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IU se querella contra Cifuentes por prevaricación y delitos contra la Constitución

Los diputados Alberto Garzón y Ricardo Sixto presentan en los juzgados un escrito defendiendo a los manifestantes identificados el pasado 27-O durante una concentración para rodear el Congreso

DANIEL DEL PINO

Los diputados de Izquierda Unida, Alberto Garzón y Ricardo Sixto, han presentado esta mañana una querella contra la delegada del Gobierno en Madrid, Cristina Cifuentes, por las actuaciones policiales en Madrid el pasado 27 de octubre y que terminaron con la identificación de 300 personas que se exponen a unas multas de entre 300 y 6.000 euros.

En concreto, denuncian que Cifuentes haya podido cometer un presunto delito de prevaricación, falsedad documental y delitos contra la Constitución, ordenando a la Policía actuar contra los manifestantes.

En su escrito (consúltalo en PDF), IU denuncia que la Delegación del Gobierno estaba predispuesta a actuar de este modo contra los participantes de una concentración que 'se desarrolló en todo momento de manera pacífica' y que estas prácticas se están convirtiendo en habituales y continuadas'desde que la Sra. Cifuentes Cuencas tomó posesión de su cargo'.

IU anunció a principios de este mes que daría cobertura legal a todas las personas que sean identificadas y sobre las que se abra un expediente sancionador ejerciendo de manera pacífica su derecho a manifestación. De este modo, desde anoche existe en su página web un modelo de querella que animan a utilizar para presentar contra todas las Delegaciones del Gobierno que se estén comportando de este mismo modo en las diferentes protestas sociales de todo el país.

En la querella, IU relata como muchas de las personas identificadas han asegurado que ni siquiera estaban participando en la manifestación frente al Congreso. Otros, expone el documento, 'cuando se estaban aproximando al lugar en el que daba comienzo la manifestación, fueron preguntados por agentes de Policía si se dirigían hacia allí, y contestada afirmativamente dicha pregunta, fueron obligados a identificarse'.

Asimismo, denuncian que las comunicaciones que recibieron los identificados sobre la apertura de un expediente sancionador contra ellos, contenían 'una descripción de hechos genérica y abstracta, sin que se adjunte la copia de la denuncia formulada y demás elementos [...] que prueben los hechos'.

Entre los numerosos documentos periodísticos que emplea IU para sostener su querella, aparece una entrevista de Cifuentes en Radio Nacional de España del 24 de octubre durante la que aseguró que la Policía sólo intervendría si la protesta no era pacífica. 'Finalmente -argumentan- la Policía actuó identificando a cientos de personas, violentando su derecho a la intimidad, a no declarar sobre su ideología o creencias y amedrentando el libre ejercicio de los derechos de reunión y difusión de ideas, sin que se registrase ni un solo incidente violento ni daño alguno sobre personas o bienes'.

Una vez recibidos los avisos de expediente sancionador, según IU, los tipos sancionadores 'no se corresponden con la realidad, dado que en ningún momento se produjo desorden ni daño alguno, ni mucho menos grave, realidad de lo sucedido de la que es plenamente consciente la Sra. Cifuentes'.

Cifuentes se justificó  en medio de la polémica diciendo que las identificaciones eran correctas ya que las personas denunciadas eran promotores de las reuniones. Esto, a ojos de IU -que particpó en la campaña #yosoy301 con la que se animó a los ciudadanos a autoinculparse como organizadores-, podría ser sólo punible 'si realmente se llegase a poder demostrar [...] cosa que ersulta racionalmente imposible'. De hecho, la querella hace hincapié en que Cifuentes está utilizando las identificaciones como forma de 'filiar de forma masiva y obligar a desvelar su identidad a los ciudadanos' para conseguir que la gente no proteste.

