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Otros cinco ‘narcos' pueden quedar hoy en libertad gracias al Gobierno del PP

J.P.

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional estudiará este viernes dos cuestiones consecuencia de la reforma de la justicia universal: si debe continuar abierto el ‘caso Couso' y si tiene que excarcelar a otros cinco narcotraficantes extranjeros detenidos en aguas internacionales.

Nuevamente, el Pleno deliberará un recurso de queja interpuesto por la Fiscalía contra la decisión del juez instructor Santiago Pedraz, quien ha resuelto que seguirá instruyendo el caso de la muerte del cámara José Couso, acaecida en Irak en 2003. Pedraz defiende que prevalece el Convenio de Ginebra sobre la protección de las personas civiles en tiempo de guerra y la persecución de los delitos cometidos contra ellas. Un tratado internacional, a su juicio, es de obligado cumplimiento y se sitúa por encima de la reforma de la ley española que hizo el PP con la limitación de la justicia universal.

En cambio, la Fiscalía sostiene que es la Sala de lo Penal, y no el juez de instrucción, la que debe decidir sobre si archiva o no una causa, tal y como dispone la disposición transitoria de la reforma del PP, o si cabe recurso de inconstitucionalidad contra esa disposición.

La Sala también tiene que resolver, además, sobre la excarcelación de cinco presuntos narcotraficantes extranjeros que fueron detenidos en marzo de 2013 en aguas internacionales con 1,7 toneladas de cocaína y que pueden verse beneficiados tras la limitación de la justicia universal.

Si así ocurriera, serían ya 58 los supuestos ‘narcos' que han quedado libres con la reforma del Gobierno. La modificación del artículo 23.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial redujo la competencia de los Juzgados y Tribunales a los casos que afecten a España, a españoles o a delitos cometidos en el territorio del país. Esto es, los jueces sólo son competentes si los detenidos son nacionales o la droga tiene como destino este país, según la modificación exprés impulsada por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón.

Así lo entendió el pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que lleva ya 47 supuestos ‘narcos' liberados por esta razón. A esta cifra hay que sumar otros seis supuestos narcotraficantes puestos en libertad recientemente por el juzgado de instrucción 3 de Las Palmas, que habían sido procesados allí por llevar 486 kilos de cocaína cuando fueron detenidos en aguas internacionales del Atlántico.

Los cinco marineros que pueden quedar hoy libres -cuatro brasileños y un coreano- conformaban la tripulación del barco Pacífico, de bandera panameña, abordado el 15 de marzo de 2013 a 700 millas al suroeste de la isla de Cabo Verde. Transportaban 1,7 toneladas de cocaína, droga que hubiera alcanzado un valor de 60 millones de euros. Fueron detenidos por Especialistas del Grupo Especial de Operaciones (GEO), en una operación conjunta con las policías de Portugal y Gran Bretaña.

La Sala de lo Penal también resolverá un recurso de la Fiscalía Antidroga contra la decisión del juez central de instrucción Ismael Moreno de excarcelar a cuatro supuestos ‘narcos' turcos apresados en un barco pesquero fuera de las aguas territoriales españolas con 12 toneladas de hachís.

El primer caso de excarcelaciones adoptado por la Audiencia Nacional ya van a desembocar al Tribunal Supremo. La Fiscalía ha interpuesto un recurso de casación contra la liberación de 13 supuestos narcos -otro más era menor de edad-, detenidos el 31 de mayo de 2013 a bordo de un barco sin nombre ni pabellón con 16 toneladas de hatchis. El barco se encontraba en aguas internacionales del Mar de Alborán (35° 53' N y 003° 38' W). Es una zona marítima situada entre las costas españolas y las marroquíes y argelinas, y comprende una de las rutas del tráfico de drogas internacional del Mediterráneo.

La Fiscalía sostiene que siempre ha defendido la competencia de la jurisdicción española para perseguir y juzgar estos delitos, ante cualquiera de las reformas sobre la justicia universal emprendidas hasta ahora. Incluso, asegura, la modificación introducida por el PP 'ha afirmado más claramente dicha competencia que, como hemos dicho, no resultaba tan evidente de la simple redacción literal de la reforma de 2009'.

El ministerio público argumenta ante el Supremo que la decisión de la Audiencia Nacional no fue acorde con la Constitución y los tratados internacionales.

A juicio de la Fiscalía, la competencia de la justicia española está contemplada en el primer párrafo del artículo reformado (el 23.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial). Y considera suficiente que los tratados internacionales 'autoricen al Estado a actuar y a declarar dicha competencia, como sucede con los artículos 4 y 17 de la Convención de Naciones Unidas contra la droga de 1988', para que se pueda juzgar en España a los narcotraficantes detenidos.

'Si un Estado puede solicitar la colaboración de otros para poner término a la utilización de un barco sin pabellón o matrícula en el tráfico de drogas, puede también adoptar contra éste las mismas medidas para las que tiene competencia en relación con los que enarbolan su pabellón; y, si esto es así, puede asumir la competencia para el enjuiciamiento', sostiene el recurso de la Fiscalía ante el Supremo. Lo contrario, no es acorde con el artículo 96.1 de la Constitución y la Convención de Naciones Unidas contra la droga de 1988.

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