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El abogado general de la UE considera ilegal hacer un examen para obtener la nacionalidad

Un test no facilita la integración en la sociedad de la persona que solicita la nacionalidad. Considera al examen contrario al principio de proporcionalidad

Sede del Tribunal de Justica de la Unión Europea en Luxemburgo. EFE/Archivo

G. GUZMÁN / AGENCIAS

MADRID.- El abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Maciej Szpunar, ha asegurado en un comunicado hecho público este miércoles que obligar a realizar un examen a los residentes de larga duración que solicitan la nacionalidad en un país no es legal. Los estados miembros de la Unión tienen la potestad de regular las medidas de integración que consideren necesarias para otorgar la nacionalidad.

Sin embargo, según Szpunar las disposiciones nacionales que impongan "la obligación de integración" como requisito para obtener la nacionalidad son contrarias a la directiva europea que regula la cuestión.

Según esta directiva, de 2003, los Estados miembros conceden el estatuto de residente de larga duración a los nacionales de terceros países que hayan residido legal e ininterrumpidamente en su territorio durante los cinco años inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud.

La opinión del abogado general viene después de que el Tribunal Supremo de los Países Bajos planteara la cuestión ante el Tribunal de Justicia de la UE, tras la impugnación de dos ciudadanas que consideraban que no estaban sujetas a la obligación de integración.

Ahora, el Tribunal de Justicia de la UE deberá resolver mediante una sentencia la cuestión prejudicial planteada desde los Países Bajos.

Países Bajos tiene un examen para otorgar la residencia y, además, impone una multa en caso de saltarse el proceso.

Las disposiciones nacionales, señala Szpunar, también deben respetar el principio de proporcionalidad, por lo que la obligación de integración "no puede dificultar de manera desproporcionada el ejercicio de los derechos derivados de dicho estatuto por los residentes de larga duración".

Así, el abogado apunta a que "un examen obligatorio de los conocimientos del idioma o de la sociedad no contribuye a conseguir el objetivo de las medidas de integración, que es facilitar la integración en la sociedad de la persona interesada".

Por lo tanto, "imponer la obligación de realizar un examen de integración adultera la propia esencia de las medidas de integración", que a su juicio "deberían promover la socialización en vez de establecer requisitos de cualificación relacionados con la residencia en el Estado miembro".

"No cabe duda de que una persona que vive desde hace tiempo en un Estado determinado ha tejido forzosamente una red de vínculos de integración a través de la familia, el trabajo ejercido, la vida vecinal o una afición", concluyó.

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