del pasado 6 de junio. En él, el juez dio por finalizadas las diligencias llevadas a cabo en el caso y acordó la transformación de las mismas en procedimiento abreviado.

Afirma el TSJ que los "reproches" planteados por Sánchez y Conesa pueden resumirse en alegar la ausencia de indicios incriminatorios que soporten los hechos punibles descritos por el instructor y en la atipicidad penal de los mismos.

Los recursos de ambos expusieron que el auto combatido contenía referencias genéricas e inconcretas. Añadían que en las actuaciones investigadoras llevadas a cabo no se había obtenido información alguna que permitiera concluir en un concierto de voluntades entre el expresidente regional y quienes le ofrecieron los servicios de mejora de imagen cuando era consejero regional de Educación.

También coincidieron los apelantes en exponer que de los contactos mantenidos con el empresario que ofreció ese servicio, que finalmente, no se aprobó, no se desprenden los elementos típicos que son necesarios para poder calificar los hechos como constitutivos de los delitos de malversación de caudales públicos, prevaricación, cohecho o revelación de información reservada.

El TSJ de Murcia señala que coincide con el instructor en que existe "suficiencia indiciaria" para seguir con la tramitación del caso contra ambos. Además, expone que el auto recurrido contenía información suficiente sobre las presuntas conductas que serían constitutivas de los delitos apuntados.

En cuanto a la queja planteada por Conesa, que aseguró que el instructor no había practicado una prueba que había propuesto, el TSJ dice que en este momento procesal "se considera innecesaria" llevarla a cabo, ya que de lo hasta ahora llevado a cabo "resultan indicios para abrir la fase intermedia".

Este caso fue abierto en el TSJ de Murcia a raíz de la pieza separada enviada por Eloy Velasco, el instructor del caso Púnica en la Audiencia Nacional. 

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