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Accidente tren Alvia El juez cita como investigados al jefe de seguridad de Renfe y tres miembros de la consultora Ineco por el accidente del Alvia

La evaluación de los riesgos de la línea donde se produjo el siniestro era también responsabilidad de la compañía de ferrocarriles y de la consultora. En concreto, investiga la desconexión del sistema automático de frenado ERTMS

Manifestación de las víctimas del accidente de Alvia /EUROPA PRESS

JULIA PÉREZ

El juez que instruye la causa por el accidente del tren Alvia que causó 80 muertos en julio de 2013 en Angrois (Santiago) ha citado como investigado (antiguo imputado) al director de seguridad en la circulación de Renfe, Antonio Lanchares, y a tres miembros de la consultora Ineco (cuyo accionariado se lo reparten Enaire, Adif y Renfe) que realizaron un informe de evaluación de la línea en la que se produjo el siniestro.

Así lo ha acordado el titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Santiago, Andrés Lago, en un auto dictado este viernes al que ha tenido acceso Público.

De esta forma, son seis ya los investigados por el siniestro, al sumarse estos cuatro al maquinista Francisco Garzón Amo y al jefe de seguridad de Adif, Andrés Cortabitarte.

El magistrado Lago pidió identificar a estas cuatro personas de seguridad el pasado 15 de septiembre a la operadora ferroviaria y la abogada del Estado (en nombre de la empresa de consultoría).

Ahora, cita como investigados a estas cuatro personas. El magistrado tomará declaración el día 7 de noviembre a las 9,30 horas a Antonio Lanchares, el jefe de seguridad de Renfe. Ese mismo día. a las 12,00 horas, declarará Laura L., de Ineco. .

Para el día 8 llama a los otros dos autores del informe de evaluación de la línea donde se produjo el siniestor. A las 9,30 horas declara Salvador A. y a las 12,00 horas, comparecerá como investigado Jorge M.

Estas nuevas imputaciones llegan después de la comparecencia del jefe de seguridad de Adif, Andrés Cortabitarte, de cuya declaración "se infiere" que "la tarea de evaluación de riesgos previa a la puesta en funcionamiento de la línea no era una competencia exclusiva de Adif, sino compartida con la operadora ferroviaria", según el magistrado.

El juez considera "imprescindible" recabar la declaración del director de seguridad en la circulación de Renfe, teniendo que esta compañía "en caso de advertir alguna situación de riesgo, podría incluso cuestionar u oponerse a la emisión del preceptivo certificado de seguridad que habría de emitir la Dirección de Seguridad en la Circulación de Adif".

Ello, añade, "sitúa a Antonio Lanchares en situación equiparable a la del propio Cortabitarte, de tal modo que cualquier posible defecto en la evaluación de riesgos que pudiere tener incidencia causal en la generación del siniestro sería corresponsabilidad de ambos".

Por ello le llama a declarar en calidad de investigado, y también sin "obviar" que Lanchares fue quien solicitó "la desconexión del ERTMS", que fue autorizada "el mismo día" por Cortabitarte "sin que conste que, con carácter previo, se hubiere realizado una previa evaluación del riesgo". Si bien esta medida se preveía temporal, tal y como destaca el juez, "a la postre se mantuvo" y estaba vigente en el momento del accidente.

¿Fue correcta la evaluación del riesgo?

El juez Lago expone que "no es este todavía el momento de valorar qué incidencia causal pudo tener" la desconexión del ERTMS embarcado, pero sí ve "necesario esclarecer si tal decisión fue precedida o no de una correcta evaluación de los riesgos". "Particularmente", según agrega, "a la hora de conjurar el riesgo de descarrile por exceso de velocidad o descuido del maquinista".

Respecto a los técnicos de Ineco, el juez los cita en calidad de investigados "inicialmente" y "para salvaguardar su derecho de defensa".

"Según se desprende de la declaración de Cortabitarte, la función de tales técnicos no se limitaba a una mera función auditora exenta de capacidad decisoria o propositiva -explica el juez-, sino que eran dichos técnicos los encargados de efectuar la evaluación de riesgos y, en caso de resultar alguno que no fuera despreciable, comunicar a Adif las medidas necesarias para conjurar el mismo".

También señala que el responsable del administrador ferroviario expuso que, en los contratos entre Adif e Ineco, era esta última la que tenía la competencia de "realizar un análisis del registro de situaciones de peligro resultante así como de las medidas adoptadas para la reducción de riesgos o su eliminación, haciéndolos tolerables para la administración".

Por otra parte, el juez admite que Renfe aporte la documentación solicitada por la defensa del maquinista. al mismo tiempo, ordena una comisión rogatoria a la Agencia Ferroviaria Europea para que remita el informe que el juez requirió con el fin de aclarar una serie de cuestiones sobre el accidente.

Por último, no estima "procedente de momento" la petición de QBE, la aseguradora de Renfe, que había solicitado que prestase fianza Allianz para asegurar las responsabilidades pecuniarias que pudiesen declararse.

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