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“El futuro Estado catalán debería ser una república no presidencialista”

Santiago Vidal es uno de los integrantes del equipo jurídico que tiene terminado "un borrador de Constitución catalana" 

Santiago Vidal. Foto: Guillem Sans

CARLES BATALLA

BARCELONA.- Santiago Vidal, juez mediático por excelencia en Catalunya, resuelve cada semana una montaña de asuntos penales en su despacho del Palau de Justicia. Magistrado de la Audiencia Provincial de Barcelona, es uno de los integrantes del equipo jurídico que ya tiene prácticamente confeccionada la Constitución catalana, motivo por el cual el Consejo General del Poder Judicial propuso suspenderle de sueldo y trabajo. Los 97 artículos se colgarán a mediados de enero en una web interactiva en la que todo el mundo podrá hacer propuestas, susceptibles de ser incorporadas al texto definitivo.

Empecemos por lo más reciente. ¿La dimisión de Torres-Dulce es una buena noticia para la judicatura española o al revés, muestra las presiones políticas a las que están sometidos los jueces?
La dimisión del Fiscal General del Estado llega tarde: por dignidad profesional debería haber presentado su renuncia durante la semana posterior al 9-N, cuando desde el PP le presionaron públicamente para que actuara con dureza contra el proceso participativo. Tenía una oportunidad inmejorable con el valiente posicionamiento jurídico de los fiscales de Catalunya, que le sirvieron en bandeja los argumentos para no intervenir contra un simple acto democrático, pero el poder ejecutivo pudo más. Teniendo en cuenta que la Fiscalía se rige por criterios legales jerárquicos, no le quedaba otra opción que acceder y presentar la querella o dimitir. Y desafortunadamente escogió la primera. Ahora bien, el refrán popular dice que ‘más vale tarde que nunca’.

¿Cómo vivió, a nivel personal y profesional la decisión del CGPJ de intentar sancionarle, que finalmente se quedó en suspensión temporal?
Con preocupación, porque uno siempre piensa que hace las cosas correctamente, pero desde el CGPJ consideraron que podía haber una infracción por falta muy grave, cosa que provoca la expulsión de la carrera judicial. Me costó entender que adoptaran esa decisión por un trabajo de creación intelectual como es reunirse con un grupo de juristas, alguno de ellos jueces y otros profesores de universidad, y después discutir y redactar un borrador para que pueda servir para un hipotético parlamento constituyente si Catalunya decide optar por esta vía mediante unas elecciones libres, es como escribir un libro, puede tratar sobre cualquier materia. Además, hablándolo con otros compañeros de la judicatura que coinciden conmigo, tenemos la sensación que si el trabajo fuera sobre una hipotética constitución en Rusia seguramente no nos hubieran dicho nada. Es preocupante porque demuestra que los límites del derecho fundamental a la libertad de creación, de opinión y expresión no están suficientemente consolidados.

"Los límites del derecho fundamental a la libertad de creación, de opinión y expresión no están suficientemente consolidados"

¿En algún momento se llegó a sentir fuera de la carrera judicial?
De hecho, hoy en día el expediente continúa abierto, no me siento fuera, confío sinceramente en poderme jubilar, hacer de juez me gusta mucho, es la profesión de mi vida, disfruto mucho. Creo que mis opiniones políticas, se compartan o no, no tienen nada que ver con mi función diaria, además estoy en la jurisdicción criminal, es decir que resolver si alguien es culpable o no de un homicidio o una violación no tiene nada que ver con la configuración política de Catalunya y del Estado español.

