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El Constitucional admite el recurso del PSC y  no fija plazo para desbloquear el Parlament

Considera además que la candidatura de Jordi Sànchez a la presidencia de la Generalitat podría haber dejado sin efecto el recurso de JxCat contra la prohibición de una investidura telemática de Carles Puigdemont

Tribunal Constitucional / EUROPA PRESS

JULIA PÉREZ

El pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de amparo presentado por el PSC, partido que considera que la actividad parlamentaria está bloqueada en Catalunya, pero no ha adoptado ninguna medida cautelar que pedían los socialistas catalanes respecto a que fijara un plazo para el pleno de investidura, según fuentes jurídicas.

El PSC pedía que, dada la inactividad parlamentaria que se produce desde las elecciones del 21 de diciembre, el TC indicara una fecha donde habría tenido lugar un hecho equivalente a una primera votación para así correr los plazos legales y convocar nuevos comicios al Parlamento catalán.

Al no ser un recurso del Gobierno, este tipo de medidas cautelares no se admiten de manera automática, sino que se dan traslado a las partes antes de adoptar decisión alguna.

El TC también ha abordado el recurso presentado por JxCat contra la prohibición cautelar de una investidura telemática de Carles Puigdemont como presidente, o que se presentara como candidato si antes no comparecía ante el magistrado del Supremo Pablo Llarena, que lo investiga por rebelión en la causa abierta sobre el proceso independentista.

Investidura, el 12 de marzo

El Pleno ha decidido estudiar si este recurso habría perdido su razón de ser, a la vista de la publicación de la candidatura a la presidencia de la Generalitat de Jordi Sànchez, pactada por ERC y JxCat. Por ello, ha acordado oír a las partes sobre la pérdida de objeto del recurso.

Jordi Sànchez ha solicitado al Supremo y al TC este martes su inmediata libertad para salir de la cárcel y acudir a su investidura para ser proclamado presidente de la Generalitat. La sesión está prevista para el próximo 12 de marzo, según se desvela en el recurso presentado por el líder de ANC ante ambos tribunales.

Por otra parte, el Constitucional ha decidido aplazar su decisión sobre si admitir o no a trámite el recurso del Gobierno contra la convocatoria de un pleno del Parlament para elegir telemáticamente a Carles Puigdemont president de la Generalitat y, por ahora, mantiene la suspensión de su candidatura.

El alto tribunal, ha decidido por unanimidad dar diez días al Gobierno, al Parlamento de Catalunya y a las partes personadas para que aleguen lo que consideren conveniente sobre la posible "pérdida de objeto" del recurso del ejecutivo contra el pleno del Parlament citado.

Entre las razones que han llevado a los magistrados a cuestionar la "pérdida de objeto" del recurso está el hecho de que el propio Puigdemont ha anunciado que retiraba "provisionalmente" su candidatura a la reelección y dejaba paso a la candidatura de Jordi Sánchez, diputado de Junts per Catalunya encarcelado.

Mientras tanto, el Constitucional ha decidido prorrogar las medidas cautelares que adoptó el 27 de enero, es decir, suspender "cualquier sesión de investidura que no sea presencial y que no cumpla" tres condiciones.

La primera, que "no podrá celebrarse el debate y la votación de investidura" de Puigdemont a través de medios telemáticos ni por sustitución por otro parlamentario". La segunda, que tampoco podrá ser investido president "aunque comparezca personalmente en la Cámara, si está vigente una orden judicial de busca y captura e ingreso en prisión". Y, por último, que los miembros del Parlament "sobre los que pese una orden judicial de busca y captura e ingreso en prisión no puedan delegar el voto en otros parlamentarios"

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