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El fiscal ensayó con 'Billy el Niño' cómo blindar a Martín Villa

El argumento para no detener al policía acusado de torturas, listo para aplicarse al exministro de Gobernación o al suegro de Ruiz-Gallardón

ANDRÉS MUÑIZ

De momento ha servido para no detener a policías acusados de torturas como 'Billy el Niño'o el capitán golpista Jesús Muñecas. Pero a la Fiscalía le ha sido útil como entrenamiento para blindar a altos cargos del franquismo que también han sido querellados, como los exministros Rodolfo Martín Villa o José Utrera Molina, este último suegro de Alberto Ruiz-Gallardón, ambos señalados como partícipes en los delitos de genocidio y lesa humanidad cometidos durante la dictadura de Franco.

La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha eludido la orden de detención inmediata dictada por una jueza argentina contra los primeros querellados por las víctimas del franquismo, el expolicía Juan Antonio González Pacheco (alias 'Billy el Niño') y el exguardia Jesús Muñecas, acusado de torturas en Euskadi antes de participar en el intento de golpe del 23-F.

El Ministerio Público --órgano jerárquico a cuyo jefe, el fiscal general, lo nombra el Gobierno-- ha alegado por escrito que, frente a lo reclamado por la magistrada María Servini, no es necesaria la detención preventiva de 'Billy el Niño' y Muñecas por cuatro motivos: 'la antigüedad' de los hechos que se les imputan, la posible prescripción de los delitos,  así como lo dispuesto en la Ley de Amnistía española de 1977 para los actos cometidos con anterioridad, y, por último, debido a la falta de un relato pormenorizado de los hechos atribuidos a cada uno de los reclamados, con concreciónde fechas y lugar de comisión.

Fuentes de la Fiscalía, al comentar la lejanía en el tiempo de los crímenes del franquismo señalados en la querella de la jueza Servini, se preguntaron expresamente si tendría sentido detener de forma preventiva a una persona como Martín Villa mientras se tramita su proceso de extradición --que suele llevar varios meses--. Este leonés de nacimiento ocupó altos cargos con el franquismo y también con los gobiernos de UCD, y está querellado por la muerte de cinco trabajadores en Vitoria en la huelga de marzo de 1976, cuando era ministro de Relaciones Sindicales. Uno de sus últimos encargos públicos fue el de comisionado del Gobierno de Aznar para la catástrofe del Prestige.

La juez Servini, en el desarrollo de su investigación, podría reclamar su detención y extradición a España como ha hecho con otros querellados, y como es posible que extienda a Utrera Molina o al también exministro Fernando Suárez, excandidato electoral de Alianza Popular en varios comicios en la etapa de presidencia del partido de fallecido Manuel Fraga.

La Fiscalía de la Audiencia Nacional ya se opuso en su momento a la apertura por el juez Baltasar Garzón de la investigación en España por los crímenes del franquismo, alegando que la persecución de posibles delitos en la etapa de la guerra civil y  hasta 1975, había quedado afectada por los efectos del perdón recogido en la Ley de Amnistía de 1977, aprobada por el Parlamento español.

El fiscal de la Audiencia Carlos Bautista, en el mismo escrito en el que rechaza las detenciones, reclama la apertura del expediente de extradición a Argentina de González Pacheco y Muñecas, pidiendo a la juez documento adicional sobre sus eventuales delitos. El juez Pablo Ruz, de guardia cuando el fiscal presentó su informe, ha seguido la línea marcada por la Fiscalía, y ha adelantado --como sucede en todos casos de extradición-- que llamará a declarar a los reclamados cuando Argentina le envíe las peticiones de extradición.

Contra esa actuación de la Audiencia, han protestado los abogados de la acusación personados en la causa argentina. Aseguran que sólo procedía, una vez comunicadas a las autoridades españolas las órdenes de detención, que 'por parte de la policía se detuviera a los imputados y en un plazo no superior a veinticuatro horas se los pusiera a disposición del juez instructor de la Audiencia Nacional que se encontraba de guardia, a efectos de que por parte de éste se decidiera si acordaba su prisión provisional o adoptaba cualquiera otra de las medidas cautelares previstas en las mismas'.

Añaden que la decisión del juez Ruz constituye un flagrante incumplimiento de la normativa. 'La detención y posterior comparecencia ante la autoridad judicial tiene el objetivo de que los imputados queden a disposición de la justicia, ya sea que se resuelva su prisión provisional, como entendemos se corresponde con la gravedad de los crímenes cometidos, las altas penas – de ocho a veinticinco años de prisión – previstas en la ley argentina y el probable riesgo de fuga, o que se adopte otra medida cautelar'.

Los abogados dicen que no les sorprende la actitud de la fiscalía, por 'sus antecedentes de nula colaboración con la justicia argentina en esta causa', ni la de los responsables políticos del gobierno español que han ejercido constantes presiones para evitar el progreso de la misma,  pero sí nos causa una profunda extrañeza que el juez instructor haya consentido esta evidente transgresión de la legislación aplicable.

Sin perjuicio de ello confían en que, cuando se curse la solicitud de extradición por parte del juzgado argentino, los imputados se encuentren a disposición de la justicia y que la Audiencia Nacional  adopte cualquiera de las dos decisiones que en derecho corresponden: el enjuiciamiento de los imputados en España o su extradición a Argentina.

Cualquier otra decisión implicará --según señalan en el comunicado-- dejar aún más en evidencia, nacional e internacionalmente, que el lugar en el que los imputados cometieron sus crímenes se ha convertido en el único refugio que tienen en el mundo ante la actuación de la justicia.

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