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Machismo en el Ejército ¿Por qué un hombre militar puede lucir tatuajes y una mujer militar, de entrada, no? 

La extraña alergia a los tatuajes en los Ejércitos surge en 2013, y sólo en las convocatorias para aspirantes a entrar en los Ejércitos: no existe ninguna normativa clara que impida llevar tatuajes a la vista a los militares, pero están vetados para entrar en los cuerpos armados. Además, el caso de Estela Martín, aspirante a psicóloga militar y eliminada del proceso por su tatuaje en el empeine, puede suponer una discriminación por ser mujer al existir la opción de llevar uniforme con falda.

El tatuaje de Estela Martín, aspirante a psicóloga militar, por el que ha sido descartada para el puesto. | Público 

Ana Bernal-Triviño | Pablo Romero

El caso de la opositora psicóloga militar discriminada por llevar un tatuaje, que ayer publicó este diario, ha llegado a manos de la ministra de Defensa, Margarita Robles. Se lo trasladó Zaida Cantera, portavoz de la Comisión de Defensa del PSOE. “La ministra fue muy receptiva con el tema. Le comenté que, desde mi punto de vista, es una discriminación por razón de género de libro y no ha tardado en ponerse con el asunto. Una vez recurrida la decisión que trasladó el tribunal a la opositora, se estudiará su caso a fondo”, explica Cantera.

Hubo un tiempo en el que no se miraba tanto la piel de los aspirantes a opositar para el Ejército. Hasta la convocatoria de 2013, quienes querían entrar en los Ejércitos podían lucir tatuajes más libremente. En ese año, los requisitos se endurecieron para todos: no se podía aspirar a entrar con tatuajes visibles con el uniforme. ¿Por qué esta prohibición cuando el tatuaje es algo extendido y aceptado socialmente? ¿Y por qué hay diferencias entre hombres y mujeres? Simplemente por una cuestión de faldas. Literalmente.

“Por esa razón he trasladado a la ministra de Defensa también dos inquietudes. Una, que es preciso revisar la uniformidad. Hay aún dos situaciones donde la mujer debe vestir con falda. Es cierto que cada ejército tiene su propia normativa pero persiste la falda y tacón en el uniforme de gala y, también, cuando nos despedimos y entramos en una unidad. Y la segunda petición es la revisión de la normativa sobre tatuajes porque queda a libre interpretación”, comenta la portavoz de la Comisión de Defensa.

"¿Puede el tatuaje de un delfín dañar a las Fuerzas Armadas? ¿Y el de una calavera?"

En el recuerdo están los orgullosos legionarios luciendo elaboradas tintas en sus cuerpos, en alguna ocasión realmente polémicos, como el que se pudo fotografiar en la Semana Santa malagueña hace unos años, que además contenía símbolos nazis. La visión de tatuajes en la piel de miembros de las Fuerzas Armadas no es, por tanto, algo nuevo ni extraordinario. “Todo el mundo tiene en su memoria los tatuajes de los legionarios. La normativa hace una referencia, además, a tatuajes que puedan dañar la imagen de las Fuerzas Armadas pero no especifica cuáles. ¿Puede el tatuaje de un delfín dañar a las Fuerzas Armadas? ¿Y el de una calavera? Porque alguna unidad de caballería lo lleva en sus escudos. Esto no puede quedar a libre interpretación y habría que realizar matizaciones”, argumenta Cantera.

Desde la convocatoria de las oposiciones de 2013, y siendo ministro Pedro Morenés, para entrar como tropa en cualquiera de las tres armas —Ejército de Tierra, Ejército del Aire, Armada— se estableció una condición nueva: el apartado 3.3 i) prohíbe lucir tatuajes “que pudieran ser visibles vistiendo las diferentes modalidades de los uniformes de las Fuerzas Armadas”.

De forma notable, en la convocatoria del año anterior no aparecía ni rastro de la palabra "tatuaje". Ni en la de 2011. Ni en la de 2010. La normativa que rige la uniformidad en los Ejércitos, la Orden Ministerial 1756/2016, no dice ni pío sobre tatuajes, como tampoco aparece en el Real Decreto 5/2010, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas. Todo, pese a que existió en 2014 un dictamen del Consejo de Estado que aconsejaba su regulación.

