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Rechazados los recursos por la exclusión de López

El juez dice que ayer cumplió la antigüedad exigida, pero le falta medio año

ÁNGELES VÁZQUEZ

Ni la Asamblea de Madrid ni el Parlamento de La Rioja están legitimados para recurrir en amparo el acuerdo del Senado que excluyó al magistrado Enrique López como candidato al Constitucional. Lo dice el propio alto tribunal en dos resoluciones en las que ni siquiera admite a trámite las impugnaciones.

La Asamblea de Madrid y el Parlamento de La Rioja coincidieron con el resto de comunidades gobernadas por el PP en elevar al Senado, como candidatos al Tribunal Constitucional, al ex portavoz del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) o a su ex presidente Francisco José Hernando.

El problema surgió con el primero porque la Mesa de la Cámara Alta inadmitió su candidatura. Entendió que debían descontársele los casi siete años que estuvo en el órgano de gobierno de los jueces y, al hacerlo, no llegaba a los '15 de ejercicio profesional o en activo' en la función que desempeñaba y que exige la Constitución para nombrar a los miembros del tribunal que es su máxime intérprete.

Madrid y La Rioja recurrieron primero en el Senado y luego ante el Constitucional. Argumentaban que la Mesa de la Cámara 'ha llevado a cabo una interpretación irrazonable y desproporcionada por su rigorismo del requisito constitucional y legalmente exigido' para ser miembro del tribunal.

El Constitucional no se pronuncia sobre este extremo, porque no entra en el fondo de la cuestión; es decir, si los años en que López ejerció como portavoz del CGPJ deben contabilizarse o no.

Lo que dice el alto tribunal, al que López aspira a incorporarse, es que 'no cabe apreciar' que las cámaras autonómicas 'ostenten un interés propio en relación con el derecho fundamental supuestamente vulnerado', más allá de la defensa del acuerdo que aprobaron.

Y ello 'resulta a todas luces claramente insuficiente' para reconocer legitimación activa a la Asamblea de Madrid y al Parlamento de La Rioja, pues este proceso constitucional 'no es una vía para la defensa por los poderes públicos de sus actos y potestades', sino un instrumento para 'la correcta limitación de tales potestades y la eventual depuración de aquellos actos en defensa de la libertad y de los derechos de los ciudadanos'.

Este tipo de recursos, explica el tribunal, está pensado para defender el derecho, que 'sólo ostentan los ciudadanos', a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos con los requisitos que señalen las leyes.

La exclusión de la candidatura de Enrique López fue uno de los motivos esgrimidos por el PP para obstaculizar la renovación de los magistrados del Constitucional que corresponden al Senado, proceso que debía haberse producido en diciembre de 2007.

Enrique López calcula que ayer cumplió 15 años en la judicatura sin contar los seis años y 11 meses que fue vocal del Consejo, pero según su propio currículum ingresó en la carrera judicial el 21 de junio de 1989, por lo que aún le faltan más de cinco meses para alcanzar la cifra que necesita. Es decir, si la renovación de los magistrados del TC que corresponden al Congreso, pendiente desde noviembre, se retrasara, el PP podría volver a proponerle.

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