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El Constitucional anula la ley catalana que prohíbe la corrida de toros

El TC considera que invade la competencia del Estado porque declaró la tauromaquia patrimonio cultural, aunque Catalunya tenga competencias para proteger a los animales y regular los espectáculos públicos.

Manifestantes muestran su alegría tras la aprobación en el Parlament catalán de la Iniciativa Legislativa Popular (ILP) a favor de la supresión de los festejos taurinos en Catalunya. Archivo/EFE

JULIA PÉREZ

MADRID.- MADRID.- Casi cinco años después de su entrada en vigor, el Tribunal Constitucional ha anulado la ley catalana que prohíbe las corridas de toros en dicha comunidad autónoma porque invade competencias estatales en materia de cultura, según fuentes jurídicas.

El Tribunal Constitucional ha anulado el artículo 1 de la ley catalana de abolición de las corridas de toros porque invade la competencia del Estado ya que éste declaró la tauromaquia como patrimonio cultural.

Nadie recurrió las dos
leyes que declararon
la tauromaquia como patrimonio cultural
de ámbito estatal 

Las mismas fuentes sostienen que el TC confirma que Catalunya tiene competencia para proteger a los animales y regular los espectáculos públicos. La competencia sobre espectáculos públicos, podría incluir la prohibición de las corridas con el fin, como es el caso, de proteger a los animales.

Sin embargo, el Constitucional explica en su sentencia que Estado dictó dos leyes que declararon la tauromaquia como patrimonio cultural inmaterial. Por ello, las corridas de toros pasaron a ser competencia estatal en materia cultural. Estas leyes, de 2013 y 2015, no fueron recurridas al Tribunal Constitucional.

Por este motivo, la prohibición aprobada por el Parlament catalán invade competencias estatales en materia de cultura (al vulnerar el artículo 149 de la Constitución).

La ponente de la sentencia del TC ha sido Encarnación Roca, magistrada del Tribunal Supremo hasta que en el año 2012 fue elegida para el Constitucional.  Roca es catedrática de Derecho Civil y miembro de la Comisión Jurídica que asesora a la Generalitat y al Instituto de Estudios Catalanes.

Catalunya puede proteger a los animales y regular los espectáculos, pero no las corridas de toros porque son materia cultural del Estado

El Tribunal Constitucional ha tardado seis años en abordar este recurso de inconstitucionalidad contra la abolición de las corridas de toros que acababa de aprobar el Parlamento catalán. Fue interpuesto el 27 de Octubre de 2010, por setenta y dos senadores del Grupo Parlamentario Popular del Senado.

La ley 20/2010 fue aprobada por el Parlamento catalán en julio de 2010, como respuesta a una Iniciativa Legislativa Popular.  La prohibición de las corridas de toros en la comunidad catalana entró en vigor el 1 de enero de 2012 y ha estado vigente hasta ahora.

Esta aprobación movilizó al mundo taurino, que reclamó blindar la tauromaquia. A través de otra Iniciativa Legislativa Popular, los aficionados a los toros consiguieron que el PP en el Senado protegiera la tauromaquia en todo el territorio nacional al declararla Patrimonio Histórico Cultural por medio de la Ley 18/2013, de 12 de Noviembre.

La cultura, como deber y atribución esencial del Estado

El TC considera que la norma catalana vulneró la Constitución en tres apartados del artículo 149 de la Constitución.

En concreto, el Parlament vulneró artículo 149.2, que establece que "sin perjuicio de las competencias que podrán asumir las Comunidades Autónomas, el Estado considerará el servicio de la cultura como deber y atribución esencial y facilitará la comunicación cultural entre las Comunidades Autónomas, de acuerdo con ellas."

También colisiona con el artículo 149.1 (atribuye al Estado la "regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles" en el ejercicio de sus derechos y deberes) y el 149.1.28 (que sitúa en el ámbito estatal "la defensa del patrimonio cultural, artístico y monumental español contra la exportación y la expoliación; museos, bibliotecas y archivos de titularidad estatal, sin perjuicio de su gestión por parte de las Comunidades Autónomas").

Críticas a la sentencia

Por su parte, la directora de Programas Internacionales de PETA, Mimi Bekhechi, ha asegurado que "hoy es un día negro para Catalunya tanto para la decencia común como para los toros, quienes nuevamente podrán ser aterrorizados y torturados en nombre de la llamada tradición". Y ha añadido que "el Tribunal Constitucional de España ha minado la voluntad de la mayoría de los catalanes, que no quieren tener nada que ver con espectáculos sangrientos con toros en los que los animales son reiteradamente alanceados y apuñalados hasta su muerte. Las corridas de toros deben terminar, no porque la ley lo exija, sino porque es lo correcto".

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