La mayoría de los juristas catalanes considera que la querella a Artur Mas no tiene base jurídica. ¿Cómo desmontaría los tres delitos que se le imputan, desobediencia, malversación y prevaricación?
De este tema he hablado con muchos compañeros jueces, fiscales y profesores de derecho penal y todavía no me he topado con ninguno que encuentre un argumento para fundamentar esta querella. En síntesis, en mi modesta opinión el delito de desobediencia sólo se comete cuando es reiterada y por tanto, si se han incumplido, como mínimo, dos requerimientos: de que hagas una cosa y no la estés haciendo o que te prohíban hacer una cosa y la hagas. El propio TC, en la resolución que adoptó la suspensión cautelar del proceso participativo del 9-N, rechazó la petición del gobierno español de advertir a Mas y al gobierno de la Generalitat de que, en caso de incumplir incurrirían en delito, los magistrados del TC no consideraron conveniente poner eso, por lo tanto no hay requerimiento. El delito de malversación de caudales públicos requiere que, abusando de tus funciones y competencias, uses dinero que tiene un destino concreto y lo desvíes, o te lo pongas en el bolsillo o pagues cosas que no están justificadas. En este caso, las pocas partidas presupuestarias usadas para organizar el 9-N estaban ya aprobadas antes de la decisión del TC, por lo tanto eran decisiones absolutamente legales, y no me consta que la Generalitat aprobara ninguna nueva partida u ordenara ningún otro gasto una vez dictada la suspensión. La mayoría de gastos, si es que los hubo, fueron gratuitos: las urnas de cartón las elaboraron presos de manera voluntaria y altruista, el cartón lo facilitó un grupo de empresarios, los voluntarios abrieron las escuelas, en las mesas electorales nadie cobró… veo casi imposible que pueda haber ningún desvío de dinero público.

"Resolver si alguien es culpable o no de un homicidio o una violación no tiene nada que ver con la configuración política de Catalunya y del Estado español"

¿Y la prevaricación?
Comporta dictar una decisión administrativa injusta sabiendo que es injusta, el gobierno de la Generalitat siempre dijo que no creía que convocar el 9-N fuera injusto ni ilegal, no hay este “a sabiendas” que dice la ley, y en cualquier caso requeriría dictar una resolución administrativa, sea un decreto, una circular, una instrucción…y si algo cuidó la Generalitat fue de no dejar nada por escrito, no hay expediente administrativo ni resoluciones del gobierno en este caso, entonces no entiendo cómo se puede cometer un delito de estas características de manera verbal.

Entonces, estamos hablando de una querella política que difícilmente puede ser admitida a trámite…
Es una querella que si reúne los requisitos formales probablemente sea admitida a trámite porque la ley dice que los tribunales, con independencia de cómo se valore su contenido, si está redactada conforme la ley, en este caso firmada por la Fiscalía, con los correspondientes hechos y fundamentos de derecho, reúne los requisitos legales y se admite a trámite. Es como cuando uno va a una oficina del Ayuntamiento y presenta un papel, siempre le pondrán un sello, lo que pasa es que al cabo de los días puede ser que le digan que lo que ha presentado no tiene contenido y, por lo tanto, se archiva. Creo que la admitirán por esta razón formal y por otro factor: porque también hay unas 20 denuncias de particulares y de algún partido político que se fueron presentando el mismo 9-N en diferentes juzgados de guardia del territorio catalán y el TSJC tiene la obligación de acumular todo esto, para hacerlo antes debe abrir un expediente, es una cuestión estrictamente formal. Lo más normal es que, una vez incoado y dado el trámite de alegaciones a las personas querelladas, en este caso a Mas y a las dos consejeras, después dicte una resolución motivada acorde a derecho en la que yo confío que diga que no hay ninguna infracción penal.

Santiago Vidal, en su despacho. Foto: Guillem Sans

Santiago Vidal, en su despacho. Foto: Guillem Sans

¿Le parece justa la excarcelación de etarras?
Como persona y ciudadano me duele, me pongo en el lugar de los familiares de las víctimas y los entiendo perfectamente pero una cosa es la justicia y la otra es la venganza. Un familiar de una víctima tiene derecho a sentir odio y a quererse vengar de quien le ha ocasionado tanto mal pero los tribunales no, debemos ser imparciales. La ley marca que por estos crímenes la condena es de tantos años y cuando se cumplen los presos deben quedar en libertad, con la adopción de medidas de seguridad y control que sean necesarias, para que no vuelvan a cometer ningún acto delictivo pero deben salir en libertad porque es la ley, y es justa. Nadie puede estar privado de libertad toda su vida, no creo en las condenas perpetuas, que ahora se visten de ese eufemismo de ‘prisión permanente revisable’, esto es un oxímoron, o es permanente o es revisable, ambas cosas no pueden ser a la vez. Lo de la excarcelación de los presos de ETA me duele como ciudadano pero como jurista estoy completamente de acuerdo.

