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El Supremo archiva la querella de Ferrín Calamita contra el instructor de su causa

El juez Calamita está condenado a 10 años de inhabilitación por retrasar la adopción de una lesbiana

EFE

El Tribunal Supremo ha archivado la querella del juez Fernando Ferrín Calamita contra un magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Murcia.

Ferrín Calamita, condenado a 10 años de inhabilitación por retrasar la adopción de una menor que solicitó la compañera sentimental de la madre biológica, se querelló contra el magistrado del TSJ instructor de esta causa, Manuel Abadía, al estimar que podía haber prevaricado. Ferrín Calamita argumentó que Abadía había continuado con la instrucción del procedimiento pese a que en una de sus primeras resoluciones afirmó no apreciar indicios de delito en su actuación.

La sala de lo penal del Supremo ha acordado en un auto el archivo de la querella 'por no ser constitutivos de delito los hechos objeto de la misma'.

Ferrín Calamita fue condenado por el Tribunal Superior de Justicia de Murcia a dos años, tres meses y un día de inhabilitación por un delito de retardo malicioso en la administración de Justicia con la agravante de desprecio de la orientación sexual. Posteriormente, el Supremo elevó esta pena a diez años de inhabilitación por un delito de prevaricación judicial no continuado, por el que le impuso además una multa de 720 euros y una indemnización de 6.000 euros para la mujer que adoptó a la menor, al estimar parcialmente los recursos de la Fiscalía y las perjudicadas.

Al respecto, el Supremo señala que 'tanto una como otra resolución coinciden en su parte dispositiva, por lo que no puede afirmarse que se hubiese producido un cambio de postura'.

'Resulta obligada una detenida lectura de las resoluciones dictadas por el querellado que se dicen prevaricadoras y se alcanza una visión de lo acontecido que no coincide con lo que se argumenta en defensa de la querella', añade el auto. 

Ferrín Calamita anunció que acudirá al Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo después de que el Tribunal Constitucional no admitiera su recurso de amparo contra la sentencia del Tribunal Supremo.

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