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Consumo de cannabis El Gobierno lleva al Constitucional la ley catalana que regula el consumo de cannabis

El Consejo de Ministros aprueba interposición de recurso de inconstitucionalidad en relación con la Ley de Catalunya 13/2017 de las asociaciones de consumidores de cannabis, que el Parlament aprobó el pasado 28 de junio.

La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. EFE/Zipi

EUROPA PRESS

El Gobierno va a recurrir ante el Tribunal Constitucional la Ley de asociaciones de personas consumidoras de cannabis aprobada por el Parlament catalán el pasado mes de junio. Y, solicitará que, cuando se admita el recurso, se suspenda cautelarmente.

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes la interposición de recurso de inconstitucionalidad en relación con la Ley de Catalunya 13/2017, de 6 de julio, de las asociaciones de consumidores de cannabis, que el Parlament catalán aprobó el pasado 28 de junio con los votos a favor de todos los grupos, el rechazo del PP y la abstención del diputado no adscrito Germà Gordó.

El Ejecutivo considera que esta Ley vulnera competencias exclusivas del Estado, en particular, la competencia en materia de legislación penal, las bases y coordinación general de la sanidad, así como la legislación sobre productos farmacéuticos, la seguridad pública y las relaciones internacionales, por afectar a los convenios internacionales suscritos por España.

En este sentido, estima que Catalunya carece de competencias para la aprobación de una norma con este contenido "que no puede ampararse ni en el derecho de asociación, ni en la protección de los consumidores, ni en la protección de la salud, y que trata de regular y dar amparo legal a actividades que están tipificadas como delito en el Código Penal. Este texto legal --añade-- ignora totalmente las competencias exclusivas del Estado, así como de la normativa internacional y estatal vigente".

El Gobierno invoca asimismo el artículo 161.2 de la Constitución para que el Tribunal Constitucional suspenda cautelarmente la aplicación de la norma de Catalunya, como ya ocurrió con los recursos interpuestos previamente contra la Ley navarra reguladora de clubes cannábicos y con un artículo de la Ley de atención integral de adicciones y drogodependencias del País Vasco con la misma finalidad.

Regulación de clubes

La Ley de las asociaciones cannábicas es fruto de una Iniciativa Legislativa Popular (ILP) que comenzó a tramitarse la pasada legislatura y regula estos clubes para que sean asociaciones sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, que se autoabastecen y distribuyen cannabis entre sus asociados, todos ellos mayores de edad que consumen en ámbito privado, ya sea con finalidad lúdica o terapéutica.

Además, establece las condiciones para que se puedan constituir, los derechos y los deberes de los socios y los requisitos para hacerse, estipula mantener un libro de registro, trata la producción y el almacenamiento, el transporte y la distribución y limita la publicidad.

También regula el número de miembros y el consumo máximo mensual que fija en sesenta gramos al mes por asociado; los cultivos y el transporte; todos estos puntos estaban hasta la fecha en un vacío legal que ahora se ha regulado para dar cobertura legal a los más de 400 establecimientos que hay en Catalunya, según Mossos d'Esquadra.

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