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Marlaska archiva la última causa penal del Yak-42

Cree que la errónea identificación de 30 militares no es un dato tan esencial para ser falsedad

PÚBLICO.ES

El que ninguna de las 30 identificaciones realizadas por la comisión de militares españoles desplazada a Turquía para repatriar los cuerpos de los fallecidos en el accidente del Yak-42 no es suficiente para entender que se cometió un delito de falsedad en documento público y/u oficial, como sostenían las acusaciones.Eso entiende el juez de la Audiencia Nacional Fernando Grande-Marlaska, que ayer decretó el sobreseimiento libre de las últimas diligencias penales que seguían abiertas por el accidente ocurrido el 26 de mayo de 2003 en Trabzon (Turquía), en el que murieron 62 militares españoles que volvían de una misión humanitaria en Afganistán. 

Se trata de la relativa a la identificación errónea de los 30 cuerpos que por el estado en el que quedaron no pudieron ser identificados por los forenses turcos. La Fiscalía imputa por estos hechos un delito de falsedad en documento público y/u oficial al general de Sanidad Vicente Carlos Navarro, el comandante médico José Ramírez y el capitán médico Miguel Sáez.

Inocua o intrascendente

El juez sobresee las actuaciones para que la Sala de lo Penal archive el caso, al entender que la correcta identificación de los cadáveres es 'inocua o intrascente para la finalidad' de las actas de necropsias y los certificados de defunción realizados por la comisión de militares desplazada a Turquía.Por eso considera que no hay falsedad.

Tras explicar los requisitos que requiere este delito para ser castigado penalmente, el juez afirma que los hechos no tienen 'relevancia jurídico penal'. En su opinión, la finalidad de los documentos acusados de falsedad 'no es otra que la de acreditar la causa de la muerte, así como el hecho mismo del fallecimiento de esa persona en la fecha y lugar que se dice', aunque en este caso, no parecía muy difícil saber que habían muerto como consecuencia del accidente del avión y en Trabzon.

Existe imprudencia

El magistrado, que fue recusado por la Asociación de Familias Afectadas por la Catástrofe del Yak-42, tras su paso por la Sala de lo Penal, señala 'la existencia de una concreta imprudencia en la materialización de las labores de identificación', sin relevancia penal, pero que produjo daños morales para los que remite a la vía Civil sin citarla directamente. Así podrían resarcirse económicamente los perjuicios morales, que el propio Grande-Marlaska admite que supuso para las familias, la necesidad de exhumación de los cadáveres y la 'extemporánea' realización de pruebas de ADN.

El juez recuerda que el general Navarro dijo ser el responsable último de las identificaciones realizadas mediante la indumentaria y el lugar que ocupaban en el avión, 'variables ajenas a la mínima seriedad', afirma en su resolución.

Recursos de las acusaciones

Tanto el fiscal como la acusación que ejerce la asociación que aglutina a las familias de los fallecidos recurrirán el auto ante el propio juez y ante la Sala de lo Penal, que ya ordenó en julio de 2004 reabrir la causa para realizar más diligencias.

La Fiscalía entiende que el general Navarro, con el método que utilizó para realizar las 30 identificaciones, asumió las consecuencias que se derivaron. Hubo 'dolo eventual' en que los documentos oficiales incluyeran datos inveraces, como identificaciones erróneas.

Por su parte, el abogado de la asociación, Leopoldo Gay, explicó que el propio juez reconoce que todo se hizo 'mal', pero, a diferencia de él, sostiene que el que las actas de defunción incluyeran nombres erróneos 'no es inocuo', porque lo convierte en 'un documento auténtico, pero no veraz' y ello tiene efectos jurídicos, como podría ocurrir en procesos sucesorios.

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