Volviendo al TC, ¿qué legitimidad e imparcialidad puede tener este tribunal si su presidente fue militante del PP hasta hace tres años?
Como el propio TC se pronunció en este tema, diciendo que cree que se puede pertenecer a un partido político, haber sido asesor del propio gobierno, del poder ejecutivo o de entidades como la FAES, y esto no es obstáculo para garantizar la imparcialidad e independencia, si lo dice el TC, como juez tendré que acatarlo. Mi opinión es que, como mínimo, la apariencia de imparcialidad ante la ciudadanía está muy cuestionada y esto es muy preocupante porque deslegitima el máximo órgano de confianza en el ámbito judicial que tiene la ciudadanía, la última palabra la tiene el TC. Pero si sus miembros no son jueces de carrera, son exdiputados, exsenadores o profesores de universidad que han tenido cargos en la administración, algunos sí son jueces pero no son mayoría, si además tenemos en cuenta su sistema de selección, que un tercio lo elige el propio gobierno, el otro tercio el Congreso, y además hay mayorías absolutas…

"No hay  voluntad de resolver la lentitud del funcionamiento de la justicia y la burocracia"

Se politiza.
Exacto, es inevitable. Si añadimos todo eso, en conjunto la imagen del TC está muy tocada.


Hace poco Jueces por la Democracia denunció el Ministerio de Justicia y el CGPJ por sobrecarga de trabajo. ¿Estar sepultado de folios y archivos en el día a día es una maniobra para evitar juzgar los casos de corrupción?
Por desgracia, desde que se publicó el Libro Blanco de la Justicia en el 2007, en época del gobierno socialista, ya se establecieron 100 medidas necesarias para que la justicia española se pusiera al día y fuera equiparable a la mayor parte de países de la Unión Europea. Como no se puede reducir la carga de trabajo porque los conflictos son lo que son, se trataba de aumentar el nombre de jueces, que actualmente en España es de 10,7 por cada 100.000 habitantes. En Alemania son 19 por cada 100.000 habitantes y en Inglaterra 21, en los países nórdicos 24. De los 28 países de la UE, si no estoy equivocado, sólo hay uno por debajo, que es Rumanía con 9,8. Los otros 26 países están de 14 para arriba.

Eso afecta la calidad democrática de un país…
Evidentemente. Eso, en una época de vacas flacas como la actual en la que no hay presupuesto puedes entenderlo coyunturalmente, pero que durante diez años te digan que no hay dinero…lo que no hay es voluntad de resolver la lentitud del funcionamiento de la justicia y la burocracia, a veces no es cuestión de dinero sino de cambiar las leyes y simplificar los trámites.

Y se favorece la impunidad…
Sí, este sistema tan obsoleto de justicia que tenemos favorece la impunidad de los casos complejos: grandes estafas financieras, corrupciones políticas…

"Incorporaremos en el capítulo de derechos fundamentales todos los derechos sociales"

¿Cómo se puede modernizar la justicia?
Pues no es muy complicado. Es difícil sintetizarlo pero se puede hacer en cuatro puntos. El primero, estableciendo unos plazos procesales que se cumplan, por ejemplo en los procedimientos penales no tiene sentido que una instrucción dure más de seis meses, y en los casos complicados como el del Palau de la Música o Gürtel estaría justificado que duraran un año pero duran cinco, seis o siete. Significaría necesariamente que el juez que llevara a cabo estos asuntos estuviera exento de tramitar cualquier otro caso, que estuviera dedicado exclusivamente a estos más complicados y no es así. El juez Ruz está llevando ocho o diez sumarios complicadísimos al mismo tiempo, igual que el juez Castro, que lleva el tema Nóos y Pijoan con el tema Palau. O sea, lo primero es que hubiera una ley procesal con los medios materiales y humanos suficientes para que se cumpla. Como medida número dos, que se establezca el principio de oralidad en la mayor parte de los trámites: cualquier ciudadano que pise cualquier juzgado de España verá montañas de papeles, folios y folios, sumarios de 10.000 folios, eso es una barbaridad en el siglo XXI, tú visitas cualquier país nórdico y casi no hay papeles, todo está digitalizado, en el ordenador, hay que cambiar la manera de trabajar, por ejemplo notificar todas las resoluciones por correo electrónico y no en papel, y la figura del procurador, que traslada papeles de un sitio a otro, no tiene ningún sentido, ellos tienen que hacer auxilio judicial, que es otra cosa. Lo tercero sería establecer unas ratios de volumen de asuntos por jueces mucho más racionales que las actuales: en todas las secciones de la sala penal de la Audiencia de Barcelona resolvemos unos 2.000 casos al año y somos 4 jueces, salen a 500 cada uno, los compañeros de Alemania o Noruega por ejemplo resuelven unos 250. Eso quiere decir que pueden dedicar más tiempo, que las resoluciones están más bien motivadas y que el margen de error es más pequeño.

