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La Audiencia de Valencia rechaza que la doctora del SAMU declare en la causa del accidente de metro

La facultativa del servicio de urgencias aseguró haber visto los cuerpos del maquinista y de la interventora en la unidad siniestrada y no en las vías.

Vagón del metro accidentado en Valencia en 2006.

EFE

VALENCIAS.- La Audiencia Provincial de Valencia ha rechazado la petición de la Fiscalía y de la Asociación Víctimas del Metro 3 de Julio (AVM3J) para que declare como testigo la doctora del SAMU que aseguró haber visto los cuerpos del maquinista y de la interventora en la unidad siniestrada y no en las vías.

Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) en un comunicado, la sala confirma así, en una resolución acordada el pasado 10 de octubre y sobre la que no cabe recurso, la decisión de la instructora y rechaza los recursos de la Fiscalía y de la asociación de víctimas.

La sección segunda de la Audiencia provincial considera que el testimonio de la doctora, que dijo en su comparecencia en Les Corts Valencianes que el cadáver del maquinista no estaba donde lo ubican policías y varios supervivientes, no tiene trascendencia para decidir si se abre juicio o se archiva la investigación.

La sala confirma así la decisión del Juzgado de Instrucción 21 y desestima los recursos interpuestos contra la resolución de la magistrada, que el pasado mes de junio rechazó la solicitud del letrado de la asociación, que representa a 13 de las 90 víctimas del accidente ferroviario, para que la doctora Carolina Ligorit y un forense, que también compareció en la comisión parlamentaria, testificaran en la causa judicial.

La Audiencia considera que "no hay que perder la perspectiva" de que en fase de instrucción "no es imprescindible agotar las diligencias posibles" sino "exclusivamente aquellas que sean útiles y pertinentes"

Según la resolución, la Audiencia considera que "no hay que perder la perspectiva" de que en fase de instrucción, previa al juicio oral, "no es imprescindible agotar cualesquiera diligencias posibles" sino "exclusivamente aquellas que sean útiles y pertinentes" para concluir la instrucción. A este respecto añade que, los recurrentes se limitan a afirmar la "trascendencia" de las testificales y periciales solicitadas, pero no precisan qué incidencia podrían tener dichas declaraciones a la hora de decidir si se archiva la causa o se abre juicio oral.

Añade el tribunal que "no explica ninguno de los recurrentes cómo dichas declaraciones pudieran resultar determinantes para adoptar una decisión de sobreseimiento o de continuación de la causa". El tribunal recuerda que en el supuesto de que el caso del metro llegara a juicio, las partes conservan el derecho a volver a proponer como prueba las declaraciones ahora rechazadas.

En el mismo auto, la Sección Segunda revoca la decisión de Instrucción 21 de pedir que otro juzgado investigara si la doctora del SAMU podía haber cometido un delito contra las Instituciones del Estado.

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