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El TSJM autoriza a los guardias civiles a manifestarse el sábado

Considera que la prohibición ' vulnera el derecho fundamental de reunión de los guardias civiles'

PÚBLICO.ES

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha fallado contra la decisión de la Delegación del Gobierno en Madrid de prohibir la manifestación de guardias civiles convocada para el próximo sábado.

En una sentencia notificada hoy, la sección octava de la sala de lo contencioso-administrativo del TSJM concluye que los guardias civiles son titulares de los derechos de reunión y a la libertad de expresión y que éstos sólo pueden ser limitados por un motivo 'legalmente tasado' y que guarde 'proporcionalidad' con el bien jurídico que se pretenda proteger.

La Delegación del Gobierno en Madrid había prohibido la manifesación, convocada para pedir la equiparación de la jornada laboral de los agentes del instituto armado con la de los policías, alegando que tenía un 'inequívoco carácter sindical' y que este tipo de actividad está vetado por ley a los guardias civiles.

El TSJM entiende, sin embargo, que el Gobierno identifica el carácter 'profesional-laboral' de las reivindicaciones 'con el carácter sindical' previsto en la ley 'con la finalidad de justificar la prohibición' de la marcha.

A continuación, los magistrados recuerdan que la Ley Reguladora de Derechos y Deberes de la Guardia Civil, aprobada en 2007, autorizó la creación de asociaciones de guardias 'para la defensa y promoción de sus derechos e intereses profesionales, económicos y sociales', entre los que se hacía referencia expresa al horario de trabajo.

'Resulta por lo tanto evidente, a juicio de la sala, que profesonal y sindical son dos realidades distintas', añade la sentencia.

Los magistrados dicen también que la propia Delegación del Gobierno en Madrid había autorizado este mismo año dos concentraciones de guardias civiles en la vía pública en demanda de mejoras laborales, 'sin que haya explicitado las razones que la han llevado a ese cambio de criterio, algo que escapa este tribunal.

Sobre la sentencia esgrimida por el Gobierno y dictada el pasado mes de abril por el TSJM, que estableció que los guardias civiles no puede acudir a manifestaciones en la que se reivindiquen 'derechos de naturaleza sindical' aunque fueran convocadas 'por terceros', el tribunal afirma que resolvía 'un supuesto diferente'.

Aquella resolución se refería, recuerda la sala, a una marcha organizada conjuntamente por sindicatos policiales y asociaciones de guardias civiles -que terminaron desistiendo de figurar como convocantes- con el objeto de denunciar públicamente 'dos conflictos colectivos' abiertos en la Policía con el Ministerio del Interior.

Por tanto, ese acto sí tenía 'un claro carácter sindical, respecto de los convocantes y de uno de sus objetos', dice el tribunal, que agrega que lo que ha hecho ahora es 'precisamente determinar qué actividades tienen carácter sindical' y cuales no.

Ello lleva al tribunal a 'afirmar con rotundidad que, a los efectos de la limitación del derecho de reunión de los guardias civiles, carecen de tal naturaleza las de promoción de sus intereses profesionales, en la medida en que las desenvuelven al margen de la actuación de cualquier organización sindical'.

Por tanto, el TSJM declara nula la resolución de la Delegación del Gobierno, revoca la prohibición de la manifestación y dice que ésta podrá celebrarse 'en la forma solicitada'.

Antes de conocerse la decisión del TSJM, el director general de la Policía y la Guardia Civil, Francisco Javier Velázquez, había dicho en un encuentro con periodistas que la autorización o no de concentraciones y manifestaciones es 'competencia' de la Delegación del Gobierno.

No obstante, ha advertido de que el Ministerio del Interior 'actuará en consecuencia' si durante la protesta se produce algún hecho o declaración pública que excede de lo autorizado para los guardias civiles.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha autorizado a los guardias civiles a que se manifiesten este sábado en Madrid para exigir mejoras laborales y profesionales.

En una sentencia dictada este jueves por la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJM, se asegura que la prohibición de esta marcha 'no es ajustada a derecho y vulnera el derecho fundamental a la reunión de la Guardia Civil'.

La convocatoria, que fue realizada por la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) y por la Unión de Oficiales (UO), fue prohibida por la Delegación del Gobierno en Madrid, que alegaba que en la marcha se iban a hacer reivindicaciones sindicales prohibidas a los miembros de la Benemérita.

La autorización de la manifestación supondrá la suspensión del acto sustitutivo que AUGC y UO habían convocado para este sábado en el auditorio Miguel Ríos de Rivas Vaciamadrid.

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