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Justicia anula la expulsión de un 'sin papeles'

El TSJPV sustituye la repatriación deun senegalés por una multa de 500 euros

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El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) anuló a finales de 2008 la orden de expulsión de J. A., un senegalés en situación irregular, al que impuso en su lugar una multa de 500 euros. El juez estimó que esta falta, por sí sola, no justificaba la expulsión del país que habitualmente se impone a los sin papeles.

La ley determina que los extranjeros en situación irregular pueden ser expulsados como ordenaba la resolución de la Subdelegación del Gobierno en Vizcaya contra J. A. o castigados con una multa de entre 301 y 6.000 euros por carecer de documentación.

El juez revocó la primera medida al estimar que es necesario que existan 'datos' o 'circunstancias' negativas sobre su consulta que recomienden la expulsión frente a una sanción económica.

El expediente se abrió después de que la Brigada de Extranjería del Cuerpo Nacional de Policía detuviese a J. A. en julio de 2004 en Galdácano (Vizcaya). Su estancia en el país era irregular y no había solicitado el arreglo de su situación. En mayo de 2005, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Bilbao avaló la orden de expulsión emitida por la subdelegación del Gobierno. El juez prohibió a J.A. entrar en España y en los otros nueve países del Espacio Shengen durante tres años.

En 2005, el magistrado rubricó la expulsión frente a la imposición de una multa económica, al estimar que este inmigrante carecía de 'dato alguno válido' que demostrara un 'arraigo personal, familiar o económico o de carácter social en España', informa Efe.

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