¿También trabaja en paralelo diferentes casos a la vez o hasta que no termina uno no empieza el otro?
Simultáneamente varias casos, en una mañana de trabajo deberé resolver los casos que se amontonan en esta estantería, deben haber unos 20, son trámites concretos, no todos son sentencias. Pero claro, estás haciendo ocho o diez cosas a la vez.

¿Y cuántas horas trabaja al día?
El promedio es de unas 10 horas al día, aunque hay una vertiente positiva, las horas de trabajo en el despacho son de 9 a 15h, las otras cuatro uno se las organiza como puede y quiere, te llevas el trabajo a casa pero eso permite conciliar la vida laboral con la familiar.

¿En España faltan jueces o faltan buenos jueces?
Ambas cosas. Deberíamos pasar de los 10,7 jueces a 15-16 por 100.000 habitantes, es decir en vez de los 5.746 jueces actuales deberíamos ser unos 7.500 o 8.000. Es verdad que no todos tienen la calidad requerida ni dedican las horas necesarias pero la inmensa mayoría hacen todo lo que pueden.

¿Cómo se encuentra el borrador de la Constitución catalana y en qué principios jurídicos se debe basar?
Está prácticamente terminada, durante las fiestas navideñas haremos la última reunión del grupo jurídico para dar una última lectura y limar algunos flecos y nuestra intención es hacerla pública en enero de 2015, ya avisamos que estaríamos todo el 2014 para redactar el borrador porque no corre prisa, Catalunya todavía no es un Estado y estamos en la fase constituyente. Como nosotros no trabajamos para ninguna institución, ni para el Parlament, ni para la Generalitat, ni para la ANC, se ha dicho de todo pero no es verdad, trabajamos para nosotros mismos y para la sociedad, la colgaremos en una página web interactiva y todos los ciudadanos catalanes que estén interesados podrán entrar y hacer aportaciones que analizaremos y debatiremos. Y las que valgan la pena las incorporaremos.

"Proponemos listas abiertas, y que se instaure la figura suiza de los referéndums revocatorios"


¿En qué pilares jurídicos debe sustentarse la Constitución catalana?
Es un borrador que tiene 97 artículos, o sea, menos de la mitad de los que tiene la Constitución española, y nos hemos inspirado mucho en las constituciones nórdicas, básicamente Finlandia, Islandia, Noruega y Suiza, porque es un estado confederal y creemos que puede encajar en una hipótesis de futura relación de Catalunya con España. Son constituciones cortas y claras, nada de frases como las de la CE, que tienen una principal, 8 subordinadas y 14 gerundios con las que todo el mundo se pierde. Sintetizaré sus principios rectores en cuatro puntos: el futuro estado de Catalunya debería ser una república y no un sistema de monarquía compartida como puede ser Canadá, Australia o Nueva Zelanda, que la tienen compartida con el Reino Unido, y que sea no presidencialista, es decir, que habría un presidente y un primer ministro ejecutivo, personas separadas y aconsejamos que como mínimo uno de esos cargos sea una mujer porque es hora que se rompan esas dinámicas tan mediterráneas. La segunda idea es incorporar en el capítulo de derechos fundamentales todos los derechos sociales, la CE tiene un capítulo 1 con los derechos fundamentales como el derecho a la vida, a la libertad, a la participación política… y un capítulo 3 de derechos sociales en el que hay el derecho a la vivienda, a la educación, que es como si dijeran ‘cuando se pueda ya respetaremos los derechos de estos ciudadanos’, nosotros queremos incorporarlos en el capítulo de los derechos fundamentales, que se puedan exigir ante los tribunales de justicia si el Estado los incumple. Eso significa, por ejemplo, que si ahora un ciudadano va al ayuntamiento y le dice que no tiene vivienda y que el artículo 49 CE establece que todo el mundo tiene derecho a una vivienda digna y viene a buscarla, el ayuntamiento dirá que ahora no dispone de vivienda o no sé qué…si esto está incorporado en los derechos fundamentales, este ciudadano, siempre que cumpla con los requisitos que la ley de derecho de acceso a la vivienda social marca, que esté en el paro, que sólo perciba una pensión de renda mínima, que haya una situación verdadera de exclusión social, porque no se trata de regalar vivienda a nadie, si la administración no se la da, podrá ir al tribunal a reclamarla, ahora no puede, porque el juez le responderá que tiene un derecho genérico pero que no tiene competencia para verificar si le están denegando correcta o incorrectamente la vivienda.

