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La transparencia, reglada en un artículo sin matices

María Dolores de Cospedal utiliza una táctica literaria para evitar explicaciones sobre su nuevo olvido

ALICIA GUTIÉRREZ

María Dolores de Cospedal, número dos del PP y abogada del Estado en excedencia, utilizó ayer una táctica literaria para evitar explicaciones sobre su nuevo olvido. Esa táctica consiste en alterar el significado de las cosas, tomando el todo por la parte o viceversa. En su caso, utilizó el escaso valor (60 euros) de la única acción que, según sus palabras, posee en Agropecuaria Rosamon SA para devaluar también el hecho de no haber declarado su cargo como consejera de esa misma sociedad. Pero el Reglamento de las Cortes de Castilla-La Mancha no hace mezcolanzas. Y obliga a declarar tanto todos los bienes que poseen sus diputados (60 euros o 60.000) como todas las actividades que desarrollan al margen de su escaño.

El Reglamento no distingue entre cargos remunerados y altruistas

Inmuebles y cuentas

El Reglamento de las Cortes de Castilla-La Mancha estipula en su artículo 21 que todos los diputados vienen obligados a hacer una declaración de actividades, bienes y rentas. En lo que concierne a bienes, los declarantes deben incluir todos aquellos que conforman su patrimonio, desglosados de la siguiente forma: inmuebles, dinerarios (saldos, acciones, pólizas de seguro, etc.) y vehículos. El reglamento no distingue entre regímenes de propiedad. Es decir, si un diputado posee un inmueble es indiferente si su título es de plena posesión, multipropiedad o nuda propiedad. Cospedal, que posee un tercio de un local en Albacete en régimen de nuda propiedad (sus padres tienen el usufructo), alegó que no lo había declarado porque no lo considera suyo sino de sus progenitores. Luego, rectificó.

Tampoco hace diferencias entre los distintos regímenes de propiedad

Con o sin ingresos

En lo que respecta a la declaración de actividades, el citado artículo 21 especifica que deben consignarse las 'actividades de representación o asesoramiento en cualquier empresa o sociedad pública o privada'. También, aquellas que implican 'participación en la gestión, dirección o asesoramiento de instituciones o entidades, incluso de aquellas que no persigan fin de lucro'.

Igualmente, hay que consignar todos los ingresos, incluso si no tributan

Desde 2002, Cospedal es miembro del consejo de administración de Agropecuaria Rosamon SA. A primera vista, ese cargo no le reportó ningún ingreso en el ejercicio de 2009 pero el Reglamento de las Cortes no hace distingos entre cargos remunerados y cargos altruistas. Que tenga una sola acción valorada en 60 euros no la exime de informar a las Cortes regionales sobre su condición de consejera de administración. Y ello por una razón básica: de aplicarse su criterio con carácter general, un diputado que fuese fichado como consejero independiente por una compañía de la que no posee ni un solo título quedaría exento de incluir ese cargo en su declaración de actividades. Y uno de los objetivos de esa declaración de actividades es, precisamente, garantizar la transparencia. Para asegurarla resulta imprescindible que la declaración de actividades tenga un carácter universal. Otro ejemplo: si un senador pregunta en la Cámara por el sector del crudo, los ciudadanos tienen derecho a saber si pertenece al consejo de administración de una petrolera.

Tributen o no

El Reglamento impone igualmente a los diputados castellanomanchegos la obligación de declarar las rentas percibidas durante el ejercicio anterior a aquel en que se presenta la declaración. El artículo 21.4.c precisa que deben incluirse en la declaración 'los rendimientos anuales percibidos por cualquier concepto con indicación de su procedencia'. En catálogo de posibles orígenes, el artículo menciona de forma expresa los ingresos procedentes de subvenciones e indemnizaciones. Cospedal ya se vio obligada a rectificar su declaración de 2008 porque omitió anotar casi 27.000 euros percibidos del Senado como indemnización exenta de tributación.

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