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Carlos Fabra ingresará en la cárcel

EFE

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena a cuatro años de prisión por cuatro delitos fiscales que la Audiencia Provincial de Castellón impuso al expresidente de la Diputación de Castellón y del PP de esta provincia Carlos Fabra, lo que supondrá su ingreso en la cárcel. [Ver pdf del TS, aquí]. El alto tribunal ha rebajado, en cambio, a un año la pena de dos años que recayó sobre la exmujer de Fabra, María de los Desamparados Fernández, a quien condena por un solo delito fiscal.

Con su decisión, el Supremo ha rechazado los recursos de la defensa de Fabra, que reclamaba su absolución, y del fiscal y el abogado del Estado, que pidieron aumentar de cuatro a ocho años de cárcel la pena que le fue impuesta en 2013 por cuatro delitos fiscales.

La Audiencia Provincial de Castellón deberá ejecutar ahora la condena impuesta a Fabra. Salvo que la Audiencia haga una excepción con Fabra, incluso aunque el expresidente del PP de Castellón solicite el indulto, el ingreso en prisión no se suspenderá, pues esa medida sólo se suele adoptar con penas inferiores a dos años, según han explicado a Efe fuentes jurídicas.

La sentencia del Supremo establece que solamente fuentes ocultas 'explicarían razonablemente las cantidades consideradas como ganancias no justificadas' de Fabra, como, por ejemplo, las de 774.000 euros que obtuvo en 1999 cuando su renta declarada fue de 60.000 euros. También se refiere a 18 ingresos efectuados por un importe no superior de 500.000 pesetas (3.000 euros), 'tope de indudable trascendencia para el control fiscal bancario'.

Sobre la supuesta parcialidad de los peritos del caso, el Supremo ha afirmado que 'la imparcialidad objetiva se construye en relación al juez, no a los peritos a los que se les exige credibilidad en sus informes'.

El Tribunal Supremo celebró el pasado día 2 de julio la vista de los recursos contra dicha resolución, que además condenó a la exmujer de Carlos Fabra a dos años de prisión por delitos fiscales y que absolvió a ambos de cohecho y tráfico de influencias. En aquella vista el fiscal y el abogado del Estado discreparon de la aplicación por la Audiencia de la atenuante de dilaciones indebidas, mientras que las defensas pidieron la absolución de los condenados.

El fiscal defendió que las sentencias deben ser percibidas como justas por la sociedad y estimó que la condena que recurrió no lo era, al imponer la pena mínima por unos hechos muy graves, con una defraudación superior a un millón de euros e ingresos injustificados de más de tres millones sin devolución ni regularización posterior por quien por su cargo debió tener una actuación intachable.

Para el fiscal no hubo dilaciones indebidas debido a la complejidad de la causa, con delitos económicos muy difíciles de probar, y ha recordado además la conducta procesal de los acusados para entorpecer el procedimiento con la interposición de múltiples recursos. El abogado de Carlos Fabra pidió su absolución al entender que no se había tenido en cuenta la justificación acreditada de los ingresos del condenado y atribuyó las dilaciones indebidas a la actividad de la acusación popular ejercida por la Unión de Consumidores, que a su juicio engrosó sin sentido el procedimiento al no haber pruebas. La defensa de Fabra alegó además prescripción de delitos por el tiempo transcurrido entre su supuesta comisión y el procedimiento seguido contra su cliente.

A finales de 2010 la Audiencia Provincial de Castellón denegó que Fabra fuera juzgado por un tribunal y acordó sobreseer la causa contra él y su mujer por cuatro de los cinco delitos fiscales cometidos entre 2000 y 2003, por entender que habían prescrito. No obstante, en diciembre de 2011 el Tribunal Supremo revocó la decisión de la Audiencia Provincial y ordenó reabrir la causa al considerar que no habían prescrito los delitos.


El expresidente del PP y de la Diputación de Castellón, Carlos Fabra, ha afirmado que recurrirá ante el Tribunal Constitucional la sentencia del Tribunal Supremo (TS) que confirma la condena de cuatro años de cárcel que la Audiencia de Castellón le impuso por cuatro delitos contra la Hacienda Pública, tal y como ya anunció en caso de que el alto tribunal desestimase su recurso.

El exmandatario del Partido Popular ha declinado realizar declaraciones sobre la sentencia del TS puesto que todavía no ha podido valorar su contenido junto a su abogado, según ha manifestado a Europa Press. No obstante, ha asegurado que aunque la sentencia del TS le hubiese rebajado la condena en dos años habría recurrido igualmente ante el TC 'puesto que siempre hemos pensado que los hechos estaban prescritos'.

Sentencia Fabra by Público.es

 


https://www.quoners.es/debate/como-calificarias-la-situacion-de-la-justicia-en-espana

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