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"El TC está incómodo al tener que resolver un conflicto que es político"

ANNA FLOTATS

Joan Ridao (Rubí, Barcelona, 1967) dejó de ser portavoz de ERC en el Congreso hace tres años y, como miembro del Consell de Garanties Estatutàries de Catalunya, se abstiene de opinar sobre política. Aun así, acaba de publicar El derecho a decidir. Una salida para Cataluña y España (RBA), donde analiza las causas del proceso soberanista en Catalunya, el conflicto con el Gobierno central y las experiencias de otros países en el desarrollo del derecho a decidir. Un fenómeno, explica, que a pesar de no estar presente en ninguna constitución, se ha 'juridificado' en los últimos 20 años.

¿Qué cree que va a pasar el 9-N?

La sociedad civil y el Gobierno catalán exhiben una determinación muy clara de realizar este proceso participativo que, por cierto, tiene una naturaleza altamente simbólica. La providencia del Tribunal Constitucional, a pesar de decretar la suspensión, no contiene ningún requerimiento feaciente que deba atender el Govern. El TC se ha inhibido ante la petición que le hace el Gobierno, entre otras cosas, porque entiende que éste es un conflicto político. Se siente incómodo ante la necesidad de resolver con normas jurídicas un conflicto de esencia eminentemente política. Ya lo hizo el 25 de abril, en otra sentencia, la 42/2014, que tenía que ver con la declaración de soberanía, en la que emplazaba a los partidos a resolver políticamente esta cuestión, que no es estrictamente jurídica. Por una parte, la providencia es un tipo de resolución puramente formal, de admisión a trámite. Por otra, la impugnación no es un auto. No resuelve un incidente ni es una sentencia que resuelve el fondo del asunto. Además, no contiene un requerimiento concreto, por tanto, difícilmente se puede hablar de desobediencia. Desde este punto de vista, los actos que se lleven a cabo este domingo difícilmente puedan tener trascendencia jurídico-penal. Todo el mundo sabe, además, que este proceso no va a acabar el 9-N, sino que va a perpetuarse en los próximos meses. Por otra parte, no creo que nadie tenga interés en convertir un proceso participativo, de carácter simbólico, en un problema de orden público.

¿Qué debería pasar entonces a partir del 10-N?

Eso corresponde a los políticos y a todos los partidos y entidades que auspician este proceso. En todo caso, lo que es evidente es que estamos en un escenario de bloqueo, de no negociación, y por tanto, a partir del domingo, evidentemente las fuerzas políticas y las entidades deberán decidir qué hacer. Un anticipo electoral en clave plebiscitaria, una declaración unilateral de independencia, aprovechar el resultado de las elecciones para realizar una consulta...

¿Qué escenario ve más factible?

Esto es una cuestión puramente política y, como miembro del Consell de Garanties Estatutàries, no me corresponde opinar sobre ello. Tengo criterio como cualquier ciudadano, pero no me corresponde. En cualquier caso, este escenario no nace de la nada, en Catalunya han pasado muchas cosas para que hoy estemos en esta situación.

¿Cuáles son las causas que han llevado a Catalunya hasta este punto? 

La primera es el encaje de Catalunya en España, que creo que ha llegado al límite y ha fracasado estrepitosamente porque el catalanismo político mayoritario, desde hace más de un siglo, había tenido como objetivo influir en la política y la economía española y tener un reconocimiento de su personalidad. Eso se ha traducido históricamente en distintas iniciativas, desde la primera República, la Mancomunidad, el estatuto del 32 e incluso del 79, pero culmina en el fracaso estatuario de 2005-2006 con la sentencia del TC, que lo que viene a decir es que no hay nada que encajar y no reconoce esa especificidad, ese carácter diferencial de Catalunya que se le reclamaba a través de la condición de nación, la distribución competencial, la cuestión de la lengua, etc.

En el caso de Quebec, sin embargo, sucedió todo lo contrario. La Corte Suprema de Canadá dijo que había que poner en el mismo plano que el orden constitucional interno algunos principios, como el principio democrático. Ahí es donde tiene origen el fundamento de lo que llamamos el derecho a decidir que, evidentemente, no existe como tal en ningún instrumento de derecho internacional, no es reconocido en la mayoría de constituciones pero, como dijo en su día la Corte de Canadá, esto no quiere decir que no tenga virtualidad. De hecho, el derecho a decidir fundado en el principio democrático ha tenido plasmaciones en el caso de Quebec y Escocia, con dos estados, Canadá y Reino Unido, que son homologables a España en cuanto a su tradición liberal democrática. Eso colisiona con una interpretación rígida e inflexible de la Constitución y ese es el origen del problema.