¿Y el tercer pilar es?
La modificación legislativa de las leyes electorales: proponemos listas abiertas, que el ciudadano pueda votar el número 4 de un partido, el 12 de otro y el 23 de otro, que los cargos electorales, municipal o estatalmente, tengan como máximo dos legislaturas de cinco años cada uno, un máximo de 10, y que se instaure la figura suiza de los referéndums revocatorios, sobre todo a nivel municipal: que el diputado o concejal que incumpla sistemáticamente los compromisos de la campaña electoral adquiridos con los ciudadanos pueda ser destituido, ahora hay que esperar a que no sea reelegido en los próximos comicios. Los ciudadanos tienen derecho a destituir a alguien si les ha engañado. Como cuarto puntual podría apuntar el tema del idioma, que es conflictivo: nosotros aconsejamos que el catalán sea la única lengua oficial de Catalunya y que el castellano tenga un régimen de cooficialidad preferente, en el sentido de que todos los ciudadanos que quieran usarlo, oral o por escrito, lo puedan hacer. La administración, como en el caso de la educación, por criterio, si el ciudadano no expresa otra voluntad personal, siempre actuará en todos los ámbitos en catalán pero si un ciudadano quiere usar el castellano, por los motivos que sean, se le respetará ese derecho y podrá usarlo.

"Aconsejamos que el catalán sea la única lengua oficial de Catalunya y que el castellano tenga un régimen de cooficialidad preferente"

¿A la hora de redactar el borrador habéis tenido al lado la Constitución española para ver qué es lo que no hay que hacer, como ejemplo de texto del que hay que apartarse?
Pues sí, efectivamente, hemos tomado como referencia las otras cuatro constituciones de países nórdicos que he citado antes y algo de la CE sí lo hemos respetado y nos ha servido como modelo, aunque pocas cosas.

¿Por ejemplo?
Los mecanismos de modificación de la propia CE, que están hechos de una manera que es prácticamente imposible cambiarla, cuando Rajoy dice que es intocable tiene razón, tal como está redactada es prácticamente intocable. Se han establecido unos mecanismos de garantía que impiden que el texto constitucional se adapte al cambio de los tiempos, la Constitución de los Estados Unidos es un caso flagrante de lo contrario: una constitución tiene que ser flexible para poder ir haciendo enmiendas, para ir adaptándola.

Un juez de instrucción de Zaragoza multó con 300 euros a un joven simplemente por exhibir una estelada durante un partido de baloncesto. ¿Cómo se puede justificar un castigo tan desproporcionado?
La bandera estelada no es una bandera ilegal, no puede haber ninguna infracción administrativa por exhibirla, tú puedes exhibir las banderas y símbolos que quieras mientras no afectes a los derechos fundamentales de otros ciudadanos, lo que no puedes es exhibir una bandera que diga ‘todos los judíos son ratas y deben exterminarse’, esto es ilegal, pero yo no sé qué norma vulnera exhibir una estelada y no entiendo que alguien sea sancionado por ello.

