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El fiscal ve "inviable" que un juzgado de Madrid instruya el 'caso Rato' por autoblanqueo de 6,5 millones

Anticorrupción recurre la decisión del juez Andreu de la Audiencia Nacional de no aceptar la causa porque se investiga si el exministro pudo transferir dinero de procedencia ilícita a Alemania, donde no puede actuar el juzgado de instrucción 31 de Madrid.

El exvicepresidente del Gobierno, Rodrigo Rato. EFE

JULIA PÉREZ

MADRID.- La Fiscalía Anticorrupción ha recurrido la decisión del juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu de devolver a los juzgados de Madrid la 'patata caliente' del caso en el que se investiga el patrimonio de Rodrigo Rato, exvicepresidente económico, exdirector gerente del Fondo Monetario Internacional y expresidente de Bakia.

El ministerio público considera "inviable" que el delito de blanqueo que se investiga sobre Rato sea instruido en el juzgado de instrucción 31 de Madrid, a donde Andreu quiere devolver el caso porque fue el primero que abrió el proceso contra el exministro.

La Fiscalía sostiene en su recurso que Rodrigo Rato pudo incurrir en un delito de autoblanqueo de capitales al invertir en un hotel de Berlín (Alemania) supuesto dinero de procedencia ilícita. [LEER EL RECURSO]

Anticorrupción considera que una empresa de Rato recibía dinero del extranjero "de origen injustificado" y que salía invertido hacia Alemania, al tiempo que una sociedad vinculada al exministro y ubicada en el paraíso fiscal de la la Isla de Gernsey recibió dinero procedente de Panamá y Bahamas.

Dicha empresa -Kradonara- tuvo unos ingresos de 6,5 millones de euros del año 2002 al 2014, cuya procedencia la Fiscalía considera necesario investigar, y recibió ingresos desde Lérida.  Al mismo tiempo, esta misma empresa recibió transferencias de la sociedad Vivaway, situada en Gernsey, por más de 3 millones de euros.

Por su parte, Vivaway recibió desde Panamá y Bahamas cerca de 3,4 millones de euros entre los años 2012 y 2014. Y Rodrigo Rato tuvo unas entradas de divisas cercanas a los 2,8 millones de euros procedentes de


Estas operaciones y otras más son los argumentos que expone Anticorrupción en su recurso de reforma para rebatir el auto por el que el juez central de instrucción 4 dispuso devolver el 'caso Rato' al juzgado de Madrid.

La Fiscalía expone que un juzgado de Madrid no tiene la competencia orgánica para instruir una causa con blanqueo de capitales en el extranjero, delito que es competencia de la Audiencia Nacional.

“En conclusión, si todo o parte de los actos de blanqueo se han producido en el extranjero es competente el Juzgado Central de Instrucción”, destaca el recurso de la Fiscalía.

El magistrado Fernando Andreu resolvió en su auto que el supuesto delito de blanqueo de capitales en el que había incurrido Rodrigo Rato se habiá cometido en Madrid y que tan sólo tenía en el extranjero su inversión en el hotel de Berlín.

Andreu basó además su decisión en el principio de ubicuidad, jurisprudencia según la cual cuando en una causa hay dos juzgados es competente el juez que inició las actuaciones en primer lugar. La Fiscalía replica que este principio sólo es aplicable entre órganos judiciales con igual ámbito de competencia -orgánica y funcional-, lo que no ocurre en este caso.

El juez central de instrucción 4 basa además su decisión en el delito de blanqueo contemplado en el artículo 301 del Código Penal, cuando la Fiscalía considera que en el 'caso Rato' habría que investigar el autoblanqueo de capitales destinado a ocultar beneficios ilícitos. Y dicha supuesta acción de ocultación de dinero de procedencia ilícita se produjo en Alemania.

Continúa la instrucción


La causa contra Rodrigo Rato está abierta por los presuntos delitos de corrupción entre particulares, contra la Hacienda Pública y blanqueo de capitales.

Si finalmente se concluye que el blanqueo se produjo en el extranjero, entonces la investigación de este delito arrastraría a los demás y el caso se investigaría en la Audiencia Nacional y no en el juzgado de instrucción 31 de Madrid, cuyo titular es Antonio Serrano-Artal.

Dicho juez remitió el caso a la Audiencia Nacional en un auto dictado el 4 de agosto pasado al entender que podría tener conexidad con el caso Bankia que se instruye en este órgano central. En el 'caso Rato' se investiga una supuesta comisión cobrada por el exvicepresidente de 835.000 euros en la adjudicación de dos contratos de publicidad de Bankia, cuando presidía esta entidad luego rescatada. Además, tenía la propiedad del 44% del hotel de Berlín.

Al margen de los recursos de reforma interpuestos contra el auto de inhibición del juez Andreu, dictado el pasado 18 de septiembre, cabe también la posibilidad de que el juzgado de instrucción 31 plantee lo que se denomina "cuestión de competencia negativa". En ese caso, el Tribunal Supremo tendría la última palabra para resolver esta discrepancia entre ambos órganos judiciales.

Mientras se resuelve la competencia, el juez Antonio Serrano-Artal continúa con la instrucción del 'caso Rato'. Este jueves ha tomado declaración al administrador de Kradonara.

Además, el secretario judicial ha ejecutado los bienes de Rodrigo Rato ya que el exvicepresidente no había depositado la fianza de 18 millones requerida para hacer frente a responsabilidades civiles. La pensión de Rato como exdirector gerente del Fondo Monetario Internacional ha sido embargada, entre otros ingresos y bienes que se encuentran a su nombre en España

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