A partir de 2013, los tatuajes visibles se convirtieron en algo proscrito para los aspirantes

A partir de 2013, los tatuajes visibles se convirtieron en algo proscrito para los aspirantes a tropa y marinería, una condición que ha impedido de momento a Estela Martín opositar para convertirse en psicóloga militar. Esta normativa se aplica a los aspirantes en cada convocatoria, no a quienes ya son militares y tienen tatuajes a la vista.

El jurista Mariano Casado, miembro del Observatorio de la vida militar adscrito a las Cortes Generales, afirma que “desde el punto de vista de la legalidad no sé por qué vulneran las normas de conducta el mero hecho de llevar un tatuaje, no creo que ninguna norma de comportamiento recogida en el artículo 6 de la Ley Orgánica 9/2011 se vea afectada por llevar un tatuaje”.

“Todo esto es discutible, no hay ninguna norma militar que recoja la limitación por tatuajes, y este caso tiene que contribuir a abrir el debate para que la ley se adecúe a la realidad social”, insiste Casado.

Una discriminación doble

Curiosamente, Estela se presentó a las mismas oposiciones hace un año y su tatuaje —una flor en el empeine de su pie derecho— no supuso problema alguno. “Pregunté incluso a la persona que valoraba los tatuajes en los reconocimientos médicos, y me dijo que no pasaba nada con el mío porque con el pantalón no se veía”, comenta Estela en una conversación con Público.

Entonces suspendió la prueba teórica pero este año, que se había preparado más a fondo, no ha llegado ni a realizarla: fue eliminada al realizar la prueba de natación, la última de las pruebas físicas. La decisión fue tomada por el presidente del tribunal, el Teniente Coronel Damián Palenzuela Serrano. “A mi criterio”, asegura Cantera, “no percibo que su tatuaje atente contra los valores de las Fuerzas Armadas, ni es racista, ni xenófobo”.

En cualquier caso, es cierto que el tatuaje de Estela no sería visible con el uniforme con pantalón. Tal y como establece la normativa sobre uniformidad de las Fuerzas Armadas, el personal femenino “puede optar entre vestir con pantalón o falda”, de modo que “el uso del pantalón supondrá vestir con zapatos de cordones y calcetines”, y de esta forma su tatuaje no sería visible.

El uso de la falda —que requiere zapato de tacón, razón que según Estela alega Defensa para no permitirle opositar, ya que con ese calzado el tatuaje quedaría a la vista—, según la normativa vigente, es optativo.

"Es un claro caso de machismo, por eso lo he recurrido"

"Es un claro caso de machismo, por eso lo he recurrido", comenta Estela a Público, que confiesa que ha elegido la vía del recurso de alzada porque es gratuita. Ella, al tener 30 años cumplidos, no se podrá presentar en próximas convocatorias al haber superado el umbral de edad permitido para el puesto.

Según Cantera, “el caso de la falda debe quedar siempre bajo decisión de la mujer. Es verdad, como me pasó en una ocasión, que me ordenaron llevar falda cuando yo ni siquiera tenía y me trajeron una especial. Tenemos que cumplir la orden, pero luego podemos recurrir. Quizás algunas mujeres quieran llevar la falda pero otras lo hacen por obligación. He visto compañeras en desfiles militares, con falda y tacón, por adoquines, que te impiden llevar la marcha y crean inestabilidad”.

El secretario de organización y portavoz de la Asociación Unificada de Militares Españoles (AUME), Jorge Bravo, comenta a este diario que se trata de una discriminación doble: “Por un lado, me está discriminando porque como mis compañeros hombres nunca van a llevar falda, el mismo tatuaje no se les vería a ellos; pero es que además, como mujer, yo no podría hacer algo —vestir esa prenda— que se me ofrece como opción porque implica una falta al enseñar el tatuaje”, razona. “Por tanto, la interpretación que hace el tribunal de la norma automáticamente se convierte en una discriminación”, concluye.

Cantera suma que, por otro lado, también se han producido discriminaciones en compañeros militares que querían llevar un pendiente o el pelo largo, “y todo eso debería de quedar claro en la normativa, para que la persona que se presente a unas oposiciones tenga la certeza de lo que se exige y de lo que no”.

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