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El Supremo alienta a las autonomías a competir entre sí con ventajas fiscales

Avala la deslocalización tributaria de una empresa aragonesa hacia Navarra pese a que mantuvo todo su negocio inmobiliario y sus operaciones bancarias en Zaragoza, una práctica que provoca anualmente reclamaciones por valor de más de 250 millones de euros entre comunidades autónomas

El Tribunal Supremo ha avalado el traslado de la sede de una empresa a otra comunidad pese a mantener su negocio y todos sus activos en la de origen.

EDUARDO BAYONA  @e_bayona

ZARAGOZA .- El Tribunal Supremo ha avivado la competencia tributaria que mantienen las comunidades autónomas para captar los domicilios de empresas y patrimonios. Lo ha hecho al avalar la deslocalización de una empresa patrimonial inmobiliaria de Zaragoza a Navarra, autonomía con régimen fiscal propio, basándose en cuestiones formales: trasladó sus archivos a su nueva sede y comenzó a inscribir sus actos societarios, tal y como marca la ley, en el Registro Mercantil de su nuevo territorio, aunque su actividad y sus operaciones bancarias se mantuvieron en el anterior.

Varias comunidades autónomas, especialmente Madrid y La Rioja y también Navarra y Euskadi, han incrementado durante las últimas décadas su parque de empresas y la vecindad de personas físicas con elevados patrimonios gracias a las ventajas fiscales que ofrecen en impuestos como Patrimonio –propiedades-, Transmisiones Patrimoniales –venta de inmuebles-, Sucesiones –herencias- y Donaciones, lo que les permite aumentar la recaudación en su territorio de otros como el IRPF y el IVA, que gestionan parcialmente.

El fraude detectado por cambios de domicilio ficticios supera los 250 millones de euros anuales en España –sin contar el localizado en Navarra y Euskadi-, el grueso de ellos declarados en Madrid, según revela un informe del Ministerio de Hacienda.
La ley suele exigir, para corroborar el traslado real de la sociedad o el cambio de domicilio de la persona, llevar a la nueva sede la dirección del negocio y probar la residencia habitual en la nueva ubicación, para lo que se exige pasar allí 180 días al año. Sin embargo, la resolución del Supremo reduce las exigencias al dar por buena la movilidad basándose en requisitos formales.

Más de 250 millones al año, 180 de ellos en Madrid

La deslocalización ficticia de empresas y patrimonio entre autonomías genera una elevada bolsa de fraude, según señala un informe de Hacienda, que destaca que “con motivo de la generalización de los actuaciones de control (…) se ha incrementado sustancialmente la petición de rendimientos a otras comunidades, algunas de las cuales presentan un retraso sustancial en la atención a esos requerimientos”.

El informe, que no incluye datos de las comunidades con Hacienda propia, cifra en 251 millones de euros las reclamaciones realizadas en 2012 y 2013 entre comunidades por los impuestos de Sucesiones y de Transmisiones Patrimoniales. El grueso de ese volumen –unos 180- había sido declarado en Madrid, de la que Andalucía tenía 21 pendientes de cobro; Catalunya, más de 70; Castilla-La Mancha, casi 66, y Valencia, más de 15. Destacan otros 43,2 cuya transferencia reclamaba La Rioja a Aragón, que a su vez pedía 1,3 a Catalunya y 1,6 a la CAM.

El documento anota que las comunidades se muestran poco colaborativas a la hora de entregar a otros territorios el dinero que iban a ingresar de manera indebida. “Al problema financiero referido anteriormente, se une el retraso en el envío de la casi documentación de modo que en muchas ocasiones se reciben los expedientes una vez transcurrido el plazo de prescripción o al mismo límite”, señala.

El Gobierno de Aragón, que apela a la obligación de sigilo en temas tributarios que tiene la Administración, declina ofrecer datos acerca del resultado de las campañas de inspección por traslados ficticios y sobre los movimientos de empresas entre territorios.
No existen datos oficiales disponibles sobre estas migraciones, aunque los estudios de empresas de ráting como Axesor, que monitoriza las inscripciones en los registros, señalan que más de un tercio de las sociedades que migraron el año pasado -1.658 de 4.496- se dirigieron a Madrid, que tuvo un saldo positivo de 623 tras perder 1.035. Los balances fueron negativos tanto en las comunidades de régimen foral –en el caso de Navarra, tras una subida de impuestos- y en todo el litoral mediterráneo, de Andalucía a Catalunya, mientras tendían al alza en algunas zonas del interior .

