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Dos años de cárcel para cada uno de los autores de los tartazos a Barcina

El tribunal considera que 'existió una acción violenta corporal en la que la víctima fue golpeada hasta tres veces con unas tartas'.

PÚBLICO / EFE

La Audiencia Nacional ha condenado a penas de hasta dos años de cárcel a los cuatro acusados de agredir con tres 'tartazos' a la presidenta de Navarra, Yolanda Barcina, cuando presidía en 2011 la reunión del pleno de la Comunidad de Trabajo de los Pirineos en Toulouse (Francia). La fiscalía pedía cinco años para cada uno de los acusados y la acusación de Barcina, seis.

En una sentencia notificada este miércoles, la Sección Primera de la Sala de lo Penal atribuye un delito de atentado contra la presidenta de una comunidad autónoma y condena a dos años de cárcel a Gorka Ovejero Bengoa, teniente de alcalde de Arruazu (Navarra) en el momento de los hechos, y a los activistas de la asociación Mugitu! Julio Martín Villanueva e Ibon García Garrido. También recibe una condena de un año de prisión —porque no participó en el lanzamiento de las tartas— Mikel Álvarez Forcada, hermano del exdirigente de Batasuna Joseba Álvarez. A todos les impone además una multa de 900 euros.

La sección primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia considera probado que el 27 octubre 2011 los ahora condenados 'estamparon tartas a la señora Barcina interrumpiendo el consejo plenario de la Comunidad de Trabajo de los Pirineos que se celebraba en Toulouse' y que 'existió una acción violenta corporal en la que la víctima fue golpeada hasta tres veces con unas tartas. No son objetos peligrosos, ni aptos para causar lesiones, no era esa la finalidad perseguida, pero sí supusieron una violencia corporal', explica el tribunal.

Detalla, además, que 'los autores no las arrojan, sino que las impactan directa y materialmente en la cara y cabeza de la víctima', por lo que 'no se trató del lanzamiento de una tarta al paso de un político, que solo alcance a mancharle la ropa o la cara y que no le impide seguir su paso'. 

Los magistrados argumentan que, al ser la víctima presidenta de una comunidad autónoma y sufrir el atentado en el ejercicio de su cargo, los cargos deben ser considerados como delito de atentado cualificado.

Ahora bien, la sala rebaja la pena en un grado, aplicando la atenuante, al entender que los acusados realizaron una infraccion penal en un territorio — Francia— que establece una pena sensiblemente menor a la prevista en nuestra legislacion, y que 'actuaron en la creencia errónea de que sería en ese territorio donde se les podría exigir responsabilidades'.

La sentencia relata que Barcina, 'con toda la cara y la cabeza llena de merengue, se levantó y trataba torpemente de salir, casi sin ver...'

Aunque no se trate de un error de prohibicion en sentido estricto —como alegaba la defensa— si existió, segun el tribunal, una circunstancia que en algún modo afectó a su culpabilidad. El tribunal tiene en cuenta esta circunstancia para fijar la pena en dos años de prision para los tres que lanzaron las tartas y un año para Álvarez por complicidad, ya que no lanzó ninguna tarta a Barcina, sino que se limitó a 'levantar los brazos', por lo que su participación fue 'secundaria y no imprescindible'.

La sentencia relata que entonces Barcina, 'con toda la cara y la cabeza llena de merengue, se levantó y trataba torpemente de salir, casi sin ver, cuando uno de los escoltas pudo llegar hasta ella y cogiéndola del brazo la condujo a la salida'.

Los cuatro condenados negaron durante el juicio que estuvieran siquiera en Toulouse ese día, pero la sala da por probado que se encontraban allí y que estamparon las tartas a la presidenta autonómica, dando credibilidad al testimonio de Barcina, de su escolta y a un vídeo de la agresión colgado esa misma tarde en internet por el movimiento de desobediencia al tren de alta velocidad Mugitu!, del que formaban parte los procesados.

De hecho, Álvarez Forcada dio una rueda de prensa al día siguiente en la que reivindicó el hecho, que definió como una 'llamada de atención y denuncia' del proyecto del tren de alta velocidad por 'su grave impacto ecológico, económico y social', y calificó de ilegales las detenciones de los otros tres procesados ya que el juez competente, dijo, debía ser francés.

Sentencia de la Audiencia Nacional por el tartazo a la presidenta de Navarra, Yolanda Barcina by publico2013

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