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El juez Pedraz archiva la querella contra el concejal Guillermo Zapata: sus tuits eran humor negro

El mensaje que escribió sobre Irene Villa se integra en la libertad de expresión, ella lo entiende como un chiste y su proceder no responde a una conducta "especialmente perversa" que exige la ley para procesarlo, según el magistrado

El concejal Guillermo Zapata cuando anunció su dimisión como concejal de Cultura del Ayuntamiento de Madrid. /EFE

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MADRID.- El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha acordado el archivo de la querella presentada por Dignidad y Justicia contra Guillermo Zapata por un delito de humillación a las víctimas del terrorismo o de sus familiares. El juez central de instrucción 1 asume en un auto que los mensajes de Zapata difundidos por Twitter eran "humor negro", que está amparado por la libertad de expresión. La conducta imputada al concejal del ayuntamiento de Madrid no fue "especialmente perversa" y es "de todo imposible incardinarla en precepto penal alguno".

Pedraz explica en un auto las razones por las que archiva la querella: Irene Villa alegó en un escrito al juzgado que los consideraba "chistes" de "humor negro". Villa sufrió amputación de sus piernas y de varios dedos en un atentado terrorista.

La querella de la Fiscalía se centró en dos mensajes de Zapata emitidos hace cuatro años: 
"¿Cómo meterías a cinco millones de judíos en un 600? En el cenicero" y "Han tenido que cerrar el cementerio de las niñas de Alcaser (sic) para que no vaya Irene Villa a por repuestos".

El juez archiva la querella porque considera que no existe reproche penal, ni su conducta fue "especialmente perversa" como exige la ley, una vez estudiado el caso, el escrito recibido de la afectada y la personación en tiempo y forma del imputado, Guillermo Zapata.

"De seguir con la causa", y en concreto tomar declaración a Zapata "solo supondría un plus de perjuicio moral para el mismo (pena de telediario, pena de paseillo, etc.)", explica el juez en relación a la pena adicional que supone la sobreexposición mediática de los encausados en un proceso penal de impacto ante la sociedad.

Villa convive desde la infancia con estos chistes

En un escrito enviado al juzgado el pasado 30 de junio, Irene Villa explica que los "chistes" de Zapata "no han afectado a su persona, ni le han causado ninguna humillación". Agrega que ha convivido "desde el atentado terrorista con este tipo de humor negro que he entendido desde mi infancia como una expresión de la gran gravedad de los hechos en los que sin quererlo me vi implicada, y no como una falta de respeto o humillación hacia mi persona".

Villa solicitaba además al juez que le eximiera de comparecer como testigo el 7 de julio al encontrarse de baja maternal, encontrarse en esa fecha fuera de Madrid y porque "le afectaría a su situación anímica y al estado de lactancia".

Pedraz analiza en su auto los requisitos del artículo 578 del Código Penal, que castiga a quien menosprecia o humilla a las victimas, persiguiendo conductas especialmente perversas y que exigen un ánimo directo de desprestigiar o rebajar la dignidad de las víctimas, Pedraz concluye que el tuit investigado "no integra ni una conducta especialmente perversa ni se da el dolo específico, ni además se ha humillado a la víctima, como así afirma Doña Irene Villa".

Humor negro que causa perplejidad o indignación

El juez encuadra ese tuit como lo calificó la propia testigo como chiste de " humor negro", cuyo animo es muy distinto al de desprestigiar o rebajar la dignidad de las víctimas. Pedraz reconoce que este tipo de humor puede causar perplejidad o indignación en un amplio sector social, sobre todo en aquel a quien ha afectado el terrorismo, " y como en el caso de la asociación Dignidad y Justicia que defiende intereses legítimos de víctimas del terrorismo". Esa "perplejidad e indignación es la base" en la que se sustenta el Ministerio Fiscal para apreciar la posible existencia del delito.

El juez recuerda que el legislador en estos casos no ha contemplado que esa perplejidad e indignación merezca un reproche penal. El legislador no ha querido penalizar el “humor negro”, a causa del ejercicio del derecho a la libertad de expresión como por el principio
de intervención mínima del derecho penal.

Derecho penal del enemigo

Santiago Pedraz recuerda que basta acudir a un buscador de internet para encontrar miles de chistes idénticos o parecidos desde hace bastante tiempo, sin que conste antecedente alguno de que la Audiencia Nacional haya incoado una causa "y desde luego lo que no puede hacerse es perseguir solo a determinadas personas y no a otras ( derecho penal del enemigo) como parece acontecer en este caso".

De perseguirse esta conducta, añade el juez, se tendrían que perseguir todos los chistes similares, en una " pendiente resbaladiza" donde cualquier persona o colectivo podría denunciar chistes de humor negro sobre determinadas materias que les pueda afectar. Una dinámica que entraría en colisión con la libertad de expresión, con el principio de intervención mínima y que provocaría un derecho penal del enemigo, "desde luego una amenaza para los principios y garantías del Estado de Derecho", argumenta Pedraz. Visto el archivo de la causa el juez estima inoperante llamar a Zapata a declarar.

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