Por ello, creen que lo que la Delegada del Gobierno en Madrid está haciendo es aplicar 'un plan previamente trazado, en el que la decisión de desvelar la identidad y sancionar a quienes se manifiestan críticamente contra el Gobierno está tomada previamente a la manifestación o reunión y con independencia de cómo se desarrolle el encuentro entre ciudadanos'. Esto también lo argumentan con las declaraciones del secretario general del Sindicato de Policía SIPE, Alfredo Siguero, que el 17 de noviembre en un acto en Madrid aseguró que la Delegación les está 'obligando a hacer identificaciones masivas e indiscriminadas'.

Por último, en la querella se hace referencia a las delcraciones de Cifuentes en Telemadrid el pasado mes de agosto, cuando no sólo aseguró tener listas de presuntas personas peligrosas que participarían en estas manifestaciones, sino que calificó sin ningún tipo de problema la iniciativa Rodea el Congreso del 25 de septiembre como un 'golpe de Estado encubierto'. La conclusión para IU es que 'cabe deducir la existencia en Madrid de un plan previamente diseñado para identificar y sancionar a miles de ciudadanos críticos con el Gobierno y las medidas que desde el mismo se están ejecutando'.

En lo que se refiere a los presuntos delitos de prevaricación y falsedad documental -de acuerdo con los artículos 404 y 390.1 del Código Penal-, IU dice que se sustentan porque Cifuentes estaría 'intentando desde un cargo político de autoridad perseguir a los opositores políticos, con el uso torticero y forzado de la legislación sancionadora, falseando la realidad, y utilizando a sabiendas resoluciones injustas [...] máxime cuando tal actuar ilícito penalmente es anunciado incluso de manera disuasoria hacia los ciudadanos que se plantean desarrollar el ejercicio legítimo del derecho a manifestarse'.

Otro de los argumentos que suele utilizar la Delegación del Gobierno para deslegitimar estas concentraciones es que no han sido comunicadas con anterioridad. Pero eso, primero, no implica que sean ilegales y, segundo, como expone IU en su querella, el Artículo 3 de la Ley Orgánica 9/83 reguladora del derecho de reunión, y el Artículo 21 de la Constitución, dicen explícitamente que 'ninguna reunión estará sometida al régimen de autorización previa'. 

'Sólo pueden ser consideradas ilegales aquellas movilizaciones que tengan por finalidad cometer algún delito y aquellas a las que acudan personas con armas, artefactos explosivos u objetos contundentes o peligrosos' explica IU citando el artículo 513 del Código Penal), que vuelve a incidir en el hecho de que sólo se podría sancionar a los promotores y convocantes, pero obviamente, aportando las pruebas pertinentes. Por último, expresan que Cifuentes es una autoridad y que por lo tanto no puede desconocer la legislación por lo que 'su proceder no puede ser más que a sabiendas de su injusticia [...] utilizar un cargo de autoridad de designación política para perseguir sancionando a los opositores políticos'.

El artículo 542 del Código Penal , que es al que recurre IU para acusar a Cifuentes de un presunto delito contra la Constitución, establece que “Incurrirá en la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a cuatro años la autoridad o el funcionario público que, a sabiendas, impida a una persona el ejercicio de otros derechos cívicos reconocidos por la Constitución y las Leyes.”

Aquí, la formación de Cayo Lara redunda en lo anteriormente expuesto resaltando que los manifestantes ven violados 'sus derechos fundamentales de reunión, libre difusión de ideas y participación política'. Asimismo, que las prácticas ordenadas por Cifuentes tienen como resultado la imposibilidad del ejercicio del derecho fundamental a la intimidad y a no declarar sobre la propia ideología o creencias, pues la personalidad y filiación de cientos de manifestantes ha sido desvelada'.

Citan también los artículos 18.1 de la Constitución, sobre el derecho a la intimidad en lo que atañe a las creencias ideológicas o políticas y el artículo 9 del Convenio Europeo de los Derechos Humanos, que 'reconoce la libertad de pensamiento y la interdicción de la coerción en el ejercicio de dicho derecho'.

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