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El juez Ruz le niega por cuarta vez la libertad a Bárcenas

EUROPA PRESS

El juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz ha rechazado por cuarta vez la petición de la defensa del extesorero del Partido Popular (PP) Luis Bárcenas para salir de prisión, al considerar que puede dirigir el procedimiento contra él sin la documentación bancaria que ha recibido de la Justicia suiza a lo largo del procedimiento, cuya autorización está siendo revisada.

Ruz, que desestima el argumento de la defensa del extesorero según el cual el procedimiento quedaría 'desierto' sin esta información, sostiene que 'existen en la causa otros medios de prueba para acreditar los delitos' que se le imputan, ya que antes de recibir las comisiones rogatorias del país helvético Bárcenas ya estaba imputado por 'cohecho, blanqueo y varios delitos fiscales'.

En un auto dictado este miércoles, el juez señala que la decisión del Tribunal Penal Federal de Suiza de revisar la autorización que dio para que su documentación pueda ser utilizada en un eventual juicio oral contra Bárcenas por fraude fiscal es 'por el momento una suspensión y no una revocación', ya que este órgano aún no se ha pronunciado sobre 'el fondo de la cuestión'.

'En consecuencia, las eventuales limitaciones en la utilización de la documentación remitida por Suiza afectarían únicamente a algunos de los delitos fiscales atribuidos al imputado señor Bárcenas', señala el magistrado antes de apuntar que, en todo caso, la documentación suiza no es 'la única fuente de prueba en la presente causa'.

El magistrado, que recuerda que Bárcenas manifestó literalemente su intención de prestar todo su 'consentimiento' para la utilización de la información suiza, sostiene que la decisión adoptada por el Tribunal Penal Federal tiene unos 'efectos radicalmente distintos' a los pretendidos por su abogado, Javier Gómez de Liaño.

En este sentido, recuerda que la autorización para utilizar los informes remitidos por las autoridades helvéticas se limita a los delitos fiscales, que también se le imputan en el marco del 'caso Gürtel' en relación con sus declaraciones de IRPF de los años 2002 y 2003 y la que su esposa, Rosalía Iglesias, hizo en 2006.

Sin perjuicio de la existencia de 'otras operaciones patrimoniales sospechosas' que estaban investigándose antes de la remisión de la información del Lombard Odier y el Dresdner Bank, en los que Bárcenas llegó a tener 48,2 millones de euros en enero de 2008, el auto expone que a partir de ese momento 'se ha acreditado' la existencia de 'serios indicios de su participación en un presunto delito continuado de blanqueo de capitales' que 'en modo alguno' se vería 'afectado' por la suspensión de la autorización suiza.

La imposibilidad de utilizar esta documentación tampoco tendría consecuencias, según Ruz, en los delitos de falsedad de documento mercantil y de estafa procesal en grado de tentativa que se le imputan después de que el extesorero y su esposa presuntamente simularan la venta de obras de arte a la supuesta marchante argentina Isabel Mckinley para justificar unos ingresos en efectivo de medio millón de euros.

Ruz también argumenta que la suspensión cautelar decretada por Suiza no causa 'ningún efecto' que sirva 'para aminorar el riesgo de sustracción a la acción de la justicia' que existiría si Bárcenas queda en libertad. A su juicio, el avance de la investigación respalda 'la pervivencia del riesgo de fuga' y la necesidad de mantenerle la prisión 'como única medida posible para su neutralización'.

El magistrado destaca, además, que los últimos informes de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) y la Agencia Tributaria confirman la existencia de indicios respecto a la participación de Bárcenas en uno o más presuntos delitos contra la Hacienda Pública, 'derivados de la contabilidad paralela o caja B que él mismo administraba' junto al también extesorero Álvaro Lapuerta.

Bárcenas cumplirá este viernes un año en la cárcel de Soto del Real (Madrid), a la que Ruz le envió el pasado 27 de junio de 2013 por los delitos de blanqueo de capitales, fraude fiscal, cohecho, falsedad documental y estafa procesal en grado de tentativa.


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