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El Constitucional anula el euro por receta de la Comunidad de Madrid

JULIA PÉREZ / EUROPA PRESS

El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional el euro por receta aprobado por la Comunidad de Madrid, al igual que hizo con el gravamen implantado por la Generalitat de Catalunya. La sentencia establece que el mínimo fijado en la prestación básica del ciudadano por el Estado puede ser mejorado por las autonomías, pero nunca empeorado como ocurre al fijar una tasa por receta.

El Pleno del Tribunal Constitucional ha estimado el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Grupo Parlamentario Socialista en el Senado y por el propio Gobierno contra  el artículo 2.9 de la Ley de la Asamblea de Madrid 8/2012, de 28 de diciembre, que  establece el llamado 'euro por receta'. La sentencia [ver pdf, aquí], de la que ha sido ponente la vicepresidenta del Tribunal, Adela Asua, reitera los argumentos con los que, el pasado 6  de mayo, el Pleno declaró la inconstitucionalidad de la tasa farmacéutica en Catalunya.

La resolución del TC señala que la tasa recurrida 'recae de forma directa sobre la  prestación farmacéutica, pues su pago es condición para la dispensación del medicamento o producto sanitario', lo que en la práctica supone el empeoramiento de una 'prestación  básica' para el ciudadano.

En España rige una cartera de servicios sanitarios que son comunes para todos los ciudadanos, que es competencia básica del Estado. Esta cartera es actualizada y adaptada por el Gobierno y las autonomías en negociaciones que se suceden en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. Además, las comunidades autónomas pueden mejorar esta cartera con otras prestaciones sanitarias adicionales que deben financiaciar con sus presupuestos.

Por este motivo, la sentencia del Constitucional destaca que las Comunidades Autónomas pueden aprobar sus respectivas carteras de servicios para los ciudadanos, pero esta cartera debe incluir, como mínimo, 'la cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud en sus modalidades básica de servicios asistenciales, suplementaria y de servicios accesorios, garantizándose a todos los usuarios del mismo'. También puede establecer otras prestaciones adicionales, siempre que asuman su coste, a través de la llamada cartera 'complementaria'.

En este sentido, el TC explica que las Comunidades Autónomas pueden desarrollar su propia política sanitaria,  siempre y cuando ésta implique la prestación de servicios adicionales para los usuarios. 'Es decir, las Comunidades Autónomas podrán mejorar el mínimo estatal, pero en ningún  caso empeorarlo', añade.

El TC concluye que el artículo que establece el pago del 'euro por receta'  debe declararse inconstitucional y nulo por cuanto invade la competencia del Estado en materia de sanidad que está definida en el  artículo 149.1.16 de la Constitución.

El consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, Javier Rodríguez, ha afirmado este martes que el Ejecutivo regional acepta la sentencia del Tribunal Constitucional que anula el euro por receta y ha apuntado que 'no está claro' que se tenga que devolver lo recaudado durante los 29 días que se aplicó esta medida, puesto que la sentencia 'no dice nada'.

'Si nos dice que hay que devolverlo indudablemente lo vamos a devolver, si no nos dice nada indudablemente no lo vamos a devolver', ha apuntado el consejero en declaraciones remitidas a los medios de comunicación tras conocer la decisión del Alto Tribunal respecto a esta tasa.

Rodríguez ha detallado que durante la aplicación de esta medida se obtuvieron ingresos por valor de 3,7 millones de euros y el ahorro en gasto farmacéutico durante ese 'espacio corto' de implantación fue de 16 millones. En caso de que se hubiera seguido aplicando, el consejero ha recalcado que se habría logrado un ahorro de gasto farmacéutico a lo largo del año entre 150 y 200 millones de euros.

No obstante, ha manifestado que 'está claro' que a partir de esta sentencia no se va a aplicar el euro por receta y que la Comunidad de Madrid acepta, 'como no puede ser de otra forma', la sentencia 'en todos los términos en que ella se pronuncia'.

Por otro lado, el Ejecutivo autonómico remarcó en su momento que un total de 262.716 personas se negaron a pagar la tasa de un euro por receta durante el tiempo que estuvo en vigor en la Comunidad de Madrid, un total de 29 días.

Así lo indicaba el Gobierno regional en una respuesta parlamentaria a una pregunta formulada por el portavoz de Sanidad de UPyD en la Asamblea, Enrique Normand, quien solicitó información sobre el número de recetas en las que no se abonó esta tasa y el volumen de beneficiarios 'insumisos'.

En su respuesta, el Ejecutivo regional detalla que no se efectuó el pago de la tasa en 1.008.277 recetas y el número de ciudadanos 'insumisos' fue de 262.716 desde el 1 de enero al 29 de enero.

 

 

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