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UGT critica el decreto que obliga a las empresas a cotizar por los vales de comida o planes de pensiones

El último Consejo de Ministros de 2013 introdujo en la base de cotización elementos como los pluses de comida y de transporte o seguros de empresa, que también harán pagar más al empresario, poniendo en riesgo la nego

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El Gobierno sigue modificando el régimen jurídico de la Seguridad Social de forma unilateral, sin consultar con los agentes sociales, según critica el sindicato UGT.

El pasado 21 de diciembre, el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto-ley 16/2013, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores. Un decreto que en su disposición final tercera modificaba lo conceptos computables en la base de cotización a la Seguridad Social, incluyendo conceptos que hasta ese día no cotizaban, como los vales de comida, de transporte o planes de pensiones de empresa, que a partir de ahora, entran dentro del concepto de percepciones no salariales o extra salariales, es decir, que la empresa pagaba fuera de la nómina

En concreto, pasarán a cotizar los pluses de transporte y distancia que algunas empresas pagan a sus empleados, las mejoras de las prestaciones de Seguridad Social como planes y fondos de pensiones o seguros de empresa, o los gastos de manutención y estancia generados en el mismo municipio donde el empleado trabaja, entre otros.

Todas son garantías sociales que se consiguen mediante la negociación colectiva entre los sindicatos y las empresas, algo que según UGT está en peligro desde el mismo día de su entrada en vigor. El sindicato denuncia que esta modificación del artículo 109 de la Ley General de la Seguridad Social desincentivará al empresario a la hora de negociar estas percepciones y tendrá importantes efectos en materia salarial. Y también critica que el Ejecutivo no haya dialogado con los afectados por estas medidas.

En 2012, otro Real Decreto hizo lo mismo con otros conceptos como la ropa de trabajo,  el desgaste de útiles y herramientas y las percepciones matrimoniales, también si llamar a consultas a los agentes sociales.

Fuentes del Ministerio de Empleo han asegurado a Público que esta medida no tendrá impacto en la nómina de los empleados directamente y que favorecerá al trabajador a la hora de calcular su pensión. La modificación obliga a las empresas a facilitar a la Seguridad Social el salario total que percibe un trabajador, incluyendo estas percepciones extrasalariales, por lo que su base de cotización será mayor y en el futuro cobrará más por su jubilación, aseguran estas fuentes.

Lo que pretende, explican desde Empleo, es evitar que algunas empresas utilicen estos conceptos para 'tapar la retribución salarial y ahorrar costes laborales', por lo que 'sólo beneficia al trabajador'.

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