Público
Público

La justicia europea valida el acuerdo comercial entre la UE y Marruecos pese a las protestas del Polisario

El TJUE rechaza el recurso del representante saharaui ya que, defiende, el pacto no menciona expresamente al Sáhara Occidental.

El rey de Marruecos, Mohammed VI, en un acto junto al presidente de Madagascar, Hery Rajaonarimampianina. - REUTERS

PÚBLICO / EFE

MADRID.- La máxima instancia judicial europea ha validado este miércoles el acuerdo comercial agrícola y pesquero entre la Unión Europea y Marruecos firmado en 2012. El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ha anulado una sentencia de 2015 del Tribunal General que consideraba que el pacto se estaba aplicando indebidamente en el territorio del Sáhara Occidental.

El TJUE ha dado vía libre de forma definitiva al acuerdo ya que estima que el pacto no menciona expresamente su aplicación en territorio saharaui. "Considerar que el territorio del Sáhara Occidental está incluido en el ámbito de aplicación del acuerdo (...) es contrario al principio de Derecho internacional de efecto relativo de los tratados, aplicable en las relaciones entre la Unión (Europea) y el Reino de Marruecos", ha sentenciado el TJUE. La corte, además de anular la sentencia anterior, rechaza el recurso presentado por el Frente Polisario, Gobierno saharaui legítimo.

El Tribunal General de la UE, en su decisión previa, invalidaba parcialmente el acuerdo en la parte que afecta al Sáhara Occidental al opinar que la UE no verificó si la explotación de los recursos tenía un impacto sobre la población saharaui, como reclamaba el Polisario. La decisión fue recurrida por el Consejo Europeo y en su sentencia definitiva, el TJUE considera que el Tribunal General no extrajo las consecuencias del estatuto del que goza el Sáhara Occidental a la luz del Derecho Internacional, un área que las Naciones Unidas reconocen como territorio no autónomo.

El Tribunal General expuso en su decisión de 2015 que Marruecos ─que considera el Sáhara Occidental como parte de su territorio─ podrían entender que la referencia "Reino de Marruecos" recogida en el acuerdo incluye de facto a la región disputada. Esa corte argumentaba que la Comisión Europea (CE) y el Consejo, conscientes de ello, no añadieron ninguna cláusula interpretativa que excluyera expresamente el territorio del Sáhara Occidental del acuerdo.

Pero el TJUE sostiene que de la práctica internacional se desprende que cuando un tratado está destinado a aplicarse no sólo en territorio soberano del Estado firmante, sino también más allá de él, el texto debe preverlo expresamente, lo que no ocurre en el caso del acuerdo comercial agrícola y pesquero de la UE con Marruecos.

En la misma sentencia, el máximo órgano judicial de la Unión Europea expone que, en función del trato de la ONU al Sáhara Occidental (que limita con Marruecos, Argelia, Mauritania y el océano Atlántico), el pueblo saharaui puede considerarse "un tercero" ya que puede verse afectado por el acuerdo. No obstante, el pueblo del Sáhara Occidental no ha manifestado su voluntad de que el pacto se aplique también en su territorio, con lo que deja esa posibilidad sin efecto.

De la sentencia se desprende que la UE y Marruecos no podrán reducir aranceles, respectivamente, a los productos agrícolas y pesqueros que provengan del Sáhara Occidental en base al acuerdo comercial de 2012. Los intercambios entre Marruecos y la UE en productos agrícolas y pesqueros aportaron 2.899 millones de euros a Rabat y 1.596 millones a las arcas comunitarias en 2015. En el mismo ejercicio, Marruecos colocó el 61% de sus exportaciones a la UE, que destina a Rabat el 0,9% de los productos comercializados fuera de sus fronteras.

¿Te ha resultado interesante esta noticia?

Más noticias de Internacional