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La Justicia considera que Rosell no intervino en la instrucción del caso que se investigaba en su juzgado

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha archivado la denuncia del exministro José Manuel Soria contra la juez y exdiputada de Podemos por supuesto cohecho, retraso malicioso y prevaricación en la instrucción de la causa contra el empresario Ramírez.

La magistrada Victoria Rosell denuncia la persecución que sufre.

MADRID.- La magistrada de la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), Margarita Varona, considera que la juez y exdiputada de Podemos, Victoria Rosell, no intervino en la instrucción de la causa investigada en su juzgado. En concreto, la compra del empresario Miguel Ángel Ramírez, presidente de la UD Las Palmas, de una licencia de radio a la pareja de la juez, Carlos Sosa, después de que la propia Rosell diera el salto a la política con Podemos.

Al no existir delito en la actuación de Rosell como titular del juzgado de instrucción 8 de Las Palmas, Margarita Varona archivó el pasado viernes la denuncia del exministro popular de Industria, Energía y Turismo, José Manuel Soria, contra Victoria Rosell, por los presuntos delitos de injurias y calumnias, retardo malicioso en la Administración de Justicia, prevaricación y cohecho en la instrucción de la causa contra el empresario Miguel Ángel Ramírez.

En el auto, la magistrada sostiene que "no queda acreditado que en el brevísimo lapso de tiempo transcurrido entre la fecha de inicio de las conversaciones (ce compra de la licencia) entre las partes para la posterior suscripción del contrato y la fecha en que se confiere la excedencia voluntaria a la Sra. Rosell, ésta hubiera intervenido en la instrucción favoreciendo o perjudicando al investigado Sr. Ramírez".

Asimismo, la jueza instructora añade que "no se acredita que Rosell hubiera tenido conocimiento si quiera de tales negociaciones previas". En consecuencia, tampoco  se aprecia que Rosell se haya beneficiado de las relaciones comerciales entre su pareja y el empresario.

Varona insiste en que no se define una concreta conducta prevaricadora, ni se determina las resoluciones injustas dictadas por la magistrada querellada.

La magistrada recuerda que se aprecia un retardo en la instrucción de las diligencias previas o una instrucción desordenada, en palabras del letrado que testificó esta instrucción. Sin embargo, "no se evidencia que tal retraso sea malicioso o provocado para conseguir cualquier finalidad ilegítima", señala.

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