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El nuevo Código prevé cárcel por no vigilar a un tesorero corrupto

Castigará con hasta un año de prisión al 'representante legal o administrador' de un partido político o empresa que no tome medidas de control de esos delitos

ANDRÉS MUÑIZ

Desentenderse del control y vigilancia de las actividades delictivas de un tesorero dejará de ser impune para los partidos políticos. El Proyecto de Código Penal, impulsado por el ministro Alberto Ruiz-Gallardón y que recibió este viernes el visto bueno del Gobierno de Rajoy, incluye un artículo que, según señalaron fuentes de Justicia, es aplicable al 'representante legal o administrador' de un partido político que no establezca medidas diligentes contra esas actividades delictivas de subordinados. Se castiga con entre 3 meses y 1 año de cárcel.

El nuevo artículo 286 seis del Proyecto de Código --que en ningún caso podrá aplicarse a situaciones pasadas, aunque evocan a personajes como Bárcenas y sus jefes en el PP-- persigue 'al representante legal o administrador de hecho o de derecho de cualquier persona jurídica o empresa, organización o entidad que carezca de personalidad jurídica, que omita la adopción de las medidas de vigilancia o control que resultan exigibles para evitar la infracción de deberes o conductas peligrosas tipificadas como delito, cuando se dé inicio a la ejecución de una de esas conductas ilícitas que habría sido evitada o, al menos, seriamente dificultada, si se hubiera empleado la diligencia debida'.

Fuentes de Justicia admitieron este viernes que el artículo, pensado para los incumplimientos del deber de vigilancia y control en personas jurídicas y empresas, incluye a los partidos políticos. Y se extendería al caso de un tesorero corrupto. El PP, por ejemplo, tiene actualmente a tres extesoreros imputados (Luis Bárcenas, Angel Sanchis y Alvaro Lapuerta). 

El nuevo artículo añade que 'dentro de estas medidas de vigilancia y control se incluye la contratación, selección cuidadosa y responsable, y vigilancia del personal de inspección y control'.

El Código Penal no ha entrado a concretar el delito específico de financiación ilegal de partidos políticos anunciado en agosto por el presidente Rajoy, ni otras materias como el tráfico de influencias o el cohecho, que el Gobierno ha decidido negociar aparte con el resto de fuerzas parlamentarias dentro del paquete de medidas anticorrupción que han anunciado también este viernes.

En el Código sí han recogido un aumento considerable de las penas previstas para el delito de malversación de caudales públicos, que en su modalidad más grave (cuando se han malversado más de 250.000 euros) prevé una condena de hasta 12 años de prisión. Además, no es sólo punible el desviar el sustraer el dinero, sino también la firma de contratos por servicios inútiles o que no acaban de prestarse.

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