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Primera sentencia que condena a menor por agredir a una profesora

La joven propinó un puñetazo a una docente. Sus padres indemnizarán con 3.000 euros a la mujer por un delito de atentado a funcionario público

EUROPA PRESS

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha dictado la primera sentencia firme en España que condena a una menor y a sus padres a indemnizar solidariamente con 3.000 euros por un delito de atentado a funcionario público, ya que la alumna, que entonces tenía 15 años de edad, propinó un puñetazo a una profesora del Instituto de Enseñanza Secundaria de Teror en Gran Canaria, que la hizo caer al suelo.

La Sala estima parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la representación de la acusada contra la resolución del 23 de diciembre de 2009 del Juzgado de Menores número 1 de la capital grancanaria, revocando parcialmente dicha resolución en el único sentido de rebajar de 8.475 a 3.000 euros la indemnización a percibir por la docente María Esther Rodríguez por el daño moral ocasionado.

La sentencia ha sido dada a conocer en rueda de prensa por el sindicato de docentes Interinos y Sustitutos de Canarias (Insucan), que resalta que, en lugar de que estos hechos se siguieran considerando como faltas, una menor y sus padres, de forma solidaria, han sido condenados 'por primera vez en España' por aplicación de los artículos 550 y 551-1 del Código Penal, que reconoce que 'son reos de atentado los que acometan a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o empleen fuerza contra ellos, los intimiden gravemente o les hagan resistencia activa también grave, cuando se hallen ejecutando las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas'.

De este modo, la resolución declara probado que el 29 de octubre de 2008 cuando, sobre las 09.25 horas, Esther Rodríguez estaba desarrollando funciones de profesora de guardia y encontró en uno de los pasillos del centro a dos menores, a quienes interrogó sobre el motivo por el que no se encontraban asistiendo a clase.

En este momento, una de ellas le respondió ofensivamente, ante lo cual la profesora le contestó que no le faltase el respeto, momento en el que la chica empezó a gritar. Ello provocó la salida al pasillo de la profesora de ambas menores que acudió en busca del jefe de Estudios. Las dos jóvenes entraron en clase a petición de María Esther Rodríguez y, por último, una vez dentro, una de ellas le propinó un puñetazo que la hizo caer al suelo.

La Sala estima justificado que el período de incapacidad impeditiva de la perjudicada (fijado en cinco días en el primer informe forense) se ampliase a 52 días en el segundo informe, como consecuencia del tratamiento ansiolítico y antidepresivo para tratar la reacción aguda a estrés apreciada por el médico de cabecera. Sin embargo, no ve acreditada la secuela de trastorno depresivo reactivo en grado leve-moderado, apreciada por el médico forense.

El portavoz de Insucan, Ernesto Perera, ha advertido de que desde 2005 el sindicato ha abordado 'innumerables' casos 'tan graves como éste, pero que han sido considerados como faltas'.

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