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El CGPJ tacha de inconstitucional la ley de seguridad ciudadana de Fernández Díaz

JULIA PÉREZ

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aprobado por unanimidad el informe preceptivo al anteproyecto de ley de seguridad ciudadana, que califica de inconstitucionalidad varios artículos, como es la posibilidad de que la policía monte controles en vías públicas, así como identificar a quienes hayan cometido infracciones administrativas, entre otros.

El Consejo también recomienda que los policías sean obligados a informar, de modo inmediato y comprensible, de las razones por las que requieren la identificación a una persona así como de la duración máxima de la retención y del tiempo de identificación en dependencias policiales.  

Los vocales han aprobado por unanimidad el documento, que ha tenido como ponentes a los vocales Wenceslao Olea y Victoria Cinto. Mercé Pigem y Concepción Sáenz han anunciado que presentarán votos particulares concurrentes con el voto mayoritario.

El órgano constitucional considera en su informe que los términos de justificación de la intervención de los poderes públicos son 'excesivamente amplios' y recomienda adecuarlos a los límites constitucionales del concepto de seguridad ciudadana.

También sostiene que los cacheos no quedan definidos en el anteproyecto, ya que el Anteproyecto 'no excluye la práctica de desnudos, siquiera parciales'.

El Consejo no aprueba además que sean vigilantes de seguridad quienes contribuyan a disolver manifestaciones ya que es una competencia que se atribuye a las fuerzas del orden. Además, el informe expone dudas de constitucionalidad por la potestad de identificar personas en prevención de faltas o infracciones administrativas, al igual que por el mero hecho de ir embozado. También choca con la Constitución, a juicio de este órgano, el hecho de que se pueda denegar el pasaporte en los estados de Alarma, Excepción y del Sitio.

El Consejo cuestiona además que el artículo 22 del Anteproyecto modifique de facto la Ley Orgánica del Derecho de Reunión, en concreto su artículo 5.2, y convierta en causa de disolución de una reunión o manifestación lícita el riesgo a que se produzca una alteración ciudadana con armas, objetos contundentes o con otros medios de acción violenta.

El ministerio del Interior se ha echado atrás y ha anunciado que modificará aquellos artículos que choquen con la Constitución.

El informe del CGPJ será remitido al Gobierno, que podrá tomarlo en consideración para elaborar el proyecto de Ley que entregue a las Cortes Generales. También debe emitir un informe preceptivo el Consejo de Estado.


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