Se ha manifestado en contra de las tasas judiciales. ¿Por qué motivos?
Porque son abusivas, los que son muy ricos las pueden pagar, las grandes empresas y bancos, y los que son muy pobres ya tienen la justicia gratuita, pero la inmensa mayoría de los ciudadanos, el 90% de los litigantes, estamos en medio. Son una manera intencionada de impedir que esta gran franja de ciudadanos tenga acceso a la tutela de los tribunales. En vez de poner más jueces y medios, reducen el volumen de casos que entran en el juzgado y eso limita la tutela judicial efectiva, un derecho fundamental que está en la CE.

"Habría un presidente y un primer ministro ejecutivo, uno de ellos, mujer, para romper estas dinámicas tan mediterráneas"

Y más de una vez se ha quejado del abuso de indultos.
Una de las cosas que proponemos en este borrador de Constitución catalana es la prohibición de los indultos, no deben existir, eso de que en un estado democrático el poder ejecutivo, el Consejo de Ministros, pueda dejar sin efecto una sentencia judicial que ha llegado a un veredicto de condena después de una instrucción con derecho de defensa, un juicio, una valoración de pruebas y una sentencia validada por el tribunal superior… El Consejo de Ministros lo resuelve con un decreto de tres líneas en el que dice ‘reunido el Consejo de Ministros en la sesión de plenario del viernes, ha considerado oportuno’, después hay un espacio en blanco en el que pone ‘conceder o denegar’, el indulto solicitado por el señor tal, firmado por el ministro de Justicia en nombre del Consejo. Es una decisión absolutamente arbitraria, no tiene ningún tipo de control ni motivación ni es recurrible ante nadie, hay que suprimirlo.

¿Qué le parece la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal?

Hace más de quince años que hay diferentes proyectos para reformarla, para que el fiscal lleve la investigación y las leyes procesales sean más ágiles. Lo que me sorprende y preocupa de la última reforma del ministro de justicia es que todo lo que está proponiendo requiere la modificación de leyes orgánicas, o sea, que su tramitación parlamentaria es superior a un año. Si el noviembre del 2015 hay elecciones estatales, el Congreso deberá disolverse, quiere decir que está haciendo propuestas que sabe que nunca se aprobarán y las hace porque estamos en año electoral.

¿Se siente un juez mediático?
Mediático no es que me sienta, es que lo soy, sería hipócrita si lo negara, soy de los pocos que atiende los medios de comunicación.

¿Qué ventajas e inconvenientes tiene el hecho de serlo?
Ventajas es que puedes explicar lo que piensas, debatir con otros colegas de otros ámbitos y a veces por la calle me encuentro gente que discrepa de lo que digo, y eso es bueno por la pluralidad y otros me felicitan. Tiene el inconveniente de que no tienes privacidad, no soy un ciudadano normal, no puedo hacer lo que quiero porque te conoce todo el mundo. Pero yo diferenciaría entre ser un juez mediático, que lo soy porque salgo habitualmente en los medios, de ser un juez estrella, no me considero en absoluto un juez estrella, siempre he tenido muy claro que entre un juez estrella y un juez estrellado sólo hay dos letras de diferencia, el hilo es muy fino. Nunca he pretendido crear a través de mi imagen pública un poder para ejercer en otros ámbitos, por ejemplo yo siempre he dicho que nunca me pasaría a la política porque lo que tengo clarísimo es que a mí lo que me gusta es ser juez.

¿Veremos algún día en la cárcel a Félix Millet o a la Infanta Cristina?
A Millet sí, estoy convencidísimo, él mismo admitió que había cometido un delito grave, y sólo está pendiente de un juicio, que se está alargando mucho más de lo que sería conveniente y previsible. La ley no excluye por razones de edad que alguien entre en la cárcel pero si algún día Millet tiene una edad elevada y su estado de salud es precario, probablemente al cabo de unos meses de estar en la cárcel se le dará un régimen abierto, tal y como prevé el régimen penitenciario. A la Infanta Cristina nunca la veremos en la prisión.

¿Porque no ha delinquido?
No, porque nadie la está acusando, ni el fiscal ni el abogado del Estado que representa a Hacienda, es cierto que la acusa el sindicato Manos Limpias pero todos sabemos el recorrido que tendrá esta acusación. Otra cosa es que seguramente será condenada en el juicio como responsable civil a título lucrativo y deberá devolver el dinero presuntamente sustraído por su marido del que ella se ha beneficiado.

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