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Operación Nazarí Granada dejó de ingresar 500.000 euros por una infracción urbanística en un inmueble del exalcalde, hoy imputado

El cambio de criterio de los técnicos municipales permitió que la comunidad en la que participaban José Torres Hurtado y también Isabel Nieto Pérez, exconcejala de Urbanismo, no pagase una sanción. Estas modificaciones se justificaron con informes jurídicos emitidos días después, según señala un nuevo informe de la UDEF

El exlacalde de Granada, José Torres Hurtado, en una imagen de archivo. EFE

El Ayuntamiento de Granada dejó de cobrar 489.389,54 euros que debía pagar la comunidad de vecinos en la que residía el  entonces alcalde del PP José Torres Hurtado, hoy investigado en la Operación Nazarí y fuera ya del poder. Un cambio en el criterio de los técnicos municipales impidió que el Consistorio cobrara una sanción que serviría para solventar las irregularidades producidas en la construcción del inmueble en el que también residía la exconcejala de Urbanismo Isabel Nieto Pérez, también investigada por la misma trama de corrupción. Todo ocurrió días antes de las elecciones locales de 2015

En su lugar, el Ayuntamiento sólo impuso la sanción de 46.045 euros a la comunidad, que también actuaba como promotora de dicha construcción, situada en la céntrica calle Obispo Hurtado. Varias instancias del inmueble superaban la edificabilidad permitida en metros de altura por la normativa granadina. Todo esto se desprende de un informe de la Unidad de Delitos Económicos y Fiscales (UDEF) de la Policía Nacional redactado a raíz de las actuaciones judiciales y las incautaciones documentales durante la causa que se abrió en abril de 2015. Público ha tenido acceso a este texto, fechado el día 9 de este mismo mes y que ha sido aportado al Juzgado de Instrucción número 2 de Granada, que instruye esta causa.

La comunidad de vecinos estaba compuesta por Torres Hurtado, su hermano y la concejala de Urbanismo —entre otras personas—, y compró en 2012 una parcela a la congregación religiosa de las Siervas del Evangelio. En un primer permiso de obras, el solar albergaría un bloque de 28 viviendas, aunque finalmente sólo se levantaron 22 junto a garajes y locales comerciales gracias a la redacción de un nuevo proyecto. La disminución en el número de apartamentos podría explicar la variación de altura en cuanto al proyecto original.

Criterios adelantados a la asesoría jurídica

En apenas dos semanas, del el 7 al 21 de mayo de 2015, el Ayuntamiento de Granada emitió tres informes con distintos cálculos de la indemnización sustitutoria que la promotora del excalcalde y la exconcejala debería sufragar para regularizar la situación de la finca. Este tipo de sanción se aplica cuando no se cumple una obligación principal, en este caso la de respetar la altura interior del inmueble. En un primer momento el montante que tenía que desembolsar la comunidad de vecinos ascendía a los 489.389,58 euros. En un segundo cálculo realizado tan sólo seis días después, la cifra se redujo hasta los 358.509 euros.

A tres días de las elecciones municipales, el 21 de mayo, un tercer y último informe del Consistorio "no hace cálculo alguno" de esta cifra. Esto sorprende a la UDEF, ya que el documento estaría aplicando un "nuevo criterio" que aún "no había sido emitido desde la Asesoría Jurídica" de la administración municipal. En otras palabras: el Consistorio había desestimado hacer el cálculo esgrimiendo un argumento técnico que se conoció cinco días después mediante un informe jurídico fechado el 28 del mes.

Por este motivo, a la comunidad solo se le interpuso una sanción urbanística de 46.045 euros. Según el relato policial, dicho importe "no tiene nada que ver con la posible indemnización sustitutoria que pudiera corresponder en su caso", y que nunca llegó a efectuarse, ya que según informes municipales el exceso de edificación tampoco significó un incremento de la superficie construida del edificio, sino que "se ha transformado lo correspondiente a escaleras en plazas de garajes adicionales".

Burocracia exprés

El informe policial también reseña que "este nuevo cambio de criterio [...] se produzca y coincida" con la tramitación de la licencia de primera ocupación que solicitó la comunidad de vecinos de Hurtado y Nieto. La licencia se dio el 29 de mayo, cinco días después de las elecciones locales, con la firma de un concejal en funciones. En palabras de los agentes: "Es por tanto extraño que se produzca dicha firma del decreto con un concejal en funciones, cinco días después de las elecciones municipales, y tramitando varios informes de distintas áreas en dos o tres días, lo que posiblemente indica una cierta premura en que la citada licencia fuera concedida lo antes posible". Por otro lado, el informe no puede determinar "qué estaría provocando esta premura".

El documento también se detiene en la concejala Nieto Pérez, y señala cómo la edil presidió en abril una Comisión Técnica Municipal de Urbanismo, su área. Nada extraordinario, de no ser porque en la misma se aprueban varios expedientes relacionados con el bloque de Torres Hurtado y de la propia Nieto. “Debido a sus intereses personales en dicha edificación, posiblemente debía haberse abstenido de participar en la misma”, zanja la UDEF.

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