Público
Público

Propiedades de la Iglesia Un juzgado avala que los ayuntamientos reclamen la titularidad de las catedrales

Resuelve que el consistorio zaragozano tiene “derechos o intereses legítimos” para hacerlo y cita al arzobispado y a tres parroquias a un acto de conciliación sobre la propiedad de La Seo, dos templos mudéjares y otro barroco.

Catedral de San Salvador o la Seo de Zaragoza

La justicia ha reconocido al Ayuntamiento de Zaragoza “derechos o intereses legítimos” para combatir la anotación de la catedral de La Seo a nombre del arzobispado de la capital aragonesa y para reclamar su titularidad pública. Y la iglesia católica admite de hecho y de derecho esa legitimación al no impugnarla.

Eso abre la puerta a que las administraciones, y especialmente los consistorios, puedan entablar pleitos para reclamar la adscripción formal al dominio público de esos edificios, normalmente declarados monumentos o bienes de interés cultural y rehabilitados mediante inyecciones millonarias de dinero institucional.

El Ayuntamiento de la capital aragonesa ha sido el primero de España en disputarle la titularidad de una catedral a la Iglesia. En este caso, el litigio, aprobado en pleno por Zaragoza en Común (ZeC), PSOE y Cha a propuesta de esta última formación, con la oposición del PP y la abstención de C’s, incluye otra joya del arte mudéjar como la iglesia de La Magdalena, y dos templos barrocos con elementos mozárabes como San Juan de los Panetes y Santiago el Mayor, cuya titularidad anotaron a su nombre a finales de los años 80 el arzobispado y las tres parroquias.

El Juzgado de Primera Instancia número 21 de Zaragoza ha convocado para las 9.15 horas de este miércoles un acto de conciliación entre la archidiócesis y las parroquias de La Magdalena, San Juan de los Panetes y Santiago el Mayor, por una parte, y el ayuntamiento, por otra, en la que este les propone que reconozcan que carecen de documentos que les atribuyan, respectivamente, la propiedad de la catedral y de esas iglesias parroquiales; que admitan que los alegados en su día para inmatricular los edificios a su nombre son nulos y, por último, que acepten anular esas inscripciones privativas realizadas hace casi tres décadas.

La prueba diabólica y la confesión

En caso de que arzobispado y parroquias se hubieran avenido pacíficamente a las pretensiones del ayuntamiento, habría comenzado el proceso para que los templos pasaran a ser de dominio público.

Sin embargo, al haber ocurrido lo contrario y persistir la desavenencia, el resultado fallido del acto de conciliación abre un plazo de treinta años en el que ninguna de esas instituciones eclesiásticas podría ser declarada formalmente como propietaria de los edificios y en el que tanto el consistorio como otras administraciones podrían presentar demandas civiles para reclamar su titularidad pública.

La papeleta de conciliación, en cualquier caso, incluye una maniobra estratégica conocida en el argot jurídico como “prueba diabólica”: plantea que el arzobispado y las parroquias admitan que carecen de títulos de dominio sobre los templos, algo que estos reconocen explícitamente en los certificados por los que inmatricularon La Seo, San Juan y Santiago, lo que les traspasa la obligación de probar que algún día fueron los dueños, ya que admitir que lo son por usucapión (prescripción adquisitiva por posesión pacífica) equivaldría a confesar que nunca lo fueron.

“Reúne los requisitos”

El acto de conciliación ha sido convocado mediante un decreto del secretario del juzgado (letrado de la Administración de Justicia) que afirma que el ayuntamiento “reúne los requisitos de capacidad, representación y postulación procesales necesarios” para pleitear por los templos y que “tiene legitimación” para hacerlo. Ni el arzobispado ni las parroquias lo han impugnado.

La resolución cita expresamente los artículos de la Ley de Enjuiciamiento Civil y la de Jurisdicción Voluntaria que habilitan para pleitear a “quienes sean titulares de derechos o intereses legítimos o cuya legitimación les venga conferida legalmente sobre la materia que constituya su objeto”.

El decreto judicial cierra así la polémica que el PP local intentó impulsar con una particular interpretación de un informe de los Servicios Jurídicos municipales que, en realidad, concluye que “la legalidad” de la inmatriculación “puede ser cuestionada” porque “vulneró la excepción prevista” en la ley para los templos dedicados al culto y propone que el consistorio reclame la intervención de los gobierno autonómico y central para “averiguar el modo y manera en que la realidad de la propiedad justifica las irregulares inscripciones de 1987”.

La soledad del PP

Los conservadores se quedaron solos en el último pleno en su intento de forzar al ayuntamiento a desistir del pleito alegando que “carece de competencia para ello y solo supondrá un gasto y un uso de recursos públicos absurdos para sostener una falsa polémica con la que se busca el objetivo partidista de despertar una confrontación social estéril”. ZeC, PSOE y Cha rechazaron la moción, ante la que se abstuvo C’s.

El arzobispado, que ya había intentado sin éxito anotar a su nombre la propiedad de La Seo a principios del siglo pasado, mantiene su cruzada judicial contra la iniciativa del Ayuntamiento de Zaragoza.

De hecho, ha presentado un recurso contencioso administrativo contra el acuerdo por el que la Junta de Gobierno local ordenó a los Servicios Jurídicos municipales entablar el pleito por la titularidad de los templos inmatriculados, tal y como había acordado previamente el pleno. La archidiócesis pide suspender esa resolución.

¿Te ha resultado interesante esta noticia?

Más noticias