Negocio, bancos y notario en Zaragoza y sede en Corella

La sentencia del Supremo se refiere a Lidinis SA, una empresa patrimonial de las hijas del empresario zaragozano Arturo Beltrán, fallecido hace unos meses, que en 2006 trasladó formalmente su domicilio de un piso de Zaragoza a los locales de una bodega de la familia en Corella (Navarra). Su única actividad económica ha sido el arriendo del Gran Hotel en la capital aragonesa –vendido recientemente- a una cadena, y la tenencia de dos fincas en Garrapinillos. Operaba, y continuó haciéndolo tras el cambio de sede, con siete cuentas abiertas en sucursales zaragozanas.

La Delegación de la Agencia Tributaria en Navarra se percató de esa situación, consideró ficticio el traslado y reclamó a la Junta Arbitral que supervisa las relaciones fiscales entre el Estado y esa comunidad que la resituaría en Aragón para el periodo 2006-2011, ejercicio en el que sí estima documentado que “desarrollaba la gestión de sus actividades y la dirección de sus negocios” en “unas dependencias” en Corella.

La junta concluyó que la empresa, creada en 2001 con un capital de 90.000 euros que amplió a 2,5 millones antes del traslado en diciembre de 2006, solo se había mudado “formalmente” por “no haber trasladado real y efectivamente su centro de dirección a territorio foral”. “En ninguna ocasión –añadía- se ha acudido a un notario fuera de la propia ciudad de Zaragoza al efecto de otorgar alguna escritura” y celebraba sus juntas en esa ciudad. Coincidía con la Abogacía del Estado, para quien esos datos, y otros como la ubicación del negocio y del patrimonio, hacían que “difícilmente puede considerarse domiciliada en Navarra por tener en ella la efectiva gestión y dirección".

El Gobierno de Navarra recurrió esa decisión. Invocó “la presunción de veracidad de las declaraciones fiscales de la sociedad”, que situaban su actividad en Corella. Y la Sala Tercera del Supremo le ha dado la razón ante la “insuficiencia de prueba por parte de la Agencia Tributaria”: la asesora fiscal y el administrador manifestaron “acudir regularmente” a Corella, existe constancia del “archivo y custodia en la oficina de toda la documentación”, los actos societarios comenzaron a ser anotados en el Registro Mercantil de Navarra tras el traslado y, por último, varias juntas fueron celebradas en la comunidad foral.

“Especial atención a las deslocalizaciones de empresas y patrimonios”

La sentencia llega cuando la Consejería de Hacienda del Gobierno de Aragón acaba de poner en marcha un plan de inspecciones que va a “prestar especial atención a las deslocalizaciones de empresas y patrimonios por temas tributarios”, explicaron fuentes del departamento, en el que consideran que este tipo de procesos, frecuente en dirección a Navarra desde hace un par de décadas, puede verse aumentado por el aumento de la presión fiscal a las rentas altas en la comunidad. De hecho, el ejecutivo se muestra partidario de “establecer un mínimo común tributario para amortiguar y atemperar la competencia fiscal entre comunidades, sobre todo en el Impuesto de Sucesiones”, que grava las herencias.

El Plan de Control Tributario

El Plan de Control Tributario de la de la comunidad para este ejercicio contempla poner en marcha “cruces e intercambio de información” con la Agencia Tributaria para detectar “posibles deslocalizaciones” por “cambios ‘ficticios’ del domicilio fiscal” hacia comunidades con “reducciones en la base imponible u otros beneficios fiscales para sus residentes” en Sucesiones; prevé ampliar esa colaboración “relativa al patrimonio de fallecidos o determinación del lugar de la residencia habitual o el domicilio fiscal” de los contribuyentes para “gestionar más eficazmente las facultades de embargo” en tributos como el IVA o Transmisiones Patrimoniales y contempla, también, investigar “posibles cambios de residencia interesados” para “evitar la efectiva tributación” en Patrimonio.

“No se trata solo de la competencia tradicional de comunidades cercanas a Aragón con un régimen financiero foral, como Navarra y País Vasco, sino también de otras del régimen común que, haciendo ejercicio de su capacidad normativa, han establecido amplias ventajas fiscales para sus ciudadanos en estos tributos, caso de La Rioja o Madrid”, señalan en la Hacienda aragonesa. Esta última comunidad aplica un gravamen cero tanto en Patrimonio como en Sucesiones.

El Plan Anual de Control de la Agencia Tributaria

El Plan Anual de Control de la Agencia Tributaria también incluye entre sus objetivos “luchar contra el fraude fiscal” cometido “mediante fórmulas de deslocalización o planificaciones fiscales abusivas” hacia las haciendas forales.

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