¿Cómo se supera este problema entonces?, ¿cómo se puede ejercer finalmente el derecho a decidir tras los vetos de Madrid?

En primer lugar, hay que dejar claro que para llegar hasta aquí, el fundamento jurídico del derecho a decidir ha intentado ejercerse en el marco constitucional interno español. No es que haya habido un salto cualitativo y se plantee la declaración del Parlament sin que antes se haya planteado una negociación para traspasar las competencias ejecutivas o para realizar un referéndum en Catalunya de ámbito territorial catalán pero no vinculante sobre su futuro político colectivo o sin que se haya promovido una ley de consultas no referendarias. Éste, por cierto, es un vehículo participativo distinto del referéndum porque no tiene garantías desde un punto de visto constitucional al que también se ha dicho que no. Se está insistiendo en que no es posible un proceso participativo de carácter puramente simbólico coejecutado por la gente y la sociedad civil. Se está diciendo que no a cualquier posibilidad de que el pueblo de Catalunya se pueda pronunciar sobre su futuro político colectivamente y, por tanto, eso nos lleva a un bloqueo.

'No creo que nadie tenga interés en convertir un proceso participativo de carácter simbólico en un problema de orden público'  Un bloqueo que, según cuenta en el libro, coincide con un proceso de juridificación del derecho a decidir. ¿A qué se refiere?

Sí, en los últimos 20 años se han desarrollado una serie de reglas que no están en ningún tratado, en ningún instrumento jurídico ni en ninguna constitución, pero que a través de pronunciamientos de distintas estancias políticas y jurídicas a nivel internacional y regional, han ido configurando este derecho para dar una respuesta clarísima a quien dice que el derecho a decidir no existe. 

El ministro de Asuntos Exteriores sugirió recientemente la posibilidad de suspender la autonomía de Catalunya para frenar la primera consulta que propuso el Gobierno de Mas. ¿Es factible ese escenario?

El artículo 155 de la Constitución no habla estrictamente de suspensión de autonomía. Este artículo habla de un mecanismo llamado coerción federal que se copió de la Constitución alemana (en Alemania no se ha utilizado nunca) y que consiste en que cuando se considera que se ha vulnerado el interés general a través de alguna medida o decisión, se pide al gobierno de la comunidad autónoma que cambie de actitud y, en caso contrario, si no se atiende esa petición, el Senado aprueba por mayoría absoluta una serie de requerimientos para solventar la situación y, en última instancia, se puede optar por la suspensión. En cualquier caso, no estamos ante un precepto que, de entrada, permita o contemple la suspensión de la autonomía. Me limito a explicar el concepto y su alcance, pero no tengo la menor idea de si hay intención de hacer uso del mismo.

El debate sobre el derecho a decidir ha anulado el debate sobre la independencia. ¿Cómo sería y qué riesgos supone una Catalunya independiente?

Insisto. No me corresponde hablar en estos términos. Aun así, es cierto, el conflicto generado por la posibilidad de hacer una consulta que aún no se ha permitido ha impedido que las fuerzas políticas planteen otras cuestiones sobre, por ejemplo, el modelo de Estado y el modelo de bienestar. El escenario actual, de guerra de guerrilla jurídica sobre la posibilidad de hacer la consulta, ha devorado la agenda política. Si la consulta se pudiera hacer en Catalunya, debería desarrollarse como la escocesa, con una campaña electoral y un debate entre partidarios y contrarios sobre argumentos de todo tipo, como sucedió en Quebec y Escocia: pensiones, deuda, lengua, etc.

En el libro dice que tres de cada cuatro catalanes tienen un abuelo de procedencia española y que, por eso, el nacionalismo catalán no es antiespañolista. Pero ¿el nacionalismo español es anticatalán?

Mayoritariamente, tampoco. Todas les posiciones extremas son malas. Lo primero que tenemos que hacer es afirmar que sí hay nacionalismo español porque normalmente no se reconoce esa condición. El nacionalismo español lo impregna todo y yo tengo mucho respeto por cualquier persona que se considere nacionalista de lo que sea, pero la primera cosa que hay que tener en cuenta es que sí existe el nacionalismo español. ¿Hay un nacionalismo español excluyente que no reconoce la pluralidad y pretende armonizarlo todo? También. Y se ha reflejado en diferentes opciones políticas, tanto de izquierdas como de derechas.

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