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Carmena crea una Oficina contra el Fraude y la Corrupción en el Ayuntamiento de Madrid

Esta instalación también analizará la información difundida por los medios que esté relacionada con la posible comisión de hechos irregulares.

La alcaldesa de Madrid, Manuela Carmena, durante su intervención un encuentro de regidores municipales por la paz.- EFE

EUROPA PRESS

MADRID.- El Ayuntamiento de Madrid tendrá una Oficina contra el Fraude y la Corrupción que investigará y comprobará actuaciones sospechosas de fraude o aprovechamiento irregular, ha informado el Consistorio este lunes en un comunicado, un día antes de que se apruebe en el Pleno de mañana martes.

La oficina, fruto del acuerdo de investidura entre Ahora Madrid y PSOE, no podrá desempeñar funciones que correspondan a la autoridad judicial, a la fiscalía o a la policía judicial ni podrá investigar los mismos hechos que sean objeto de averiguación o instrucción por aquellos mientras haya causa judicial abierta pero sí promoverá la creación y modificación de códigos de buenas prácticas, además de analizar las resoluciones judiciales que se hayan declarado probadas en casos de corrupción.

El nombramiento del director de la Oficina deberá ser realizado por el Pleno municipal por mayoría de tres quintas partes de los votos, a propuesta de la Junta de Gobierno y previa comparecencia del candidato para ser evaluado, ante la comisión permanente ordinaria de Participación Ciudadana, Transparencia y Gobierno Abierto.

Si el candidato propuesto no obtiene esta mayoría, tendrá que someterse en la misma sesión a una segunda votación, en la que se requerirá el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros del Pleno.

La alcaldesa de Madrid, Manuela Carmena, anunciará en el Pleno de dación de cuenta de mañana la creación de esta oficina municipal, como se ha informado a todos los grupos políticos esta mañana. Se trata de un primer borrador que se presenta en el Pleno para ser estudiado y debatido posteriormente.

Manuela Carmena y la portavoz del grupo municipal socialista, Purificación Causapié, ofrecerán una rueda de prensa al término del Pleno para explicar en profundidad este proyecto. La organización y funcionamiento se regirá mediante un reglamento que consta de un preámbulo, 23 artículos y una disposición final.

Bajo la dirección del Pleno, se adscribirá a su Secretaría General, tendrá rango orgánico asimilado al de dirección general y gozará de independencia respecto de los órganos municipales sobre los que extiende su actuación.

Campo de acción

Esta Oficina Municipal tendrá competencias para investigar y comprobar actuaciones sospechosas de fraude o cualquier aprovechamiento irregular derivado de las actuaciones de las personas que presten sus servicios para el Ayuntamiento.

El ámbito de actuación de la Oficina Municipal contra el Fraude y la Corrupción se extiende a todo el sector público del Ayuntamiento de Madrid, incluidos sus organismos autónomos, sociedades mercantiles, sociedades de economía mixta, fundaciones, asociaciones y cualquier ente con personalidad jurídica propia que de ellos dependan.

Adicionalmente, en la medida en que sea preciso para el cumplimiento de sus funciones, puede extenderse a las actividades de personas físicas o jurídicas que sean concesionarias de servicios, perceptoras de subvenciones públicas, que ejecuten obras o que tengan atribuida la gestión de servicios públicos municipales.

El responsable de esta Oficina Municipal estará asistido por un Consejo Asesor, integrado por un máximo de cinco vocales en representación de la sociedad civil, elegidos entre personas de reconocida trayectoria en la lucha contra la corrupción.

Los vocales no podrán ostentar cargo político vigente. Serán designados por el Pleno del Ayuntamiento por una mayoría de tres quintas partes de los votos y para un período de cinco años. No tendrán derecho a percibir retribuciones por sus funciones.

Inicio de las actuaciones

La Oficina podrá iniciar sus actuaciones de oficio o a instancia de parte si se ha formulado la correspondiente comunicación por una persona física o jurídica o por una institución pública.

Tendrá el mismo efecto la denuncia, incluso anónima, de cualquier persona que sea conocedora de hechos que considere irregulares. La Oficina también analizará la información difundida por los medios de comunicación que esté relacionada con la posible comisión de hechos irregulares.

Las actuaciones de investigación se realizarán en un plazo máximo de seis meses, ampliable a otros tres más por resolución del director. Tras este periodo, el responsable de la Oficina emitirá un informe y, en caso de detectar presuntas irregularidades, podría originar la comunicación de posibles responsabilidades disciplinarias o penales a la autoridad competente.

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